¡Plazo extendido! | Período de participación pública de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) de la Central Termoeléctrica Mejillones 2

El Servicio de Evaluacion Ambiental (SEA) da inicio a proceso de información pública de la Central Termoeléctrica Mejillones Unidad 2 perteneciente a Engie Energía Chile S.A. El procedimiento contemplado en el artículo 25 quinquies de la Ley Nº19.300, de Bases Generales del Medio Ambiente, establece la posibilidad de revisar una RCA, por el titular de un proyecto como por parte del afectado. “Cuando ejecutándose el proyecto, las variables evaluadas y contempladas en el plan de seguimiento sobre las cuales fueron establecidas las condiciones o medidas, hayan variado sustantivamente en relación a lo proyectado”. La solicitud apunta a la revisión de variaciones sustantivas en la calidad del aire y agua marina, así como afectaciones a la macrofauna y la abundancia de especies en la zona.

Seguir leyendo

Victoria Ambiental para San Antonio: Comunidad logra que los Ojos de Mar avancen hacia ser considerados humedal urbano

Tras más de dos años de lucha socio ambiental y judicial se logró un acuerdo trascendental entre la comunidad, municipalidad de San Antonio, el Ministerio de Medio Ambiente y EPSA para la protección y preservación del sistema de lagunas ubicados en Llolleo.

La conciliación fue firmada este martes 27 de noviembre entre la Municipalidad de San Antonio, las partes reclamantes (entre ellas la organización Ojos de Mar, vecinos y la asociación indígena Calaucán), terceros coadyuvantes, el Consejo de Defensa del Estado – en representación del Ministerio del Medio Ambiente- y EPSA. Con esto, la autoridad ambiental deberá retrotraer el proceso a la etapa de evaluación técnica de la solicitud, realizar nuevas campañas y determinar, en un plazo de cinco meses, un nuevo polígono de protección. En el documento, también se establece un Comité encargado de la gobernanza del Humedal Urbano Ojos de Mar, presidido por la Municipalidad de San Antonio, quienes también se comprometen a dictar una Ordenanza General de Humedales Urbanos para la comuna, dentro de los primeros seis meses una vez declarada la protección. Por su parte, la empresa portuaria se comprometió, entre otras cosas, a financiar estudios de investigación para la protección del humedal, la verificación de las descargas de agua; instalar letreros informativos para las personas que visiten el área; coordinar el rescate de fauna; efectuar capacitaciones; y generar mesas de trabajo con la municipalidad y organizaciones comunitarias, en tanto no sea conformado el Comité de Gobernanza y Gestión, además de efectuar cambios en las luminarias para no afectar a la fauna existente en el lugar.

Representantes de la comunidad defensora del medio ambiente expresaron su satisfacción y destacaron la importancia de la colaboración ciudadana. “Estamos satisfechas con este proceso, que no fue fácil, pero aquí se demuestra que el diálogo puede resultar en soluciones beneficiosas para el territorio y su biodiversidad, este es un primer paso y estaremos atentos a que los compromisos establecidos se cumplan en los plazos acordados ”, señala Liliana Plaza – Fundación Ojos de Mar.

Un largo camino para la protección de Fiu y otras especies

En San Antonio conviven una larga tradición portuaria con una comunidad empoderada y agotada del creciente deterioro ambiental de la comuna, quienes hicieron de las lagunas Ojos de Mar, en Llolleo, un emblema para demostrar que otro tipo de vida también es posible. Observando las múltiples interacciones y especies que dependen de este frágil ecosistema, decidieron ingresar un expediente para solicitar su protección en el marco de la ley 21.202 que busca proteger los humedales urbanos.

Sin embargo, el 24 de septiembre de 2021, el Ministerio de Medio Ambiente rechazó la solicitud de declaratoria de humedal urbano para el sistema de lagunas Ojos de Mar, ubicadas en la localidad de Llolleo en la comuna de San Antonio. Este hito marcó un antes y un después para la comunidad, quienes convencidos de la enorme relevancia ambiental de estos ecosistemas y ante la amenaza que significaba la expansión del puerto de San Antonio, EPSA, reclamaron al Segundo Tribunal Ambiental. Fue en esta instancia en que se convocó a las partes, Municipio, Comunidad, Ministerio del Medio Ambiente, Consejo de Defensa del Estado y Empresa Portuaria, para acudir a una resolución alternativa de conflictos, en este caso, someterse a un procedimiento de conciliación.

“Este acuerdo es un hito para la región, pero también para la institucionalidad de nuestro país. Si bien, Ojos de Mar fue el primer humedal urbano en ser rechazado en Chile, hoy es el primer humedal urbano que va a contar con un comité de gobernanza que es representativo tanto de organizaciones ambientales locales, como de organizaciones indígenas de la comuna, la empresa y la municipalidad de San Antonio.”señala Macarena Martinic abogada de la ONG FIMA, organización que representó a la comunidad reclamante durante todo el proceso.

La conciliación lograda integra importantes acciones y actividades que se enmarcan en 3 ejes estratégicos:

El primer eje se centra en lograr una delimitación precisa del humedal urbano a través de la ejecución de nuevas campañas en terreno y la incorporación de criterios técnicos y jurisprudenciales actualizados. Este trabajo estará a cargo del Ministerio de Medio Ambiente en el marco de una nueva resolución que reconozca a los Ojos de mar como Humedal Urbano.

El segundo eje se enfoca en la gobernanza del humedal. Se acordó establecer un comité encargado de la gobernanza y gestión del humedal liderado por la Municipalidad y conformada por EPSA, instituciones académicas, sociedad civil, pueblos originarios y el MMA. Esta instancia será responsable del seguimiento, control y toma de decisiones relacionadas con la administración y gestión del Humedal Urbano.

El tercer eje se relaciona con la implementación de una serie de medidas que abordarán las amenazas presentes y futuras que enfrenta el humedal. Estas medidas se implementarán en el corto, mediano y largo plazo, previa visación de la instancia de gestión liderada por el municipio, y que se actualizarán en función de los conocimientos técnicos disponibles.

Con relación a las medidas de protección acordadas, para Francisco Sanhueza – Chile Ambiental, estas son muy relevantes, debido a que “las decisiones de protección, conservación y restauración tendrán la flexibilidad suficiente para adaptarse en un contexto de crisis climática y de biodiversidad, en base al conocimiento generado en el mismo humedal a partir de los estudios técnicos que acuerde la mesa de gobernanza”.

Declaración pública: Perdonazo del Tribunal Ambiental a Nova Austral atenta contra la institucionalidad ambiental

Entre 2015 y 2017, la empresa noruega Nova Austral incurrió en la sobreproducción de salmones en tres centros de cultivo al interior del Parque Nacional Alberto De Agostini en la región de Magallanes. Producto de ello, en junio de 2022, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) decidió sancionarla con la revocación de las tres Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA).

Recientemente, el Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia acogió la reclamación de la empresa contra la decisión de la SMA en uno de los tres centros, Cockburn 14, anulando su revocación, bajo el argumento de que la sanción resultaría desproporcionada, pese a que produjo 1.199.717 kg. por sobre lo autorizado en una zona de alto valor ecológico, cuyos efectos, como es la falta de oxígeno del fondo marino, se mantuvo hasta por tres años después de ocurrido el hecho.

Esta decisión resulta incomprensible toda vez que el propio Tribunal asume que se produjo un daño significativo en el área protegida y que no hay certeza de que este haya sido reparado. La sentencia es un perdonazo a una empresa que registra un extenso prontuario de infracciones ambientales, que también mantiene otros procedimientos sancionatorios en curso por el mismo cargo de sobreproducción, además de otros 24 eventos que no fueron detectados por las autoridades, y que demuestran una política sistemática de esta empresa de infringir la normativa ambiental.

De esta forma, el Tribunal se inmiscuye en el ámbito de discrecionalidad del órgano fiscalizador, como es la SMA, dejándole sin autoridad, optando por darle una nueva oportunidad a Nova Austral, lo cual reviste una gran preocupación para la comunidad kawésqar que habita la zona, organizaciones ambientales y comunidad científica, ya que implica una potente señal en favor de aquellos que reiteradamente rompen las reglas de nuestra institucionalidad ambiental.

En su decisión, los ministros consideraron que se debía rebajar la infracción para tener una sanción que cumpla un rol disuasivo y que contemple “la reparación del medio ambiente”, palabras que resultan a lo menos ingenuas considerando que actualmente la empresa mantiene en esa misma sede judicial otras 4 causas abiertas por daño ambiental.

Como organizaciones que trabajamos por la restauración y protección de los ecosistemas marinos de Chile, confiamos en que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) hará valer su potestad y obligación de proteger el medio ambiente impugnando esta sentencia y defendiendo la sanción aplicada en todas las instancias que nuestro sistema jurídico contempla, para lo cual nuestras organizaciones se mantendrán vigilantes.

Firman:

Fundación Lenga

Agrupación Ciudadana Última Esperanza (A.C.U.E)

Territorio Kawesqar Sin Salmoneras

Comunidades Kawésqar por la defensa del mar

Modatima Punta Arenas

Corporación Privada para el Desarrollo de Aysen

Mission Blue

SCAC Magallanes

AIDA

ONG FIMA

Greenpeace

Fundación Terram

Defendamos Chiloé

Aisen Reserva de Vida

Oceana

Pristine Seas

Fundación Rewilding Chile