Tribunal Ambiental ordena al Ministerio de Medio Ambiente revisar derogación de norma MP10

“A este tribunal le es posible afirmar que estamos frente a un expediente desordenado que refleja una técnica regulatoria deficiente”

En el fallo del juicio caratulado Dougnac v.s Ministerio de Medio Ambiente, el Segundo Tribunal Ambiental resolvió a favor de la demanda presentada por la ONG FIMA, Los Municipios de Puchuncaví, Tocopilla, Huasco, vecinos afectados, entre otros demandantes, contra del Decreto Supremo que deroga la norma anual de Material Particulado 10 (MP10).

En el fallo de 84 páginas, el Tribunal de Santiago decidió Anular totalmente el Decreto Supremo N° 20 por no ajustarse al procedimiento establecido para la revisión de normas primarias, así como por no cumplir con la debida motivación en la derogación de la norma MP10 anual; ordenando al Ministerio de Medio Ambiente a llevar a cabo un nuevo procedimiento de revisión del Decreto Supremo (DS) 59.

El escrito es tajante al afirmar que el proceso tomó un tiempo exageradamente largo sin explicación suficiente. En relación participación de la ciudadanía, señala que “fue prácticamente nula (…) siendo que era esperable de parte del nuevo Ministerio una actitud más proactiva”.

Además, el tribunal señala que hay informes relevantes que se encuentran citados en la justificación para la derogación de la norma, pero que no se encuentran incorporados en el expediente correspondiente. “En suma, a este tribunal le es posible afirmar que estamos frente a un expediente desordenado que refleja una técnica regulatoria deficiente”, indica el fallo.

Para Ezio Costa, Director Ejecutivo de la ONG FIMA, «Este fallo tiene una relevancia crucial, pues marca algunos estándares para la dictación de normas de calidad en tiempos en que se están llevando a cabo otros procedimientos que tendrán que poner  atención a ellos, como la actualización del PPDA de Santiago y una nueva norma de MP10.”

 MP10

La demanda fue presentada en enero del 2014, para impugnar el DS 20 de diciembre de 2013, que eliminaba el límite anual de concentración de Material Particulado Respirable 10, a la vez que mantenía la norma diaria, sin ninguna justificación aparente para esta decisión.

Esta ambigüedad en la normativa significa, que una misma zona puede mantener un rango diario saludable, pero superar los niveles anuales, con los respectivos daños para la vida de las personas que esto conlleva, como es el aumento de enfermedades respiratorias agudas, entre otros efectos.

Es por esto que el principal reclamo de los demandantes, fue la falta de fundamentación en la derogación de la norma que el Ministerio del Medio Ambiente establecía para la toma de decisiones; además de las ilegalidades cometidas durante el proceso de revisión y los perjuicios que esto acarrea para las ciudades más contaminadas del país.

“Esperamos que en adelante las normas cumplan al menos con los estándares internacionales de la Organización Mundial de la Salud (OMS), que es parte de lo que solicitamos en este proceso”, puntualizó Ezio Costa.

Sentencia caso MP10

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Mesa Ciudadana Sobre el Cambio Climático: “Sin nuevos anuncios fue discurso de Bachelet en COP20

Consideramos que al gobierno chileno le ha faltado la voluntad necesaria para lograr una mayor ambición y asumir nuevos compromisos que demuestren a la ciudadanía un real aporte para combatir eficazmente el cambio climático. Para ello, manifestamos nuestra absoluta disposición de trabajar en la creación e implementación de las medidas de mitigación y adaptación que Chile necesita.

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Representantes de la academia, sociedad civil y gobierno se reúnen para debatir en torno al cambio climático con miras a la COP20

Durante el III Seminario de Derecho Ambiental “La Gobernanza del Cambio Climático”, se tocaron temas como Negociaciones internacionales sobre Cambio Climático, hacia un nuevo acuerdo mundial; Cambio Climático en Chile, un desafío para la gobernanza ambiental; y Medidas para la protección del Agua y los Glaciares frente al Cambio Climático.

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Acelerar la inversión ¿Nuevamente el medio ambiente como moneda de cambio?


Ezio Costa Cordella
Ezio Costa Cordella, Director Ejecutivo de ONG FIMA

El gobierno ha anunciado una serie de medidas y modificaciones normativas para “acelerar la inversión”. En una cuestión que es casi ritual, estas apuntan hacia el medio ambiente, buscando mejorar la gestión en algunos casos, y en otros derechamente acelerar los proyectos, lo que presumiblemente se haga disminuyendo la protección ambiental. Con medidas diferentes, viene a ser algo muy parecido a lo que intentó el expresidente Piñera en su momento (el año 2013).

No comentaré las medidas en sí mismas, pero sí lo llamativo que es el hecho de que tengamos un sistema político que independientemente de quién lo maneje, a la hora de la supuesta necesidad, tienda a echarle mano al medio ambiente. Esto es especialmente interesante en el caso de un gobierno que está tratando de avanzar en el aseguramiento de derechos culturales, económicos y sociales como la educación, el trabajo y la salud, dentro de los cuales también se encuentra el derecho a un medio ambiente sano. Además, la propuesta levanta o mantiene, la idea de que existe un antagonismo entre el medio ambiente y el desarrollo y desnuda que nuestro desarrollo económico está demasiado ligado a la mera explotación de nuestros recursos naturales.

En lo que se refiere a alterar la normativa ambiental para reactivar la economía, obviamente el peligro que se observa es que esa alteración sea en desmedro del medio ambiente. Existe una tendencia, al menos teórica, de que cuando un gobierno habla de modificar cuestiones ambientales para reactivar la inversión, normalmente se está refiriendo a bajar ciertos estándares para hacer más fácil esa inversión. Lo que no se dice, es que esta idea es un tremendo error, por al menos dos motivos.

La primera razón es creer que una baja de estándares ambientales podría generar mejores condiciones para invertir. Al contrario de lo que normalmente se piensa, si uno observa los reclamos de empresarios e inversionistas, verá que estos en general más que estándares más bajos piden certezas, vale decir estabilidad y predictibilidad. Ahora bien, lo que hay que preguntarse entonces es ¿cómo las certezas se relacionan con los estándares de protección del medio ambiente y qué podría pasar si se decide bajar esos estándares? Aquí mi observación es la siguiente: si lo que se quiere es certeza, dicha certeza debe ser real, debe ser para el inversionista en el sentido de que pueda predecir los resultados de su inversión y pueda llevar a cabo su negocio y debe ser certeza para las comunidades en el sentido de saber que su medio ambiente y sus derechos en general no serán afectados o que siéndolos, ello será parte de un proceso donde tendrán voz, voto y la posibilidad de ser efectivamente compensados de cualquiera que sea el daño que se les cause. Si la certeza no es para todos los actores, se convierte en opresión y a la larga en conflicto.

La segunda motivación tiene que ver con el concepto de “competencia regulatoria”, que es la idea de que los países compiten por la inversión, y que entre más laxas sean las normas, los costos para los inversionistas serán menores y por lo tanto el país es más atractivo. Esta construcción teórica, llamada en la doctrina “carreras hacia el fondo”, fue una idea muy presente el siglo pasado, pero que se encuentra bastante desmentida. Por una parte los Estados no han rebajado sus estándares ni se han involucrado en estas carreras y por otra, cuando han tomado estas acciones ello no ha significado un incentivo suficiente a los inversionistas, quienes, como se señaló, parecen valorar más las certezas y la seguridad. (Radelli, 2004)

Pero volviendo a lo principal, ¿es realmente llamativo que los gobiernos de uno u otro color político quieran echar mano al medio ambiente cuando se trata de reactivar la economía?

Una de las respuestas posibles es la esbozada anteriormente; la supuesta antagonía entre los derechos sociales y el desarrollo. Por alguna o varias razones, cuando se habla de facilitar la inversión y el crecimiento, la conversación rápidamente se torna en una conversación sobre cómo empeorar los estándares en algún derecho cultural, económico y social. Reformas laborales que deprecien el trabajo, reformas institucionales que “quiten las trabas ambientales”, reformas que “disminuyan la judicialización”, todas diferentes maneras de provocar esos cambios, pero que van en desmedro de las personas.

No puedo sino sostener que esta antagonía es artificial y es parte de una concepción equívoca del desarrollo económico y social. Pero tampoco puedo hacer caso omiso a que esta antagonía es real en los casos en que el crecimiento en lugar de basarse en el desarrollo, se basa en la mera explotación y que a ratos ese pareciera ser el caso de nuestro “modelo de desarrollo”, basado principalmente en la extracción y venta de recursos naturales.

Ya que estamos en una hora en que se piensa cómo aumentar la inversión en el país, podría ser hora, también, de que pensemos en qué nos gustaría que fuera dicha inversión, cómo ella va a ayudar efectivamente al desarrollo y cómo hacemos para que los privados decidan invertir en esas áreas. El crecimiento basado en la extracción no genera necesariamente desarrollo y las medidas propuestas por el gobierno parecieran no ser más que volver a repetir las mismas estrategias para tener los mismos resultados: devastación ambiental, conflictos sociales y más pobreza.

Columna publicada en El Dínamo Ambiente el 14/11/14

El papel de la sociedad civil en la política internacional ambiental

[caption id="attachment_1824" align="alignleft" width="150"]Gabriela Burdiles P.  Directora de Proyectos FIMA Gabriela Burdiles P.
Directora de Proyectos FIMA[/caption]

La semana pasada se llevó a cabo en la sede de Cepal en Santiago de Chile, la Cuarta reunión de Puntos Focales, donde representantes de 19 países de América Latina y el Caribe, firmantes de la Declaración del Principio 10, que promueve el acceso a la información, participación y justicia en asuntos ambientales, aprobaron dar inicio a las negociaciones para la creación de un acuerdo regional en esta área.

Esta importante reunión para nuestra región, fue la culminación de la primera etapa de un proceso innovador que contó en todo momento, con la significativa participación del público en cada una de sus decisiones. En la oportunidad se acordó comenzar las conversaciones para contar con un instrumento regional que apoye a los países en la implementación de los derechos de acceso a más tardar en diciembre de 2016.

Para ello se aprobó la creación de un comité de negociación, integrado por representantes de los países signatarios y del público, así como de una Mesa Directiva copresidida por Chile y Costa Rica, que coordinará las negociaciones que lleve a cabo el comité, la que además deberá tener comunicación constante con representantes de la sociedad civil.

Este reconocimiento a la participación de la sociedad civil en las negociaciones internacionales de este tipo, no debiera sorprendernos. Desde la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano celebrada en Estocolmo en 1972, la presencia e involucramiento de las Organizaciones No Gubernamentales (ONGs) en los procesos internacionales de toma de decisiones relacionados a materias ambientales y de desarrollo sostenible, ha ido en un marcado y evidente aumento. Para graficar dicha tendencia, en 1972 más de 250 ONGs asistieron a la Conferencia de Estocolmo. Posteriormente, más de 1.400 ONGs fueron acreditadas a la Conferencia de Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo celebrada en Río de Janeiro en 1992 y 3.200 para la Conferencia de Johannesburgo en 2002.[1]

Esta tendencia refleja profundos cambios en el mundo de la política internacional y de la diplomacia. La demanda de mayor democracia y gobernanza en materia de decisiones ambientales, está generando desafíos tanto para los negociadores y tomadores de decisiones, como para la sociedad civil organizada.

En primer lugar, en cuanto a los tomadores de decisiones de los Estados, los obliga a abrir los procesos en los cuales ellas se adoptan, a crear mecanismos participativos diferentes de los esquemas clásicos de las negociaciones internacionales y a fundamentar las decisiones adoptadas, dando respuestas claras a los requerimientos de la sociedad civil.

Asimismo, los regímenes internacionales ambientales actuales deben implementar mecanismos de rendición de cuentas y de cumplimiento de los compromisos adoptados, con mayor transparencia e incluso permitiendo la participación de organizaciones sociales en dichos mecanismos.

Así, es cada vez más frecuente que en los tratados multilaterales ambientales se admita la participación de actores no estatales en sus órganos principales o subsidiarios, sirviendo como importantes fuentes de información sobre el cumplimiento de sus reglas por las partes. Por ejemplo, en la Convención de Ramsar (1971) sobre Humedales de importancia internacional, las ONG reconocidas están invitadas a participar tanto en la Conferencia de las Partes como en las reuniones del Comité permanente, en los grupos científico y técnico y en las reuniones regionales técnicas. Esto también ocurre en el Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono de 1976 (art. 11), en la Convención de Naciones Unidas para el Cambio climático de 1992 (art. 7.6) y su Protocolo de Kyoto de 1997 (art. 13.8)[2], en la Convención sobre diversidad Biológica de 1992 (art. 23.5), y en la Convención de Basilea sobre el Control de movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación de 1989 (art. 15.6).

En materia de derechos de acceso, en la Convención Sobre el Acceso a la Información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en asuntos ambientales de 1998, conocida como Convención de Aarhus, establece como órgano principal de aplicación de dicha Convención la Reunión de las Partes, instancia en la que pueden participar en calidad de observadores, las ONGs, a menos que un tercio de las partes se oponga. Asimismo, el Comité de Cumplimiento creado para examinar el respeto de dicha Convención, permite la participación del público y la posibilidad de examinar las comunicaciones que ellos le presenten, respecto del incumplimiento de las obligaciones de la Convención.

Sin duda, que estos mecanismos además de generar interesantes oportunidades de participación y la representación de más posturas en una negociación, plantean también nuevos desafíos a la sociedad civil. Esto, porque las organizaciones y movimientos sociales, requieren estar mejor preparados y capacitados técnicamente para poder participar en estas instancias internacionales e influir en las decisiones de los negociadores. También, deberán realizar un trabajo constante en sus respectivos países, y como estos procesos suelen prolongarse en el tiempo, necesitarán recursos financieros y humanos estables, los cuales no siempre están fácilmente disponibles.

En ese sentido la actuación de la sociedad civil en redes, movimientos o en grupos de organizaciones, puede facilitar el trabajo. Al contrario de los funcionarios diplomáticos, los representantes de la sociedad civil pueden abogar por intereses y objetivos comunes que trascienden las fronteras estatales. Un ejemplo es la Iniciativa de Acceso (TAI por su sigla en inglés)[3], que es una red de organizaciones sociales que trabajan para que los ciudadanos tengan el derecho y la capacidad de influir en las decisiones sobre los recursos naturales que sostienen a sus comunidades, de la cual FIMA es parte. Esta red ha estado involucrada activamente y desde su inicio, en el proceso de América Latina y el Caribe para la negociación del instrumento sobre los derechos de acceso.

Es claro que las negociaciones internacionales en materia ambiental ya no pueden ser entendidas sólo en términos de la diplomacia interestatal clásica. Estas instancias ahora deben ser comprendidos como procesos vivos que involucran múltiples actores, tanto en su origen como en su implementación, y en los cuales debe facilitarse la participación de diversas organizaciones de la sociedad civil como una manera de enriquecer el debate, proporcionando insumos significativos y de considerar todos los factores posibles en la toma de decisiones.

[1] Betsill and Corell (ed.), NGO Diplomacy, MIT, 2008.

[2] En el caso del Protocolo de Kyoto, según las reglas establecidas en la Conferencia de las Partes de Marrakech en 2001, se permite a las ONG presentar evidencias, información técnica y práctica ante el Comité de cumplimiento y sus grupos de cumplimiento y facilitación.

[3] http://www.accessinitiative.org/

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21/11 Tercer Seminario de Derecho Ambiental: "La Gobernanza del Cambio Climático"

ORGANIZAN:

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III SEMINARIO DE DERECHO AMBIENTAL

“LA GOBERNANZA DEL CAMBIO CLIMÁTICO”

El III SEMINARIO DE DERECHO AMBIENTAL SOBRE “LA GOBERNANZA DEL CAMBIO CLIMÁTICO” tiene como finalidad contribuir al debate nacional e internacional en torno a esta temática, tanto en sus aspectos legales como institucionales. El objetivo principal es aportar con ideas nuevas, desde la academia y la sociedad civil, al proceso de negociación que se desarrollará en Lima (COP 20) y que se espera que concluya en París en el año 2015 (COP 21) con un nuevo acuerdo global, así como al desarrollo de un mejor marco regulatorio e institucional en Chile.

 PROGRAMA

8:30-9:00 Acreditación

9:00-9:30 Palabras de bienvenida: Fernando Dougnac, Presidente de FIMA; Ingrid Wehr, Representante regional de la Fundación Heinrich Böll Cono Sur; Miriam Henríquez, Universidad Alberto Hurtado.

9:30-11:15 Panel 1: Negociaciones internacionales sobre Cambio Climático. Hacia un nuevo acuerdo mundial.

  • Preguntas del panel

¿Cómo funciona el proceso de negociaciones de cambio climático? ¿Cuáles son los principales temas que se negocian? ¿Cuáles son las posiciones de los países o bloques predominantes? ¿Qué se espera de las próximas Conferencias de las Partes? ¿Cuáles son los desafíos para el derecho internacional del medio ambiente en esta materia?

Estructura

Moderadora: Paola Vasconi, Especialista en Cambio Climático y Medio Ambiente, Adapt-Chile.

Expositores:

– Andrea Lucas, Heidelberg Center para América Latina, Académica de la U. Alberto Hurtado. “Debate Climático: ¿Qué se espera para la COP21 en París?”

– Julio Cordano, Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. “Postura de Chile en las actuales negociaciones internacionales climáticas”.

– Andrea Rodríguez, Asociación Interamericana de Defensa del Ambiente (AIDA). “Futuro de las Discusiones sobre Financiamiento Climático”.

– Enrique Maurtua, Climate Action Network Latinoamérica (CAN-LA). “El rol de la sociedad civil en las negociaciones sobre Cambio Climático”.

11:15-11:45 Pausa/café

  • 11:45-13:15 Panel 2: Cambio Climático en Chile, un desafío para la gobernanza ambiental.

Preguntas del panel

¿Cuál es el nivel de cumplimiento de Chile de los compromisos internacionales en CC? ¿Cuál es la situación de vulnerabilidad de Chile frente al CC? ¿Qué medidas estamos implementando o podemos implementar? ¿Existe un marco regulatorio/institucional adecuado para enfrentar los impactos del CC?

Estructura

Moderador: Sebastián Ainzúa, Fundación Heinrich Böll Cono Sur.

Expositores:

– Paulina Aldunce, Profesora Asociada en el Departamento de Ciencias Ambientales y Recursos Naturales Renovables de la Universidad de Chile. Investigadora, del Centro de Ciencia del Clima y la Resiliencia (CR)2. “Impactos y desafíos en materia de mitigación y adaptación frente al cambio climático en Chile”.

– Andrés Pirazzoli, Representante de la Oficina de Cambio Climático del Ministerio del Medio Ambiente. “Acciones del Gobierno desarrolladas en materia de Cambio Climático”.

– Flavia Liberona, Fundación Terram y representante de la Mesa Ciudadana sobre Cambio Climático. “Déficits institucionales y trayectoria de la política nacional sobre CC: Acciones posibles”.

– Gabriela Burdiles, Directora de Proyectos de FIMA y representante de la Mesa Ciudadana sobre Cambio Climático. “¿Es necesaria una ley de cambio climático en Chile?”

13:15-15:30 Receso

  • 15:30-17:00 Panel 3: Medidas para la protección del Agua y los Glaciares frente al Cambio Climático

Preguntas del panel

¿Qué problemas genera la actual legislación del agua en materia ambiental? ¿Qué cambios deben introducirse al régimen de administración del agua? ¿Cómo debe abordarse la situación de sequía? ¿Cómo podemos proteger nuestros glaciares?

Estructura

Moderador: Ezio Costa, Director Ejecutivo de FIMA y miembro Mesa ciudadana sobre Cambio Climático.

Expositores:

– Reinaldo Ruiz, Delegado Presidencial de Recursos Hídricos del Gobierno de Chile. “Modificaciones Normativas para la gestión de Recursos Hídricos”.

– Anahí Urquiza, Investigadora Adjunta del Centro de Ciencia del Clima y la Resilencia, Universidad de Chile. “Vulnerabilidad Hídrica y Gobernanza. Un análisis de las condiciones socioculturales de la gestión del agua”.

– Felipe Tapia. Abogado y Docente de Derecho Ambiental y de Aguas, Universidad SEK. “Acceso al agua como un derecho humano: sentido, alcances y propuestas para una adecuada protección en Chile.”

– Valentina Durán, Abogada, Académica Universidad de Chile, GESCAM Consultores Ambientales. “Propuestas para la protección legal de los glaciares”.

17:00-17:30 Cierre.

Aula Magna, Facultad de Derecho, U. Alberto Hurtado

Cienfuegos 41, Metro Los Héroes

Viernes 21 de noviembre 2014

Inscripciones a rivera@fima.cl

*Cupos limitados. 

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