Medioambiente Mal-Tratado

La relación entre las personas y la naturaleza es inseparable. Proteger el medio ambiente no es solo un deber ético: es la base de la calidad de vida, la justicia social y la seguridad humana.

Hace prácticamente 40 años lo ambiental estaba ausente del debate público. Hoy, en plena crisis climática, resulta urgente avanzar hacia políticas integrales con definiciones tempranas de alcance y coordinación, que permitan la eficiencia de los permisos sectoriales, anticipen impactos, fortalezcan la resiliencia de comunidades y ecosistemas, y garanticen condiciones dignas frente a emergencias presentes y futuras. 

En este contexto, es indispensable que la protección ambiental esté al centro de la discusión presidencial. La seguridad hídrica, la conservación de ecosistemas, la transición energética justa y el derecho a un medio ambiente sano y libre de contaminación no solo son fundamentales para garantizar una vida digna, sino que también resultan económicamente estratégicos, especialmente en un país cuya matriz productiva depende intensamente de los recursos naturales, y tenemos una alta vulnerabilidad climática.  Sin protección ambiental no hay futuro.

Mantener estándares ambientales reduce costos futuros asociados a sequías, incendios, inundaciones y desertificación; aporta seguridad jurídica para la inversión; optimiza la asignación de recursos y equilibra las cargas ambientales; además de promover innovaciones que sostienen la productividad en el tiempo. Reconocer esta interdependencia demuestra que la protección ambiental no es un obstáculo para el desarrollo, sino su base indispensable.

Por ello, hacemos un llamado a las y los candidatos presidenciales a comprometerse sin retrocesos con el medio ambiente. Como organizaciones, planteamos tres pilares mínimos para cualquier programa: No regresión, Respeto a la legislación vigente y Transparencia.

NO REGRESIÓN

El principio de no regresión establece que los estándares de protección ambiental, salud, participación y transparencia son un piso mínimo que no puede debilitarse. Chile ha avanzado en normativa ambiental y retroceder sería inaceptable.

Se requiere fortalecer los estándares actuales, mejorar los procesos evaluativos y asegurar que la evaluación ambiental sea rigurosa, predecible y basada en evidencia. Esto implica que los proyectos ingresen al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) con información completa (líneas base sólidas, alternativas reales, medidas verificables), con definiciones tempranas de alcance y coordinación eficaz entre permisos sectoriales.

El próximo gobierno debe comprometerse a:

  1. Aumentar la dotación y capacidades técnicas de las instituciones que evalúan proyectos y fiscalizan la ejecución de los mismos, así como los componentes ambientales de regulaciones sectoriales (agua, energía, minería, bosques, pesca y acuicultura, entre otros) .
  2. Garantizar evaluaciones ambientales oportunas y coordinar los servicios sectoriales, donde suelen producirse las demoras.

RESPETO A LA LEGISLACIÓN VIGENTE

Cumplir la legislación ambiental significa aplicar integralmente las normas y tratados internacionales ratificados por Chile, incorporándolos en políticas, leyes, reglamentos y otras regulaciones con presupuestos adecuados  para su implementación y fiscalización. Supone decisiones ajustadas al marco legal, con trazabilidad, transparencia y participación ciudadana, sancionando los incumplimientos.

Esto incluye:

  • La Constitución y tratados internacionales (Acuerdo de París, Escazú, Marco Mundial Kunming-Montreal, entre otros).
  • Las leyes marco y sectoriales (Ley Sobre Bases Generales del Medio Ambiente, Servicio Nacional Forestal, Ley Marco sobre Cambio Climático, Ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas , Ley de Fomento y Recuperación del Bosque Nativo, así como regulaciones sobre aguas, residuos, energía, minería, entre otras).
  • Reglamentos, normas de calidad y emisión, planes de descontaminación, manejo y áreas protegidas.
  • Resoluciones administrativas y obligaciones de transparencia.

La legislación ambiental chilena ha sido fruto de aprendizajes colectivos. El próximo gobierno debe aplicarla plenamente, con plazos, presupuestos y responsables claros, asegurando que:

  1. La salud sea eje de planes de descontaminación y evaluaciones de impacto.
  2. No se concentren cargas en ciertos territorios, definiendo zonas de exclusión, resguardo y restauración.
  3. Se fomente la implementación (apoyo a regiones y municipios) y
  4. Que existan sanciones efectivas que eviten que las grandes industrias traten las infracciones y las multas que deriven de ellas como costos de operación y que efectivamente sean una forma de desincentivar malas prácticas. 

TRANSPARENCIA

La transparencia es esencial para la democracia. Implica que la información pública sea accesible y clara, y que también lo sea la información técnica que fundamenta decisiones estatales y privadas sobre bienes comunes.

La ciudadanía, sin importar nivel educativo, debe comprender las políticas y regulaciones ambientales, así como los impactos de proyectos de inversión e infraestructura en los territorios. Transparencia también significa dar a conocer los intereses —estatales, privados o sociales— detrás de las decisiones.

No basta con exigir transparencia activa al Estado y a la sociedad civil: también debe aplicarse a instituciones privadas y a acuerdos con el Estado. Esperamos que las y los candidatos se comprometan a avanzar en esta línea y a garantizar que la información sea comprensible y accesible para toda la población.

 

Firman: 
  • Campaña Salvemos la Patagonia
  • Chile Sustentable
  • Ecosistemas 
  • Fundación Ecosur
  • Fundación Relaves
  • Fundación Rewilding
  • Fundación Terram
  • Greenpeace
  • Observatorio Ciudadano
  • Oceana
  • ONG FIMA
  • Uno Punto Cinco

Encuentro Municipio Verde: Lanzan informe sobre gestión de residuos sólidos

Por quinto año consecutivo se llevó a cabo el Encuentro Nacional Municipio Verde, instancia que reúne a representantes de las áreas de medio ambiente de distintas municipalidades de Chile para discutir sobre los principales desafíos de la gestión ambiental local, así como para intercambiar experiencias y conocimientos.

Octubre, 2025. El evento se realizó el pasado 26 de septiembre en el Hotel O’Higgins, en Viña del Mar, y fue organizado por ONG FIMA y la Fundación Friedrich Ebert (FES), con el apoyo de la Municipalidad de Viña del Mar. Contó con la participación de 48 funcionarias y funcionarias de 15 municipios, tales como Villa Alemana, Pedro Aguirre Cerda, Rancagua y Valdivia.

Como una forma de contribuir al intercambio de experiencias, el equipo organizador realizó una presentación con algunas de las iniciativas destacadas en gestión ambiental local desarrolladas por municipalidades que forman parte del proyecto. Entre ellas estuvo la Municipalidad de Viña del Mar, que expuso ante el resto de los funcionarios sus avances en materia de participación ciudadana.

Por otra parte, el encuentro contó con la participación del senador por la Región de Los Ríos, Alfonso de Urresti, quien compartió detalles sobre el proceso que permitió obtener el reconocimiento de Valdivia como Ciudad Humedal por parte de la Convención Ramsar.

Lanzamiento de Informe sobre gestión de residuos sólidos

Durante el evento se llevó a cabo el lanzamiento del informe “El problema de la gestión de los residuos sólidos: soluciones desde 4 comunas de Chile”, un documento en el que se recopilaron y caracterizaron las estrategias implementadas por las municipalidades de Ancud, Lampa, Valdivia y Villa Alemana para enfrentar los desafíos de gestión de residuos en sus territorios.

“Todos los municipios comparten desafíos en su gestión ambiental local, sobre todo en la gestión de residuos, el cual significa un gasto presupuestario enorme que se podría destinar a otras necesidades”, comentó Carolina Palma, Coordinadora de Incidencia de ONG FIMA y quien encabeza el equipo de Municipio Verde. “Nadie quiere tener su comuna sucia y es por eso que debemos avanzar en la disminución de basura. Esa labor recae en los municipios, quienes en este encuentro comentaron sobre sus experiencias y problemas al momento de la gestión de la basura”.

El informe busca ofrecer una base de referencia para la aplicación de iniciativas innovadoras y efectivas en esta materia, a través del análisis de los principales resultados, desafíos y aprendizajes de cada caso estudiado.

Posteriormente, se desarrolló un panel de conversación con la participación de Diego Torrealba, director del Departamento de Medio Ambiente de la Municipalidad de Lampa; Alejandro Vives, director ambiental de la Municipalidad de Villa Alemana; Andrés Valdivia, coordinador de residuos de la Secretaría Comunal de Planificación de la Municipalidad de Valdivia; y Loreto Vera, profesional de la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente de Valparaíso.

Revisa la galería de evento aquí:

Corte de Apelaciones de Valdivia confirma reanudación de procedimiento sancionatorio contra planta de tratamiento de salmones en Puerto Natales 

Según la sentencia, el Plan de Cumplimiento de la Procesadora Dumestre Ltda. no es eficaz para corregir una infracción cometida en la etapa de construcción de la planta. 

Agosto, 2025. La Corte de Apelaciones de Valdivia resolvió rechazar la apelación presentada por Procesadora Dumestre Ltda., titular de la planta procesadora procesadora de salmones “Puerto Demaistre” en Puerto Natales, confirmando así el fallo del Tercer Tribunal Ambiental (3TA) que en enero de este año había anulado la aprobación del Programa de Cumplimiento (PdC) presentado por la empresa para responder por la infracción grave cometida entre 2019 y 2021.

El reciente fallo argumenta que las medidas contempladas en el PdC (entre las que estaban control satelital de camiones, mejoras en seguridad vial y humectación de rutas para reducir el polvo) no cumplen con el criterio de eficacia exigido por la ley, ya que la obligación de usar rutas autorizadas aplicaba únicamente durante la etapa de construcción, la que ya finalizó. Por lo tanto, las acciones propuestas para la fase operativa no pueden reparar ni revertir el incumplimiento cometido. 

Este pronunciamiento representa un avance importante para las comunidades y organizaciones ambientales, pues reafirma que los incentivos para cumplir con las normas solo tienen sentido si se logra un retorno efectivo a la legalidad. Para Sofía Barrera, encargada del área de Acceso a la Justicia en ONG FIMA, “Esta sentencia indica que cuando se genera un incumplimiento en una fase ya finalizada de un proyecto, como por ejemplo la fase de construcción, no es posible volver al cumplimiento a través de un programa, porque precisamente ya se produjeron los efectos sobre el medioambiente”. Respecto a  los impactos de esta sentencia, la abogada agrega que, “vemos como una señal correcta que la respuesta de la institucionalidad no sea promover un cumplimiento ineficaz, cuando en realidad lo que procede es iniciar una formulación de cargos, que debiese terminar con una sanción proporcional al incumplimiento total de las rutas de los camiones para la construcción del Puerto Dumestre, y que interfirieron completamente en la vida de las personas de Puerto Natales al pasar en medio de la ciudad y por un lugar muy importante para los Natalinos, como es la costanera”.  

Antecedentes 

La planta procesadora de recursos hidrobiológicos Puerto Demaistre, operada por la Porcesodadora Dumestre Ltda. (parte de Australis Seafoods), se dedica al procesamiento de salmones y se ubica en la ciudad de Puerto Natales, en el camino que conecta la ciudad con el Seno Obstrucción. Su cercanía a zonas de alto valor ambiental y turístico, como las Torres del Paine, significa un desafío para la conservación del territorio, ya que cualquier actividad que genere un aumento de tránsito pesado de forma irregular puede afectar el bienestar de las comunidades y de las zonas protegidas. 

La infracción apelada, se remonta a la etapa de construcción de la planta, cuando la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) recibió denuncias por irregularidades. Las fiscalizaciones comprobaron que la empresa extrajo áridos desde canteras distintas a las aprobadas en su Resolución de Calificación Ambiental (RCA) y utilizó rutas no autorizadas para el transporte, incluyendo la Ruta 9, la Ruta Y-340 y la costanera de Puerto Natales. Estos caminos atraviesan la Zona de Interés Turístico “Destino Torres del Paine”, lo que incrementó el tránsito pesado en áreas de alto valor ambiental y turístico.

La RCA autorizaba la extracción de 31.000 metros cúbicos de áridos desde una cantera ubicada a 500 metros del sitio de construcción. Sin embargo, la SMA constató que se utilizaron 62.000 metros cúbicos, de los cuales más de la mitad provino de otras canteras. La infracción fue calificada como grave y se sumó a otra de carácter leve, relacionada con la intervención de un área mayor a la permitida.

Para evitar sanciones, Dumestre presentó un Plan de Cumplimiento, el que fue aprobado por la SMA en marzo de 2024. Ante esto, desde la  organización A.C.U.E, presentaron una reclamación, argumentando que el plan no servía para corregir la infracción principal, ya que las acciones propuestas se aplicarían en la etapa de operación, cuando el incumplimiento había ocurrido exclusivamente en la fase de construcción.

En enero de este año, el 3TA dio la razón a la reclamante y anuló la aprobación del PdC en lo relativo al cargo grave, ordenando a la SMA reanudar el procedimiento sancionatorio, lo que fue ratificado por la Corte de Apelaciones de Valdivia.

Usocioambiental finaliza su séptima edición con más de 1.700 personas inscritas y gran presencia regional

La  versión 2025 de la iniciativa de ONG FIMA contó con participantes de 19 países de América Latina y el Caribe y finalizó este 7 de agosto con una charla magistral sobre Derechos de La Naturaleza a cargo de Natalia Greene.

Agosto, 2025. Luego de tres meses de formación virtual, la Usocioambiental 2025 cierra una nueva edición con cifras que reflejan su alcance y consolidación como espacio formativo abierto. La iniciativa, organizada por ONG FIMA con el apoyo e la Fundación Friedrich Ebert (FES) Transformación, ofreció este año 11 cursos y talleres enfocados en temáticas socioambientales claves.

Desde su primera versión, la Usocioambiental se ha propuesto ser un espacio abierto, gratuito y sin requisitos de ingreso, para promover la participación ciudadana informada frente a los desafíos sociales, ambientales y políticos de la actualidad. Este año, bajo el lema “Conocimiento para la acción”, los cursos y talleres estuvieron enfocados en el empoderamiento jurídico, la incidencia política y nuestras formas de relacionarnos con la naturaleza. 

“La Usocioambiental también funciona como un barómetro social de aquellas materias socioambientales que están siendo más relevantes para las personas, y en ese sentido, no es raro que el curso ‘Salares y minería del litio’ fuera el más demandado en virtud de que refleja el creciente interés por los impactos ambientales que está teniendo la transición energética. También hay otros cursos que fueron destacados y que tuvieron gran interés, y que también van reflejando cómo las materias ambientales van evolucionando y van siendo contingentes, como por ejemplo, las políticas internacionales, el financiamiento climático, o las herramientas de litigio climático”, comenta Sofía Rivera, coordinadora del proyecto de ONG FIMA. 

Conocimientos que atraviesan fronteras y generaciones

Además de Chile, este año destacó la participación significativa desde México, Colombia, Perú, Argentina y Ecuador, confirmando que las problemáticas medioambientales se extienden a lo largo de toda latinoamérica y la importancia de mantener estos temas en el debate público. A nivel nacional, las regiones con mayor cantidad de inscripciones fueron la Metropolitana, Antofagasta, Biobío, Valparaíso, La Araucanía, Los Lagos y Aysén.

Otro elemento que marcó esta séptima versión fue su diversidad generacional. La edad de las personas inscritas fue desde quienes aún están en edad escolar (15 años) hasta mayores de 50 años, lo que permitió identificar ciertos patrones en los intereses formativos. Por un lado, los menores de 30 años optaron por cursos vinculados a los desafíos globales actuales, que cruzan lo jurídico con lo ambiental; mientras que las personas entre 30 y 49 años se inclinaron por contenidos más específicos y técnicos, como el financiamiento climático. En tanto, las personas mayores de 50 años destacaron por su interés en herramientas de fiscalización ciudadana y mecanismos de participación.

Tanto los cursos y talleres de este año, como los de versiones anteriores, están disponibles de forma abierta en www.usocioambiental.cl, fortaleciendo así el acceso libre al conocimiento.

Además, con más de un 60% de participación, las mujeres representaron la mayoría de las personas inscritas. Esta cifra da cuenta del alto interés que tienen por formarse e involucrarse en temáticas socioambientales.

Cierre con mirada regional: Derechos de la Naturaleza

El cierre de esta séptima edición estuvo a cargo de la actual Directora Global de la Alianza Global por los Derechos de la Naturaleza (GARN), Natalia Greene, quien compartió su experiencia y visión en la charla magistral virtual “Derechos de la naturaleza desde Ecuador al mundo” el jueves 7 de agosto

Greene es una destacada activista ecuatoriana que ha trabajado por el reconocimiento de la naturaleza como sujeto de derechos. En su labor, promovió activamente la incorporación de los derechos de la naturaleza en la Constitución de Ecuador, siendo este el primer país del mundo en reconocerlos en el año 2008. Además, ha trabajado en la iniciativa Yasuní-ITT que buscaba mantener el petróleo bajo tierra en la Amazonía.

La charla fue abierta y gratuita, y su grabación quedó disponible en el canal de YouTube de ONG FIMA.

Histórico avance para la justicia climática: Corte IDH orienta a los Estados sobre sus obligaciones climáticas y reconoce derechos de la Naturaleza

Histórico avance para la justicia climática: Corte IDH orienta a los Estados sobre sus obligaciones climáticas y reconoce derechos de la Naturaleza

En un hito jurídico y ambiental sin precedentes, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) declaró este jueves que el derecho humano a un clima sano es un derecho autónomo, exigible por sí mismo, y reconoció que la Naturaleza puede ser considerada como sujeto de derechos. 

Esta definición surge de la Opinión Consultiva solicitada en 2023 por Chile y Colombia, y sienta un precedente clave para enfrentar la crisis climática desde una perspectiva de derechos humanos, con implicancias para todos los países que han ratificado la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El pronunciamiento constituye la interpretación más relevante y vinculante hasta la fecha sobre las obligaciones estatales frente a la emergencia climática en el marco del derecho internacional de los derechos humanos. Llega tras un proceso participativo de gran envergadura, que incluyó más de 200 presentaciones de Estados, pueblos indígenas, organizaciones sociales y científicas, y audiencias públicas en tres ciudades de la región: Bridgetown (Barbados), Brasilia y Manaos (Brasil).

La Corte fue enfática: el mundo enfrenta una emergencia climática global, progresiva y desigual, causada principalmente por la acción humana. Sus efectos golpean con mayor dureza a pueblos indígenas, comunidades rurales, mujeres, infancia y otros grupos en situación de vulnerabilidad, lo que exige respuestas urgentes, ambiciosas y justas.

“El resultado de la opinión consultiva emitida de la Corte Interamericana de Derechos Humanos es muy positiva para  efectos de la protección ambiental puesto que clarifica la manera en que los Estados deben proteger a las personas y la naturaleza en la crisis climática. Hace un reconocimiento de algunos elementos que son muy importantes porque es primera vez que se reconocen de manera tan explícita”, comenta Ezio Costa, Director Ejecutivo de ONG FIMA y quien tan bien fue parte de los abogados que expusieron ante la CIDH en las audiencias previas.

Sobre los puntos más relevantes de la resolución, Costa explica “En primer lugar, se reconoce el derecho al clima seguro, esto es importante evidentemente, porque lo que está diciendo la Corte Interamericana, es que para que las persona podamos efectivamente tener nuestros derechos protegidos, necesitamos tener un clima que sea estable y seguro, y eso depende de la forma en que los Estados cumplen con sus obligaciones climáticas y por lo tanto, los Estados están obligados a tomar determinaciones, tanto en disminución de los gases de efecto invernadero, como de adaptación que sean consistentes con la protección de las personas y del territorio de sus países. En segundo lugar, la corte hace un reconocimiento detallado de cómo los derechos humanos se ven vulnerados por la crisis climática y eso mira derechos como el derecho a la vida, a la educación, a la viviendo, y a la propiedad, todos los cuales se ven de alguna manera dañados por la crisis climática y cómo los Estados tienen que resguardarlos, especialmente para las personas en situaciones más vulnerables. 

Además, agrega, “se hace un énfasis en el Acuerdo de Escazú y por lo tanto cómo el acceso a la participación, el acceso a la información y el acceso a la justicia son necesarios para hacerle frente a la crisis climática. En este sentido, también se hace un especial reconocimiento a la necesidad de proteger a los defensores y defensoras ambientales que están en distintos riesgos en el mundo y en América Latina por distintos tipos de violencia en su contra, como también por riesgos que tienen que ver con la promoción por parte de los grupos poder,  de leyes para acallar o censurar o disminuir el trabajo de las ONG y de los defensores y defensoras ambientales. Por último, algo que es muy propio del derecho ambiental latinoamericano, hay un reconocimiento explícito a los derechos de la naturaleza y la necesidad de protegerla de distintas formas, incluyendo lo que existe en muchos países de la región, que son los Derechos de la Naturaleza. Lo anterior, entendiendo que la naturaleza es un sistema complejo, un todo, del cual participamos también las personas y que se requiere proteger como sistema, precisamente para que tanto las vidas humanas como el resto de las vidas, estén efectivamente a salvo, de la mejor manera posible, durante esta crisis climática”.     

Entre sus principales puntos, la Opinión Consultiva señala que:

  • El derecho a un clima sano es autónomo y no solo una dimensión del derecho al medio ambiente, siendo exigible en sí mismo.
  • La Naturaleza posee derechos, reforzando la protección de la integridad y funcionalidad de los ecosistemas a largo plazo y reconociendo su valor intrínseco.
  • Los Estados tienen responsabilidades diferenciadas, según su contribución histórica a las emisiones y su capacidad actual de respuesta.
  • La acción climática debe guiarse por los principios de equidad intergeneracional e intrageneracional.
  • El acceso a la información, la participación pública y la justicia ambiental son obligaciones clave, así como la protección de personas defensoras del ambiente frente a amenazas, criminalización o violencia.
  • Los saberes indígenas, locales y científicos deben integrarse activamente en la toma de decisiones sobre el clima y el territorio.

Esta Opinión Consultiva entrega directrices jurídicas claras y una hoja de ruta ética y legal para avanzar hacia una justicia climática que proteja tanto a las personas como a los ecosistemas. Con este pronunciamiento, la Corte IDH eleva los estándares regionales e internacionales sobre acción climática y refuerza la obligación de los Estados de garantizar los derechos humanos en el contexto de la urgente crisis ambiental.

Material de interés

Te invitamos a revisar la opinión consultiva emitida este jueves 3 de julio por la Corte Interamericana de Derechos Humanos el sitio web de la Opinión Consultiva 32 de 2025 y su transmisión en español e inglés. Además, puedes revisar la intervención en el período de audiencias públicas de nuestro director ejecutivo Ezio Costa aquí, y el documento «Reconocimiento de las personas, grupos y organizaciones defensoras ambientales como un grupo en situación de vulnerabilidad en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos y obligaciones de los Estados para su protección en el contexto de la emergencia climática« en el que participaron nuestros abogados Marcos Emilfork, Karla Vargas y Javiera Pérez.

Justicia retira permiso ambiental para operar a proyecto salmonero de Australis en Magallanes

Se trata del centro de engorda ubicado en la Península Barros Arana

Justicia retira permiso ambiental para operar a proyecto salmonero de Australis en Magallanes

  • Después de casi dos años de tramitación, el Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia anuló la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto, por presentar deficiencias en su proceso de evaluación.
  • La reclamación fue presentada por la comunidad indígena Kawésqar Grupos Familiares Nómades del Mar, la comunidad indígena ATAP, y la comunidad indígena Residente Río Primero, en alianza con las organizaciones de la sociedad civil ONG FIMA; Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) y Greenpeace.

Valdivia, Junio 2025. El Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia anuló la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto Centro de Engorda de Salmones de la empresa Australis, en la Península Barros Arana, en la Región de Magallanes.

El proyecto buscaba aumentar su producción de biomasa de 5.140 a 7.500 toneladas, lo que implicaba una intensificación significativa de la actividad acuícola en aguas cercanas al territorio de la Reserva, lo que llevó a la comunidad indígena Kawésqar Grupos Familiares Nómades del Mar, la comunidad indígena ATAP, y la comunidad indígena Residente Río Primero, en alianza con las organizaciones de la sociedad civil ONG FIMA; Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) y Greenpeace, a presentar una reclamación ante la justicia la que, luego de casi dos años de tramitación, resultó favorable para ellos.

En el fallo, el tribunal sostiene que la  evaluación ambiental presentada por la empresa fue insuficiente respecto del área de influencia definida para el centro, sobre todo en lo relativo a la fauna marina, paisaje y turismo. Además, advierte que esta deficiencia se replicaba en el análisis del tránsito de embarcaciones y de la dispersión nociva de nutrientes en el agua, propias de la actividad acuícola.

A juicio de los reclamantes, esta sentencia confirma lo importante de una adecuada evaluación ambiental, ya que la sobrecarga de biomasa (salmones, fecas, alimento no consumido) que generaría este centro de cultivo causaría  colapsos ecológicos, aumento de enfermedades, uso intensivo de antibióticos y generación de residuos que devastan el fondo marino y afectan al resto de las especies, lo que pudo provocar un daño irreparable en el mar patagónico.

Y agregan que el proyecto fue autorizado sin medir adecuadamente sus impactos en las comunidades Kawésqar por el tránsito de embarcaciones, los ecosistemas marinos, sus efectos en el turismo, el paisaje y todas las especies que dependen del buen estado de las condiciones de los océanos para vivir.

Por último, denuncian que el titular no esperó obtener el permiso ambiental definitivo y aumentó igualmente su producción, al margen de la ley.

¿Por qué El Mercurio ataca a las ONG ambientales cuando se discute la ley de permisos ambientales?

El viernes 16 de mayo, el medio El Mercurio publicó un inserto de 12 páginas con una versión parcializada respecto al rol que ocupan las organizaciones de la sociedad civil dedicadas a la protección ambiental en Chile. Esta publicación se da en el contexto de la discusión sobre la mal llamada “permisología” y la búsqueda de flexibilizar la tramitación ambiental para facilitar la aprobación de proyectos de inversión. 

La narrativa de la sección “Crónica para el Futuro” supone erróneamente que las ONG ambientales producen una demora en ciertos proyectos, como si ello fuera un objetivo por nuestra parte. ONG FIMA es ampliamente mencionada, existiendo además una serie de aseveraciones que no se condicen con la realidad de nuestro trabajo. 

  1. En la editorial del mencionado suplemento, se atribuyen intenciones completamente equivocadas a nuestra labor, utilizando un lenguaje que busca sembrar dudas y desconfianzas. Por supuesto las ONG trabajan juntas cuando corresponde, como lo hace cualquier otro actor en la vida nacional y más todavía entre actores que creen en la colaboración por un futuro mejor. Ello no significa que exista un interés particular en oponerse a la inversión en general, ni menos al desarrollo del país. Sí es del caso que nos interesa profundizar en la idea de desarrollo, pues nuestra visión del mismo se relaciona con tener un país donde todos podamos respirar aire limpio, beber agua limpia y tener una naturaleza que dejar a nuestros descendientes. Por lo mismo, no toda inversión nos parece igualmente positiva y poder discutir eso, como parte de las libertades básicas de una sociedad democrática, no debiera significar que grandes medios de comunicación usen su poder para atacar la reputación de nuestras organizaciones. 

  2. Asimismo, la editorial, sin ninguna razonabilidad, acusa a las ONG de sobre utilizar las herramientas legales que democrácticamente han sido aprobadas en el país para defender los derechos de las personas. Es lamentable que se crea que el uso de las herramientas institucionales y pacíficas constituye un abuso, más cuando nos enfrentamos a una realidad donde grandes poderes concentrados por el Estado y las empresas, se oponen en general a personas que no tienen acceso a la justicia, el cual es proveído por ONG como la nuestra. Querer mermar las posibilidades de acción de organizaciones como la nuestra, simplemente redunda en dejar a las personas sin derecho de acceder a la justicia, dando carta blanca para el abuso de actores que quieran imponerse por vías ilegítimas. 

  3. En uno de los artículos del suplemento se indica que dos abogados de ONG FIMA podría ser multados por 400 millones. Esta información es falsa, y solo da cuenta del desconocimiento del sistema legal de nuestro país y del interés del medio por desprestigiar nuestro trabajo.
    La situación real es que actualmente dos abogados que trabajaron en FIMA se encuentran demandados en lo que es conocido mundialmente como “SLAPP” (Strategic Lawsuits Against Public Participation) son demandas judiciales estratégicas que tienen como objetivo silenciar o intimidar a quienes ejercen su derecho a la libertad de expresión y participación pública. Generalmente, estas demandas son presentadas por entidades poderosas contra individuos o grupos que critiquen o cuestionen sus acciones.
    Para que se entienda el sinsentido de la demanda, es útil explicar que dichos abogados ni siquiera eran demandantes, sino representantes de un grupo de personas, que interpusieron un recurso de protección y ganaron la paralización de un proyecto que opera sin  permisos y que fue, posteriormente, multado por la misma razón. La empresa que operaba en la ilegalidad decidió demandar a los abogados por daños y perjuicios, con la clara intención de amedrentarlos, cuestión que por supuesto no ha logrado. La demanda, que actualmente se encuentra en proceso probatorio, no ha sido resuelta por los tribunales y en ningún caso significa una multa por algún accionar fraudulento por parte de nuestros abogados.
    Se puede ver más información de ese caso aquí.

  4. El financiamiento de nuestra organización está transparentado en nuestra web, así como las memorias anuales. Tal como lo indica el artículo, nuestro financiamiento proviene principalmente de organizaciones internacionales, y en menor medida de las asesorías que hacemos a municipios que contratan nuestros servicio. No existe ni ha existido nunca una sanción por algún problema en la rendición o adjudicación de ninguno de los proyectos que llevamos a cabo y todas nuestras acciones están debidamente respaldadas en todos las instancias pertinentes. Esto no significa que en el marco de investigaciones a otras organizaciones, se haya querido hacer un aprovechamiento político para enlodar nuestra labor y se nos haya acusado al voleo. Peor aún, no significa que no existan publicaciones en medios de propaganda en que se haya publicado información falsa o descontextualizada en nuestra contra. 

El compromiso de ONG FIMA con la defensa del medio ambiente, los derechos de las personas y el patrimonio del país continúa igual de firme que siempre. El ascenso de visiones políticas extremas y exclusorias que quieren eliminar derechos y dañar la democracia es uno de los nuevos desafíos que debemos enfrentar. Les invitamos a mantenerse alerta, contrastar la información que reciban y defender la democracia y los derechos humanos. 

SLAPP: Empresa acuícola sancionada por contaminar un río ahora demanda a abogados ambientalistas

El caso se desarrolla en torno al Río Chesque, en la comuna de Villarrica, lugar sagrado para la comunidad Mapuche que habita aguas abajo y que fue seriamente perjudicada debido al actuar de la empresa.

Las SLAPP, conocidas por sus siglas en inglés, son demandas estratégicas contra la participación pública. Lo que buscan los que las interponen, es acallar y amedrentar a quienes se oponen a sus intereses. No son un fenómeno nuevo y mucho menos aislado, sin embargo, en los últimos años el uso de estas estrategias ha aumentado. Conformándose como una táctica más de ataque a las personas defensoras del medio ambiente.

La utilización de la justicia como herramienta de persecución no solo pone en riesgo la libertad de expresión de toda la ciudadanía, sino que también atenta contra la democracia. Así, hemos podido ver cómo múltiples defensores y defensoras ambientales han sido víctimas de estas acciones, que, si bien en su mayoría han sido desestimadas por los tribunales, han implicado graves consecuencias para su salud física y mental, así como daño económico al tener que dejar de lado su trabajo y financiar la defensa contra acusaciones sin fundamento.

Demanda contra abogados de ONG FIMA

ONG FIMA es una organización que se dedica a prestar asesoría jurídica especializada a diversas comunidades que enfrentan conflictos socioambientales. Así es como llegaron a representar a la Comunidad de Chesque Alto, quienes eran víctimas de la contaminación del río producida por una empresa acuícola, que luego de operar sin autorización ambiental por casi 20 años, una vez obtenida, continuó generando daños que llevaron a la autoridad a revocar su permiso de funcionamiento solo tres años después.

La empresa continuó operando sin autorización. Por este motivo, los abogados Antonio Madrid y Antonia Berrios, solicitaron a la Corte de Apelaciones de Temuco una orden de no innovar, la cual paralizó la obra durante 11 meses. Posterior a esta situación, la empresa interpuso una demanda contra los abogados, argumentando que la solicitud de la orden de paralización les había causado perjuicio económico, por lo que exigen una indemnización de $400 millones de pesos.

Actualmente, la causa se encuentra abierta y en proceso de pruebas, a pesar de la constancia del daño causado a la comunidad, a la evidencia de que la empresa sistemáticamente incumplió la normativa ambiental y a que fue sancionada por la Superintendencia del Medio Ambiente.

“Lo que estamos enfrentando con esta acción es un típico caso de un juicio estratégicamente levantado para intimidar y limitar la participación pública. La instancia que dio la orden de paralizar las obras de la empresa fue la Corte de Apelaciones de Temuco y confirmó lo mismo la Corte Suprema. Si eso sucedió, fue porque la Corte vio que la solicitud tenía fundamentos y era necesario que se detuviera la intervención de manera inmediata para evitar posibles vulneraciones de garantías fundamentales”, explica Antonia Berríos, abogada de ONG FIMA y demandada en este caso.

Sobre la utilización de este tipo de demandas, Antonia Berrios reflexiona: “Por supuesto que para nosotros implica un desgaste al cual no quisiéramos estar sometidos, pero por sobre todo, nos hace pensar ‘si esto nos sucede a nosotros, abogados que estamos acostumbrados y mandatados a trabajar con la ley, ¿qué pasa con las personas y comunidades que solo quieren hacer valer sus derechos?’”.   

Lamentablemente, este caso es uno de tantos que han enfrentado defensores ambientales en Chile. Así lo vivió, por ejemplo, Rodrigo de la O, de la organización Vigilante Costero Maule Itata, quien por solicitar la aplicación instrumentos de planificación y gestión territorial, incluyendo una regulación rigurosa para proyectos de alto impacto ambiental, fue demandado en 2020 por la inmobiliaria Costa Calán, exigiendo al defensor más de $200 millones de pesos, alegando daño económico y de imagen. La acción fue desestimada por falta de fundamentos, pero el daño provocado es profundo.

“Uno se reconfigura muchas cosas, te hace pensar en tema de la sobreexposición, puede ser un arma de doble filo”, comenta Rodrigo.

“Uno empieza a cambiar la estrategia, a bajar el perfil, seguir haciendo actividades, pero no de forma tan directa o protagónica. Creo que aún falta acceso a la justicia y que el Tratado de Escazú se represente de verdad. Ni hablar de América Latina, pero en Chile ha ido incrementando la agresión y violencia hacia los defensores”, insistió de la O.

Más allá de estos casos, es necesario cuestionarse por qué este tipo de acciones judiciales pueden prosperar, a pesar de la constancia de los incumplimientos ambientales y del impacto en las comunidades. Aunque Chile ha firmado el Tratado de Escazú —instrumento internacional que promueve el acceso a la justicia ambiental y la protección de defensores del medio ambiente—, aún falta avanzar en su implementación efectiva. La ausencia de mecanismos legales específicos que prevengan y sancionen las demandas SLAPP permite que se siga utilizando el sistema judicial como herramienta de hostigamiento. Incluir este debate en la agenda pública y legislativa es clave para asegurar que la participación ciudadana ambiental no sea castigada, sino protegida como un pilar fundamental de la democracia.

 

Revisa las infografías que preparamos explicando el caso:

Motosierra a la regulación ambiental de Chile: Más de 80 organizaciones solicitan al presidente Boric quitar urgencia legislativa al Proyecto de Ley de Permisos Sectoriales

En una declaración pública, las organizaciones firmantes hacen un llamado a generar espacios de diálogo en el que las voces de la sociedad civil y expertos sean escuchadas para evitar la grave desregulación que implicaría la aprobación de esta iniciativa.

 

Actualmente se encuentra en segundo trámite constitucional en el senado el proyecto de Ley de Permisos Sectoriales, el cual es parte del paquete normativo compuesto también por la reforma a la institucionalidad ambiental y la ley de administración del borde costero y concesiones marítimas, las cuales buscan flexibilizar la aprobación de proyectos en pos de la inversión. Estos intentos regulatorios, son visto con gran preocupación por un amplio espectro de Organizaciones de la Sociedad Civil, quienes identifican que se trataría de una verdadera motosierra a los estándares construídos durante los últimos 20 años para la regulación de aquellas actividades que pueden tener un impacto negativo en nuestro medio ambiente, y por lo tanto en la vida de las y los habitantes de nuestro país.

Para Diego Luna Quevedo, Especialista en Política y Gobernanza de Manomet Conservation Sciences, “si bien existe cierto consenso sobre la necesidad de mejoras hacia una institucionalidad moderna, que dinamice procesos e interoperatividad, la agenda pro-inversión que el Gobierno está impulsando a nivel legislativo y territorial, está tomando una senda que va en contra de los principios preventivo y precautorio, vulnerando así el principio de no regresión necesario para el resguardo socioambiental en un escenario de crisis ecológica”.

En la declaración, las organizaciones identifican serios retrocesos en las normas del código de aguas, sanitario y reformas a las normas de la administración del Estado que crearían una suprainstitucionalidad denominada “Oficina de Autorizaciones Sectoriales e Inversión” que quitaría las atribuciones de resguardo del medio ambiente a los Ministerios sectoriales.

“El proyecto de Ley además de cambios al Código, Sanitario, Código de Aguas y Código Minero, establece severas reformas a las normas y procedimientos de la Administración del Estado, que limita y expropia a los Ministerios sectoriales las atribuciones de resguardo de la salud de la población y el patrimonio ambiental del país”, explica Sara Larraín, Directora Ejecutiva de Chile Sustentable. “Como si esto fuera poco, crea una «Oficina» que controlará la aplicación de la ley vigente y la formulación de las nuevas regulaciones sectoriales», agrega.

Además, acusan que se trataría de una negociación llevada a cabo por los ministros Grau y Marcel para subsanar el grave fracaso de la reforma tributaria, generando un “pacto fiscal” entre el gobierno y empresarios, en el cual se ha excluido las voces de expertos y la ciudadanía organizada.

Por su parte, Pamela Poo, politóloga y directora de Políticas Públicas e Incidencia en Fundación Ecosur indica, “El proyecto de permisos sectoriales, como el de reforma al SEIA, perdieron el rumbo en su tramitación, lamentablemente relajan lo que hoy existe, lo cual es muy peligroso, debido a que el estado no cuenta con los recursos para fiscalizar bien o con la cantidad de funcionarios necesarios en los servicios para que lo que prometen dichos proyectos se cumpla. Por último, de salir como están, probablemente lo que veremos es que aumentará la conflictividad ambiental en donde se pretenden emplazar las inversiones”.

La Araucanía: Corte Suprema confirma sentencia contra piscicultura en río Chesque

La Corte Suprema acogió un recurso de protección interpuesto por comunidades de la región de La Araucanía contra la piscicultura Chesque Alto, que opera desde 1998 sin contar con Resolución de Calificación Ambiental.

 

Enero, 2025. Chesque Alto, zona cordillerana de la Región de la Araucanía, forma parte de la Reserva de la Biósfera “Araucarias”, cercano al parque Nacional de Villarrica y en la orilla del volcán del mismo nombre (Rukapillan en mapudungun). Allí conviven comunidades mapuches y emprendimientos turísticos que dependen del Esteros Nalcahue y el Río Chesque. Además, el río es parte de la norma secundaria de calidad de la aguas, de la cuenca del río Valdivia. 

Desde hace años, la comunidad ha denunciado la contaminación de este cuerpo de agua producto de la actividad de la empresa “Acuícola e Inversiones Nalcahue Limitada”, una piscicultura de salmónidos que funciona desde 1998 en el lugar sin Resolución de Calificación Ambiental, ya que vertía los residuos de su producción a pocos metros de un sitio ceremonial mapuche.

“Nuestras familias han vivido y trabajado junto al río (Leufu Chesque) desde siempre y el impacto que esta empresa causó a nuestras comunidades no es solo material y económico, sino que también cultural y espiritual. Por eso estamos satisfechos de que finalmente la Corte Suprema haya acogido esta demanda y terminado con la amenaza que implica salmonera”, señalan Juan Huilipan de la comunidad Gregorio Alcapan y Juan Paillamilla, de la comunidad José Caripan y quien también es también agente de salud mapuche.

Si bien contó con una Resolución de Calificación Ambiental el año 2019, esta fue revocada el 2021 por no haberse evaluado correctamente las consecuencias del vertimiento de residuos industriales en el Estero Nalcahue. Pese a ello, la empresa continuó operando, lo que generó mayores vertidos contaminantes y conflicto con las comunidades locales. Es por ello que las comunidades presentaron un recurso de protección para solicitar que, mientras no se otorguen los permisos pertinentes, se suspenda el vertimiento de químicos contaminantes en el río, lo que afecta su salud y el desarrollo de ritos y actividades ceremoniales.

“Este fallo es un triunfo para las comunidades de Chesque Alto y Hualapulli, quienes llevan años insistiendo ante la institucionalidad ambiental para pedir algo tan sencillo: la evaluación ambiental de la industria que contamina su río. La Corte es clara en su sentencia al señalar que los organismos especializados deben actuar de forma oportuna, de lo contrario se vulneran derechos fundamentales”, comenta Antonia Berrios, Coordinadora General de ONG FIMA y abogada de la Comunidad. 

La Corte no solo revocó la decisión de la Corte de Apelaciones de Temuco, que había desestimado el caso, sino que también destacó la importancia de dar celeridad a la tramitación de denuncias ambientales. La Corte, además, ordenó a la Superintendencia de Medio Ambiente que resuelva el procedimiento sancionatorio contra la empresa en un plazo de 90 días, y que tome las medidas necesarias para resguardar la salud de la población y el medio ambiente, determinando que este organismo debe coordinarse con otras autoridades pertinentes y, en caso necesario, oficiar a la Contraloría General de la República para que realice las fiscalizaciones correspondientes.