El Río Aconcagua, se encuentra dividido en secciones administrativas. El recurrente alega que la Primera Sección incurrió actos ilegales en desmedro de los derechos de aprovechamiento de agua de los usuarios de la Tercera Sección, al no respetar la forma y reglas legales contenidas en el artículo 314 del Código de Aguas, conforme a las cuales debería realizarse la distribución de las aguas en épocas de extraordinaria sequía como la que afecta actualmente al río Aconcagua. La autoridad administrativa la ha declarado zona de escasez hídrica en los años 2011, 2012, y en 2013 mediante Decreto M.O.P. N°288, de fecha 11 de octubre de 201 3.
Seguir leyendoCASO DUCTO CELCO
La empresa Celulosa Arauco y Constitución S.A. ingresa al SEIA un proyecto denominado «Sistema de Conducción y Descarga al Mar de Efluentes Tratados de Planta Valdivia» (19 de febrero de 2009), consistente en la instalación y operación de un sistema de eliminación de residuos de una extensión aproximada de 36,9 km, con tramos tanto terrestres como submarinos, que recorrerían desde la Planta Valdivia a la Bahía Maiquillahue (sector Mehuín, lado norte de la desembocadura del río Lingue), lugar en que comenzaría el trazo submarino de 2.075 metros, encargado de descargar los residuos líquidos tratados de Planta mediante un difusor a una profundidad de 18 metros fuera de la Zona de Protección Litoral.
Seguir leyendoCASO MACHI FRANCISCA LINCONAO CON SOCIEDAD PALERMO LIMITADA
Durante el año 2008 se habrían efectuado labores de tala de árboles y arbustos nativos en el fundo Palermo Chico, perteneciente al recurrido, el cual se encontraba emplazado en una zona de alta presencia indígena.
Seguir leyendoRESUMEN FALLO CASO MALL PLAZA EGAÑA
Ficha elaborada por Centro de Estudios FIMA (CEFIMA) con la colaboración de:
- Marta Aguilera Sánchez.
Abogada, Universidad Autónoma de Barcelona, España.
Máster en Derecho Ambiental, Universidad Rovira i Virgili, España.
Pasante en el área de investigación de FIMA de julio a diciembre de 2013.
CASO MALL PLAZA EGAÑA Rol 4-2013 2TA]]>FALLO MP10: Calidad Regulatoria y Participación Ciudadana*
Me centraré en este comentario en la relación entre el fallo y la política de mejora regulatoria de la OCDE, con especial atención en aquellos puntos que aparecen mencionados o son tratados de alguna manera por el Tribunal, y haciendo énfasis en la evaluación de impacto regulatorio y la participación ciudadana.
Seguir leyendoTribunal Ambiental ordena al Ministerio de Medio Ambiente revisar derogación de norma MP10
“A este tribunal le es posible afirmar que estamos frente a un expediente desordenado que refleja una técnica regulatoria deficiente”
En el fallo del juicio caratulado Dougnac v.s Ministerio de Medio Ambiente, el Segundo Tribunal Ambiental resolvió a favor de la demanda presentada por la ONG FIMA, Los Municipios de Puchuncaví, Tocopilla, Huasco, vecinos afectados, entre otros demandantes, contra del Decreto Supremo que deroga la norma anual de Material Particulado 10 (MP10).
En el fallo de 84 páginas, el Tribunal de Santiago decidió Anular totalmente el Decreto Supremo N° 20 por no ajustarse al procedimiento establecido para la revisión de normas primarias, así como por no cumplir con la debida motivación en la derogación de la norma MP10 anual; ordenando al Ministerio de Medio Ambiente a llevar a cabo un nuevo procedimiento de revisión del Decreto Supremo (DS) 59.
El escrito es tajante al afirmar que el proceso tomó un tiempo exageradamente largo sin explicación suficiente. En relación participación de la ciudadanía, señala que “fue prácticamente nula (…) siendo que era esperable de parte del nuevo Ministerio una actitud más proactiva”.
Además, el tribunal señala que hay informes relevantes que se encuentran citados en la justificación para la derogación de la norma, pero que no se encuentran incorporados en el expediente correspondiente. “En suma, a este tribunal le es posible afirmar que estamos frente a un expediente desordenado que refleja una técnica regulatoria deficiente”, indica el fallo.
Para Ezio Costa, Director Ejecutivo de la ONG FIMA, «Este fallo tiene una relevancia crucial, pues marca algunos estándares para la dictación de normas de calidad en tiempos en que se están llevando a cabo otros procedimientos que tendrán que poner atención a ellos, como la actualización del PPDA de Santiago y una nueva norma de MP10.”
MP10
La demanda fue presentada en enero del 2014, para impugnar el DS 20 de diciembre de 2013, que eliminaba el límite anual de concentración de Material Particulado Respirable 10, a la vez que mantenía la norma diaria, sin ninguna justificación aparente para esta decisión.
Esta ambigüedad en la normativa significa, que una misma zona puede mantener un rango diario saludable, pero superar los niveles anuales, con los respectivos daños para la vida de las personas que esto conlleva, como es el aumento de enfermedades respiratorias agudas, entre otros efectos.
Es por esto que el principal reclamo de los demandantes, fue la falta de fundamentación en la derogación de la norma que el Ministerio del Medio Ambiente establecía para la toma de decisiones; además de las ilegalidades cometidas durante el proceso de revisión y los perjuicios que esto acarrea para las ciudades más contaminadas del país.
“Esperamos que en adelante las normas cumplan al menos con los estándares internacionales de la Organización Mundial de la Salud (OMS), que es parte de lo que solicitamos en este proceso”, puntualizó Ezio Costa.
]]>Mesa Ciudadana Sobre el Cambio Climático: “Sin nuevos anuncios fue discurso de Bachelet en COP20
Consideramos que al gobierno chileno le ha faltado la voluntad necesaria para lograr una mayor ambición y asumir nuevos compromisos que demuestren a la ciudadanía un real aporte para combatir eficazmente el cambio climático. Para ello, manifestamos nuestra absoluta disposición de trabajar en la creación e implementación de las medidas de mitigación y adaptación que Chile necesita.
Seguir leyendoYa está disponible nuestro Boletín FIMA 27!!
Boletín FIMA 27
Lo invitamos a descargar nuestro boletín FIMA 27 con un resumen noticioso de la actualidad ambiental del último mes.]]>
COP 20: FIMA exige responsabilidad al gobierno de Chile
La semana que enfrentamos es clave en la elaboración de un nuevo acuerdo y la FIMA se mantendrá actuando, en coordinación con otras organizaciones de la sociedad civil, para recordarle al gobierno de Chile la necesidad de enfrentar el asunto con responsabilidad y con atención a la justicia intergeneracional.
Seguir leyendoChile y el cambio climático: Ambición hacia afuera pero poca claridad hacia adentro
Si se ha asumido un compromiso voluntario al 2020 y luego asumiremos un nuevo compromiso con posterioridad al 2020, es hora de dejar de lado las posturas corto plazistas y la poca claridad, para dar paso a los esfuerzos ambiciosos también en el plano interno.
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