Columna: «Justicia intergeneracional como condición para el desarrollo sostenible: la responsabilidad que no podemos omitir»

Por Macarena Martinic y Felipe Pino

Abogados de ONG FIMA

En la cultura adulto-centrista en la que nos encontramos, tendemos a observar la crisis climática desde la perspectiva de los impactos ecológicos, en el desarrollo económico, en la afectación a las poblaciones más vulnerables en general. Pero olvidamos que dentro de los más afectados por el cambio climático están los niños, niñas y adolescentes.

En un primer sentido, es su futuro -el futuro de las nuevas generaciones- el que se encuentra en riesgo. Esta situación conlleva un sinnúmero de efectos no solo físicos, sino también de salud mental. La Sociedad Ecológica Británica ha indicado que la actual crisis climática y ecológica ha devenido en la generación de una situación mucho más compleja con respecto a la ansiedad y desesperación que puede generar el heredar una biósfera en colapso ecosistémico.

En un segundo sentido, los y las más jóvenes se ven igualmente vulnerados en sus derechos a la vida y a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, sin embargo, los impactos se experimentan de forma agravada en la infancia. En este ámbito, la OMS ha señalado que más de una de cada cuatro muertes de niños y niñas, menores de 5 años, está directa o indirectamente relacionada con riesgos medioambientales.

Es así, como la contaminación atmosférica (ambiental y doméstica) causaron 543.000 muertes de menores de 5 años en el 2016 producto de infecciones de las vías respiratorias. Basta con exponer a un niño a niveles inseguros de contaminación a una edad temprana para someterlo a una vida de enfermedad.

En nuestro país vemos esa realidad día a día en las mal llamadas “Zonas de Sacrifico”, en donde varios de los grupos considerados de especial protección (mujeres, adultos mayores, niños, niñas y adolescentes) se ven especialmente vulnerados por dinámicas sistemáticas de contaminación ambiental. Uno de los ejemplos más mediáticos fue el caso de las intoxicaciones masivas ocurridas en la escuela La Greda, en Quintero-Puchuncaví, en la cual más de 40 niños sufrieron de malestares, convulsiones y desmayos producto de nubes químicas tóxicas a partir de contaminantes emitidos por el cordón industrial de la comuna. Y es que, si bien la contaminación de la comuna afecta a todos sus habitantes, al ser sus pulmones más pequeños y por lo tanto necesitar de más bocanadas por minuto, son los niños quienes mayor cantidad de contaminantes respiran.

Situación similar se vive en Huasco, también denominada “Zona de Sacrificio” por su alta concentración de termoeléctricas, en donde un reciente informe llevado a cabo por la Universidad Católica ha indicado que el riesgo de adquirir enfermedades crónicas en las vías respiratorias inferiores es 2,3 veces más alto. Estudios también han apuntado a una disminución del Coeficiente de Desarrollo y el Coeficiente Intelectual en los niños expuestos a emisiones de Centrales Termoeléctricas a Carbón, en comparación a niños, niñas y adolescentes no expuestos. En la misma línea, diversos estudios ecológicos han confirmado una relación entre un mayor riesgo de autismo en menores que viven en zonas con fuentes de emisión de mercurio.

La vulnerabilidad antes descrita se incrementa en niños, niñas y adolescentes al ser dependientes en su toma de decisiones, sin poder desplazarse o hacer frente con rapidez a impactos climáticos. Esta dependencia se ve institucionalmente profundizada por las políticas públicas que dirigen todas las medidas de adaptación y mitigación al sujeto universal: el adulto; sin considerar la realidad particular de niños, niñas y adolescentes.

Sin embargo, y pesar de su mayor vulnerabilidad, los niños, niñas y adolescentes son agentes fundamentales en la protección del medio ambiente. Fueron ellos quienes lideraron las denuncias por la crisis climática el año 2019, destaca el movimiento Fridays for Future. Es así como en la carta resultante del “El futuro que queremos” de la Conferencia Río+20 del año 2012 reconoce en su artículo 11 la necesidad de lograr la estabilidad económica, el crecimiento económico sostenido, la promoción de la equidad social y la protección del medio ambiente, aumentando la protección, la supervivencia y el desarrollo de los niños hasta que hagan realidad todo su potencial, en particular mediante la educación.

Nuestra legislación ambiental reconoce el principio de equidad o justicia intergeneracional como manifestación de la interdependencia de cuidados entre seres humanos y en tanto seres pertenecientes a un medio ambiente del cual dependemos para nuestra subsistencia.

La equidad intergeneracional y, para ello el cuidado del medio ambiente, es un llamado a asegurar la sostenibilidad ambiental de forma igualitaria, no solo a quienes habitamos actualmente el planeta, sino que incorporando a las generaciones futuras. Para ello es fundamental reconocerla como un principio en la nueva Constitución, así como incorporar en la toma de decisiones a quienes habitarán la tierra en el futuro, partiendo por el fortalecimiento efectivo de los derechos de acceso en materia ambiental (derecho a la información, participación y acceso a la justicia) enfocada especialmente a niños, niñas y adolescentes.

Si bien, las medidas que esta crisis climática requiere son de carácter global, todos los esfuerzos que hagamos en lo local – incluyendo los artículos que emanen de la Convención Constitucional- deben estar dirigidos a cumplir con nuestra responsabilidad intergeneracional -considerando particular- mente a los niños, niñas y adolescentes- y así, asegurar a las generaciones futuras la posibilidad de habitar un planeta en el que se puedan desarrollar plenamente.

 

Columna publicada en NOesMENOR – Edición Nº5

Carta Ezio Costa en respuesta a Presidente de Consejo Minero

Sr. director,

Me parece importante hacer algunos comentarios a la respuesta del señor Joaquín Villarino a mi carta anterior.

En primer lugar, sobre el doble rol de miembros de ONG como expositores y asesores parlamentarios, es una práctica que desconozco y que como organización no realizamos. Además, comparto su preocupación sobre la necesidad de regular la participación ciudadana en el parlamento. En efecto, ONG FIMA, junto a otras organizaciones, se encuentra participando de una convocatoria del Comité Bicameral de Transparencia del Congreso, que con apoyo del PNUD, está buscando normar estas actividades de participación. Así como un asesor parlamentario no debiera exponer en otra calidad, también debería ser inadmisible que quienes hayan financiado campañas o partidos políticos intervengan en las sesiones del congreso.

En seguida, creo que es positivo, y valoro, que la Industria Minera tenga la intención de poner mayor atención a los impactos que produce en los territorios que interviene. Lo anterior, lamentablemente, no ha significado que todos los proyectos mineros cumplan efectivamente con los estándares mínimos de protección ambiental y así ha sido, por ejemplo, cuando la institucionalidad ambiental ha sancionado fuertemente o rechazado algunos proyectos.

En ese contexto, no me parece apropiado continuar con un discurso que pretende obviar los casos en que hay claros y graves incumplimientos. Parte de contribuir al desarrollo sustentable, es propender a un funcionamiento institucional equilibrado que vele por la protección del medio ambiente. Eso, lejos de ser un lujo, es una necesidad.

Ver carta de Joaquín Villarino

Ver primera carta de Ezio Costa 

Dominga, la mina de Penta*

La posibilidad de que un alto funcionario de gobierno se encuentre de alguna manera capturado, rompe la necesaria neutralidad en la que debe evaluarse un proyecto para lograr ese delicado equilibrio. A pesar de que el funcionario no haya participado directamente de la tramitación, sí al menos lo ha hecho un servicio de dependencia del Ministerio de Minería: el Servicio Nacional de Minería y Geología, y eso sin contar las relaciones institucionales con otros organismos en las que el funcionario podría haber ejercido influencia, cuestión que difícilmente se dilucidará, pero es altamente probable en un caso así.

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El papel de la sociedad civil en la política internacional ambiental

[caption id="attachment_1824" align="alignleft" width="150"]Gabriela Burdiles P.  Directora de Proyectos FIMA Gabriela Burdiles P.
Directora de Proyectos FIMA[/caption]

La semana pasada se llevó a cabo en la sede de Cepal en Santiago de Chile, la Cuarta reunión de Puntos Focales, donde representantes de 19 países de América Latina y el Caribe, firmantes de la Declaración del Principio 10, que promueve el acceso a la información, participación y justicia en asuntos ambientales, aprobaron dar inicio a las negociaciones para la creación de un acuerdo regional en esta área.

Esta importante reunión para nuestra región, fue la culminación de la primera etapa de un proceso innovador que contó en todo momento, con la significativa participación del público en cada una de sus decisiones. En la oportunidad se acordó comenzar las conversaciones para contar con un instrumento regional que apoye a los países en la implementación de los derechos de acceso a más tardar en diciembre de 2016.

Para ello se aprobó la creación de un comité de negociación, integrado por representantes de los países signatarios y del público, así como de una Mesa Directiva copresidida por Chile y Costa Rica, que coordinará las negociaciones que lleve a cabo el comité, la que además deberá tener comunicación constante con representantes de la sociedad civil.

Este reconocimiento a la participación de la sociedad civil en las negociaciones internacionales de este tipo, no debiera sorprendernos. Desde la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano celebrada en Estocolmo en 1972, la presencia e involucramiento de las Organizaciones No Gubernamentales (ONGs) en los procesos internacionales de toma de decisiones relacionados a materias ambientales y de desarrollo sostenible, ha ido en un marcado y evidente aumento. Para graficar dicha tendencia, en 1972 más de 250 ONGs asistieron a la Conferencia de Estocolmo. Posteriormente, más de 1.400 ONGs fueron acreditadas a la Conferencia de Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo celebrada en Río de Janeiro en 1992 y 3.200 para la Conferencia de Johannesburgo en 2002.[1]

Esta tendencia refleja profundos cambios en el mundo de la política internacional y de la diplomacia. La demanda de mayor democracia y gobernanza en materia de decisiones ambientales, está generando desafíos tanto para los negociadores y tomadores de decisiones, como para la sociedad civil organizada.

En primer lugar, en cuanto a los tomadores de decisiones de los Estados, los obliga a abrir los procesos en los cuales ellas se adoptan, a crear mecanismos participativos diferentes de los esquemas clásicos de las negociaciones internacionales y a fundamentar las decisiones adoptadas, dando respuestas claras a los requerimientos de la sociedad civil.

Asimismo, los regímenes internacionales ambientales actuales deben implementar mecanismos de rendición de cuentas y de cumplimiento de los compromisos adoptados, con mayor transparencia e incluso permitiendo la participación de organizaciones sociales en dichos mecanismos.

Así, es cada vez más frecuente que en los tratados multilaterales ambientales se admita la participación de actores no estatales en sus órganos principales o subsidiarios, sirviendo como importantes fuentes de información sobre el cumplimiento de sus reglas por las partes. Por ejemplo, en la Convención de Ramsar (1971) sobre Humedales de importancia internacional, las ONG reconocidas están invitadas a participar tanto en la Conferencia de las Partes como en las reuniones del Comité permanente, en los grupos científico y técnico y en las reuniones regionales técnicas. Esto también ocurre en el Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono de 1976 (art. 11), en la Convención de Naciones Unidas para el Cambio climático de 1992 (art. 7.6) y su Protocolo de Kyoto de 1997 (art. 13.8)[2], en la Convención sobre diversidad Biológica de 1992 (art. 23.5), y en la Convención de Basilea sobre el Control de movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación de 1989 (art. 15.6).

En materia de derechos de acceso, en la Convención Sobre el Acceso a la Información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en asuntos ambientales de 1998, conocida como Convención de Aarhus, establece como órgano principal de aplicación de dicha Convención la Reunión de las Partes, instancia en la que pueden participar en calidad de observadores, las ONGs, a menos que un tercio de las partes se oponga. Asimismo, el Comité de Cumplimiento creado para examinar el respeto de dicha Convención, permite la participación del público y la posibilidad de examinar las comunicaciones que ellos le presenten, respecto del incumplimiento de las obligaciones de la Convención.

Sin duda, que estos mecanismos además de generar interesantes oportunidades de participación y la representación de más posturas en una negociación, plantean también nuevos desafíos a la sociedad civil. Esto, porque las organizaciones y movimientos sociales, requieren estar mejor preparados y capacitados técnicamente para poder participar en estas instancias internacionales e influir en las decisiones de los negociadores. También, deberán realizar un trabajo constante en sus respectivos países, y como estos procesos suelen prolongarse en el tiempo, necesitarán recursos financieros y humanos estables, los cuales no siempre están fácilmente disponibles.

En ese sentido la actuación de la sociedad civil en redes, movimientos o en grupos de organizaciones, puede facilitar el trabajo. Al contrario de los funcionarios diplomáticos, los representantes de la sociedad civil pueden abogar por intereses y objetivos comunes que trascienden las fronteras estatales. Un ejemplo es la Iniciativa de Acceso (TAI por su sigla en inglés)[3], que es una red de organizaciones sociales que trabajan para que los ciudadanos tengan el derecho y la capacidad de influir en las decisiones sobre los recursos naturales que sostienen a sus comunidades, de la cual FIMA es parte. Esta red ha estado involucrada activamente y desde su inicio, en el proceso de América Latina y el Caribe para la negociación del instrumento sobre los derechos de acceso.

Es claro que las negociaciones internacionales en materia ambiental ya no pueden ser entendidas sólo en términos de la diplomacia interestatal clásica. Estas instancias ahora deben ser comprendidos como procesos vivos que involucran múltiples actores, tanto en su origen como en su implementación, y en los cuales debe facilitarse la participación de diversas organizaciones de la sociedad civil como una manera de enriquecer el debate, proporcionando insumos significativos y de considerar todos los factores posibles en la toma de decisiones.

[1] Betsill and Corell (ed.), NGO Diplomacy, MIT, 2008.

[2] En el caso del Protocolo de Kyoto, según las reglas establecidas en la Conferencia de las Partes de Marrakech en 2001, se permite a las ONG presentar evidencias, información técnica y práctica ante el Comité de cumplimiento y sus grupos de cumplimiento y facilitación.

[3] http://www.accessinitiative.org/

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