Columna: «Justicia intergeneracional como condición para el desarrollo sostenible: la responsabilidad que no podemos omitir»

Por Macarena Martinic y Felipe Pino

Abogados de ONG FIMA

En la cultura adulto-centrista en la que nos encontramos, tendemos a observar la crisis climática desde la perspectiva de los impactos ecológicos, en el desarrollo económico, en la afectación a las poblaciones más vulnerables en general. Pero olvidamos que dentro de los más afectados por el cambio climático están los niños, niñas y adolescentes.

En un primer sentido, es su futuro -el futuro de las nuevas generaciones- el que se encuentra en riesgo. Esta situación conlleva un sinnúmero de efectos no solo físicos, sino también de salud mental. La Sociedad Ecológica Británica ha indicado que la actual crisis climática y ecológica ha devenido en la generación de una situación mucho más compleja con respecto a la ansiedad y desesperación que puede generar el heredar una biósfera en colapso ecosistémico.

En un segundo sentido, los y las más jóvenes se ven igualmente vulnerados en sus derechos a la vida y a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, sin embargo, los impactos se experimentan de forma agravada en la infancia. En este ámbito, la OMS ha señalado que más de una de cada cuatro muertes de niños y niñas, menores de 5 años, está directa o indirectamente relacionada con riesgos medioambientales.

Es así, como la contaminación atmosférica (ambiental y doméstica) causaron 543.000 muertes de menores de 5 años en el 2016 producto de infecciones de las vías respiratorias. Basta con exponer a un niño a niveles inseguros de contaminación a una edad temprana para someterlo a una vida de enfermedad.

En nuestro país vemos esa realidad día a día en las mal llamadas “Zonas de Sacrifico”, en donde varios de los grupos considerados de especial protección (mujeres, adultos mayores, niños, niñas y adolescentes) se ven especialmente vulnerados por dinámicas sistemáticas de contaminación ambiental. Uno de los ejemplos más mediáticos fue el caso de las intoxicaciones masivas ocurridas en la escuela La Greda, en Quintero-Puchuncaví, en la cual más de 40 niños sufrieron de malestares, convulsiones y desmayos producto de nubes químicas tóxicas a partir de contaminantes emitidos por el cordón industrial de la comuna. Y es que, si bien la contaminación de la comuna afecta a todos sus habitantes, al ser sus pulmones más pequeños y por lo tanto necesitar de más bocanadas por minuto, son los niños quienes mayor cantidad de contaminantes respiran.

Situación similar se vive en Huasco, también denominada “Zona de Sacrificio” por su alta concentración de termoeléctricas, en donde un reciente informe llevado a cabo por la Universidad Católica ha indicado que el riesgo de adquirir enfermedades crónicas en las vías respiratorias inferiores es 2,3 veces más alto. Estudios también han apuntado a una disminución del Coeficiente de Desarrollo y el Coeficiente Intelectual en los niños expuestos a emisiones de Centrales Termoeléctricas a Carbón, en comparación a niños, niñas y adolescentes no expuestos. En la misma línea, diversos estudios ecológicos han confirmado una relación entre un mayor riesgo de autismo en menores que viven en zonas con fuentes de emisión de mercurio.

La vulnerabilidad antes descrita se incrementa en niños, niñas y adolescentes al ser dependientes en su toma de decisiones, sin poder desplazarse o hacer frente con rapidez a impactos climáticos. Esta dependencia se ve institucionalmente profundizada por las políticas públicas que dirigen todas las medidas de adaptación y mitigación al sujeto universal: el adulto; sin considerar la realidad particular de niños, niñas y adolescentes.

Sin embargo, y pesar de su mayor vulnerabilidad, los niños, niñas y adolescentes son agentes fundamentales en la protección del medio ambiente. Fueron ellos quienes lideraron las denuncias por la crisis climática el año 2019, destaca el movimiento Fridays for Future. Es así como en la carta resultante del “El futuro que queremos” de la Conferencia Río+20 del año 2012 reconoce en su artículo 11 la necesidad de lograr la estabilidad económica, el crecimiento económico sostenido, la promoción de la equidad social y la protección del medio ambiente, aumentando la protección, la supervivencia y el desarrollo de los niños hasta que hagan realidad todo su potencial, en particular mediante la educación.

Nuestra legislación ambiental reconoce el principio de equidad o justicia intergeneracional como manifestación de la interdependencia de cuidados entre seres humanos y en tanto seres pertenecientes a un medio ambiente del cual dependemos para nuestra subsistencia.

La equidad intergeneracional y, para ello el cuidado del medio ambiente, es un llamado a asegurar la sostenibilidad ambiental de forma igualitaria, no solo a quienes habitamos actualmente el planeta, sino que incorporando a las generaciones futuras. Para ello es fundamental reconocerla como un principio en la nueva Constitución, así como incorporar en la toma de decisiones a quienes habitarán la tierra en el futuro, partiendo por el fortalecimiento efectivo de los derechos de acceso en materia ambiental (derecho a la información, participación y acceso a la justicia) enfocada especialmente a niños, niñas y adolescentes.

Si bien, las medidas que esta crisis climática requiere son de carácter global, todos los esfuerzos que hagamos en lo local – incluyendo los artículos que emanen de la Convención Constitucional- deben estar dirigidos a cumplir con nuestra responsabilidad intergeneracional -considerando particular- mente a los niños, niñas y adolescentes- y así, asegurar a las generaciones futuras la posibilidad de habitar un planeta en el que se puedan desarrollar plenamente.

 

Columna publicada en NOesMENOR – Edición Nº5

Columna: Evaluando la Democracia Ambiental en Chile

Por Ezio Costa

Director Ejecutivo ONG FIMA

Al hablar de democracia ambiental, se hace referencia a dos comprensiones. La primera, tiene que ver con como las democracias avanzan hacia incorporar las preocupaciones por el entorno y logran mediante el balance de fuerzas que las caracterizan, hacerse cargo de mantener un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Los Estados han ido avanzando en esto, lentamente desde los años 1970 a la fecha y con mucha urgencia en los últimos años. Es en esa línea que la creación de una Constitución Ecológica para Chile, aparece como un horizonte necesario.

La segunda comprensión de la democracia ambiental, tiene que ver con la implementación de los derechos de acceso, consagrados inicialmente en el principio 10 de la Declaración de Río de 1992, luego en la Convención de Aarhus, en Europa en 1998 y finalmente en el Acuerdo de Escazú, en Latinoamérica, en 2018. Respecto a este último, como sabemos, Chile fue el impulsor desde 2012, pero una vez cerrado el texto, se ha negado hasta ahora a firmarlo y con ello, a mejorar los estándares de la democracia ambiental.

Frente a esta negativa, se observa como más complejo que mejoren las posibilidades que tenemos los ciudadanos de obtener la satisfacción de nuestro derecho de acceso a la información necesaria para comprender los procesos ambientales que suceden en nuestros territorios, que es el primero de los derechos que garantiza Escazú. Así por ejemplo, es un hecho que el Acuerdo exige a los Estados garantizar el acceso a la información ambiental que esté en su poder, cuestión que si bien se encuentra garantiza por la ley, no se cumple con el principio de máxima publicidad que dispone el acuerdo, mientras que hay casos como los de antibióticos para salmones, en que el derecho es coartado por el Tribunal Constitucional.

Mientras, en lo que se refiere a la participación ciudadana, el segundo derecho garantizado por el Acuerdo, este obliga a los Estados a cuestiones como que la participación suceda desde etapas tempranas de los proyectos y que se provea de información accesible a las personas para poder participar, siendo que ambas cuestiones no son la regla en los procedimientos de participación ambiental en Chile. Asimismo, mientras el Acuerdo requiere de establecer condiciones propicias para la participación de grupos vulnerables, ello tampoco es debidamente considerado en la normativa chilena.

Un tercer derecho al que se refiere el Acuerdo de Escazú, es el derecho de acceso a la justicia en materia ambiental. En este punto, si bien Chile ha avanzado en institucionalidad, sigue teniendo importantes problemas, que se reflejan por ejemplo en que la prueba en los casos de daño ambiental, tenga que ser aportada por los ciudadanos que piden la reparación de un ecosistema, o que no exista asistencia técnica del Estado a grupos vulnerables, cuando pretenden demandar por cuestiones ambientales.

Pero el Acuerdo de Escazú además pone por primera vez en un tratado internacional un punto que es esencial en América Latina y que dice relación con la protección de los defensores y defensoras ambientales. El aumento en las amenazas y asesinatos de las personas que defienden los derechos humanos ambientales en América Latina ha sido muy relevante, y si bien Chile sigue siendo un lugar relativamente seguro, también existen casos en que estas cosas han sucedido y las autoridades correspondientes no han tenido ni siquiera un protocolo especial de actuación, así como tampoco han contado con otras medidas para proteger a los defensores. En este punto, Escazú es claro en señalar que los Estados parte deben garantizar un entorno seguro para el trabajo de defensores y defensoras, cuestión que no se ha considerado en nuestra normativa ni práctica.

Las cuestiones antes expresadas son sólo ejemplos de los incumplimientos o cumplimientos parciales que hace nuestra normativa en relación con los estándares de Escazú, y que han sido comparados en su totalidad con la normativa chilena en un informe recién lanzado por la ONG FIMA, de manera de visibilizar los múltiples escalones que nuestro país tiene aún que recorrer para llegar un mínimo de garantía de los derechos de acceso.

La dimensión de la democracia ambiental que se refiere a los derechos de acceso, es esencial para también lograr que el sistema democrático pueda hacerse cargo de la protección del entorno. La democracia ambiental es una profundización de la democracia que permite a las comunidades y las personas expresarse desde sus saberes y preferencias en relación con el uso de sus territorios, ayudando a construir un país con menos abusos, desigualdades y conflictividad.

 

Columna: La oportunidad de Escazú

“para el pleno disfrute de los derechos
humanos, incluidos los derechos a la vida y
a la salud, es necesario un medio ambiente
saludable”.

John Knox

Negativa a firmar el Acuerdo de Escazú

Por Victoria Belemmi Baeza

En septiembre del año 2018 acontecía un hito histórico: se abría a la firma de los estados el Acuerdo de Escazú, el primer tratado sobre derechos de acceso en materia ambiental en Latinoamérica. Como es conocido, Chile impulsó el Acuerdo con fuerza, ocupando la presidencia de las negociaciones junto a Costa Rica. Sin embargo, a último momento decidió no firmar, arguyendo, desde entonces, diferentes razones para no hacerlo.

Uno de los principales argumentos ha sido la falta de necesidad. A juicio del gobierno, Chile cumpliría con los estándares del Acuerdo, siendo irrelevante la firma. Tal afirmación genera extrañeza en su contexto. El acuerdo no solo ahonda en el derecho a acceder a la información ambiental, sino también en la necesidad de potenciar la participación ciudadana y el acceso a la justicia, dos materias que han sido consideradas piedras de tope para la inversión.

El gobierno ha intentado en distintas ocasiones potenciar las inversiones, instando por medidas que lejos de reforzar la democracia ambiental ven a los derechos de acceso como un obstáculo. Así, el mismo año que debía firmar el Acuerdo de Escazú, presentó iniciativas para la creación de la oficina de gestión de proyectos sustentables (GPS) y para llevar adelante la agenda pro-inversión, buscando agilizar la aprobación de proyectos, en desmedro de la participación ciudadana, y la puesta en marcha de estos, sin perjuicio de la existencia de personas que hayan decidido hacer uso de su derecho a acudir a los tribunales.

Considerando esto, las dudas sobre las verdaderas razones para no firmar el tratado crecen, observándose como un estado que debe ser garante de derechos, se aleja de la posibilidad de firmar un tratado que no pretende imponer, sino guiar en la aplicación de estándares y mejores prácticas para la implementación de los derechos de acceso, entendiendo que ellos son fundamentales no solo para la protección del medio ambiente sino para garantizar la democracia y disminuir la conflictividad ambiental.

Evaluación de los estándares del Acuerdo de Escazú

En el contexto anterior, la ONG FIMA se propuso realizar un trabajo de comparación entre los estándares propuestos por el Acuerdo de Escazú y la legislación chilena, demostrándose que la firma del Acuerdo no es irrelevante y que, existen aspectos esenciales en los que es necesario avanzar para garantizar adecuadamente los derechos humanos ambientales de acceso. Relevaré algunos puntos:

El Acuerdo de Escazú establece obligaciones, estándares y sugerencias para garantizar el acceso a la información ambiental. Chile cuenta con la Ley 20.285 de Acceso a la información pública que se preocupa de ello, además de contemplar como un principio constitucional la publicidad de los actos administrativos. Sin embargo, siguen existiendo barreras para acceder a la información, de la mano de un uso abusivo de las causales de secreto y de interpretaciones restrictivas del Tribunal Constitucional, los órganos administrativos y los tribunales de justicia. Los estándares del Acuerdo de Escazú, podrían contribuir a diluir muchas de las discusiones generadas, aportando antecedentes interpretativos pro derechos de acceso.

Por su parte, el Acuerdo de Escazú establece disposiciones para que los Estados, en la medida de sus recursos, generen, faciliten, proporcionen y divulguen información ambiental, estableciendo incluso qué materias son necesarias publicar para garantizar el derecho de acceso a la información. Al respecto, si bien existen en Chile obligaciones y esfuerzos por generar sistemas de información, de público conocimiento resultan las deficiencias de la Administración, la que, por ejemplo, no entrega información sobre zonas contaminadas, ni genera, actualiza y sistematiza adecuadamente la información (elaborada en gran parte por particulares). Reflejo de ello es el comentado fallo de la Corte Suprema por los recursos de protección presentados por las intoxicaciones en Quintero y Puchuncaví, en que el Excelentísimo Tribunal evidenció la falta de la administración en la sistematización de información relevante para la protección de la salud de la población.

El Acuerdo también se preocupa y establece diversas disposiciones para garantizar la participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales. Chile, a través de la Ley 19.300 y la Ley 20.500 Sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, ha avanzado en la materia, estableciendo instancias de participación ciudadana, con más o menos desarrollo, en los instrumentos de gestión ambiental y creando los consejos de la sociedad civil. No obstante, existen diversas falencias relacionadas con las asimetrías de información, los plazos para participar, la imposibilidad de evaluar alternativas y una baja posibilidad de incidir en las decisiones ambientales tanto en materia de evaluación de proyectos (el proyecto solo se puede aprobar o rechazar) como en materia de políticas públicas, todas materias abordadas por el Acuerdo.

Además, el Acuerdo de Escazú busca que se garantice el Acceso a la justicia. Nuevamente Chile tiene la fortaleza de haber generado una institucionalidad ambiental que cuenta con tribunales ambientales (Ley 20.600 que crea los Tribunales Ambientales) y con el respeto de derechos garantizados en la Constitución Política de la República (como el debido proceso). Pero garantizar este derecho, tal como se desprende de los estándares del Acuerdo, no se agota en su existencia, sino en la posibilidad de que todos los ciudadanos podamos acceder y proveernos de una adecuada defensa y, en ello estamos al debe. El contenido altamente técnico de las discusiones ambientales y los altos costos involucrados en la generación de prueba y defensa jurídica, hacen necesaria la posibilidad de acceder a asesoría judicial gratuita cuestión que no existe, a lo que se suman tiempos excesivamente largos para llegar a una resolución del conflicto.

Finalmente, el Acuerdo de Escazú se hace cargo de un problema que golpea fuertemente a los países latinoamericanos: la protección de los defensores ambientales. Pese a que, afortunadamente, nuestra situación es mejor que la de otros países, Chile no está exento de situaciones de vulneración de derechos de los defensores ambientales, registrándose asesinatos y amenazas que buscan frenar la defensa del medio ambiente y que ponen en peligro las bases de un estado democrático. No obstante, no existe reconocimiento de la vulnerabilidad de este grupo, punto clave para establecer medidas adecuadas a su protección. Sobre esto, los estándares y objetivos que propone el Acuerdo de Escazú, además de llenar este vacío, permitirían impulsar el debate y la protección de los defensores ambientales, cuestión que es de primera necesidad al hablar de derechos humanos ambientales.

Firmar Escazú es una oportunidad

Revisado todo lo anterior, firmar Escazú lejos de ser irrelevante es una oportunidad de avanzar y mejorar en el otorgamiento de derechos humanos esenciales a los ciudadanos. Escazú, es una guía inigualable y, entendiendo la importancia del medio ambiente para el desarrollo de las personas, nos entrega estándares y objetivos claros y específicos para resguardar los derechos humanos ambientales  de las personas, las que pudiendo incidir en decisiones que no solo afectan el medio ambiente, sino que también pueden afectar la relación con sus pares y su propia salud, pueden contribuir a alcanzar mejores decisiones en materia ambiental y consolidar un estado democrático que vele por el bien común de todos.

 

Carta al Director: Acuerdo de Escazú

Este 11 de septiembre el ex subsecretario de Medio Ambiente, Felipe Riesco, publicó una columna sobre el Acuerdo de Escazú en que analiza algunos de los cambios a la normativa nacional que se tendrían que implementar para dar cabida a los estándares del tratado.

Su análisis resulta muy interesante, pues la comprensión que tiene una ex autoridad de gobierno sobre el tema, parece mucho más realista que las razones que el Ejecutivo ha dado para no suscribir. De la lectura de su columna, podemos ver claramente que la decisión sobre adherir o no al Acuerdo pasa por la voluntad de implementar los derechos que el propio convenio aborda: acceso a la información, participación y justicia en materia ambiental, además de la protección de las y los defensores ambientales.

Como el propio ex subsecretario señala, el reconocimiento de dichos derechos humanos y de los estándares de Escazú significaría algunos cambios normativos, y muchos en la gestión de las instituciones con competencia ambiental. Estos cambios vendrían a mejorar la profunda inequidad ambiental de nuestro país, dirigiendo el actuar del Estado hacia la protección del medio ambiente y las personas, poniendo en el centro de las políticas públicas la protección de la salud, la vida y los ecosistemas.

Pareciera que ni la mejora de estándares ambientales, ni la protección de derechos humanos, son cuestiones que interesen a quienes nos gobiernan hoy. Por eso valoramos la columna del señor Riesco, que nos permite entender a qué se refería el canciller Allamand cuando expresaba que el Acuerdo no era conveniente para los intereses de Chile.

Por Andrea Sanhueza, representante electa del público para el Acuerdo de Escazú; Ezio Costa, Director ejecutivo ONG FIMA; Violeta Rabí, investigadora Espacio Público; Pedro Glatz, Coordinador de Contenido Nuestra América Verde; Matías Asún, Director Nacional de Greenpeace

 

 

 

 

OPINIÓN: Una extraña idea de soberanía. Escazú y el TPP11

Por Ezio Costa, director ejecutivo ONG FIMA

La semana pasada, en un programa radial, el Canciller Allamand indicó que “en el caso del TPP 11 la posición del gobierno es que debe aprobarse; en el caso de Escazú no ha variado nuestro punto de vista, en el sentido de que no es un tratado conveniente para los intereses generales y convenientes del país”. Dicho punto de vista del gobierno se refiere a supuestos problemas de soberanía que generaría el Acuerdo de Escazú.

Esta posición resulta ser una extraña manera de entender los intereses del país y sobre todo la soberanía. El ministro Allamand obvia los problemas de soberanía que generaría el TPP-11, siendo que este tratado amplía las posibilidades de que Chile sea demandado en tribunales arbitrales internacionales por parte de empresas transnacionales y genera, además, obligaciones de transparencia y coherencia regulatorias pensadas para favorecer a dichas empresas y capitales.

Muy por el contrario, el Acuerdo de Escazú genera una distribución de poder interna que le permite a la ciudadanía mejores oportunidades para, efectivamente, ejercer su soberanía. Escazú pretende un ejercicio más informado, con mejores instancias de incidencia en las decisiones ambientales y mayores garantías jurisdiccionales para todos y todas, pero especialmente para quienes se dedican a defender el medio ambiente, encontrándose en una situación de mayor exposición. Por otro lado, el acuerdo no amplía significativamente las posibilidades de demandas contra Chile de ningún otro actor internacional y en ningún caso alcanza intereses territoriales.

Sin perjuicio de lo anterior, tenemos que recordar que todo tratado implica ceder alguna soberanía, pues la misma idea de llegar a un acuerdo con otro ente, implica ceder un poco de nuestra parte. En el caso del Derecho Internacional, un poco de nuestra soberanía en favor del beneficio internacional. Respecto de Escazú, esa cesión tiene que ver principalmente con la posibilidad de que el cumplimiento de los estándares sea revisado por los mecanismos de cumplimiento del propio acuerdo.

Parece importante recordar que la soberanía, en su primera conceptualización por el francés Jean Bodin, es “la suprema autoridad” y el “poder absoluto y perpetuo de la República”, y, desde las teorías contractualistas en adelante, es innegable que esta recae en el pueblo. Por ello, mejorar la democracia es precisamente honrar la soberanía y el Acuerdo de Escazú apunta en ese sentido, al profundizar la democracia y distribuir el poder, generando una especie de devolución del Estado a los ciudadanos, por medio de las garantías fundamentales para ejercer su soberanía: transparencia, participación y acceso a la justicia en materia ambiental.

Así mismo, extraña idea de soberanía es aquella que entiende que traspasar más poder a los capitales globales es un acto inocuo, mientras que mejorar la democracia “no es conveniente para los intereses del país”. Es este tipo de cesiones y tergiversaciones conceptuales las que van profundizando el malestar ciudadano, por lo que es de esperar que el ministro Allamand sea capaz, al menos, de ver la inconveniencia de seguir ese camino.

Columna publicada en La Tercera

Opinión | La Acción Climática como principio de una Constitución Ecológica en Chile

Por: Ezio Costa 

La discusión constituyente debe enfrentar los desafíos de nuestros tiempos y ayudarnos a superar estructuras que reproducen las injusticias. La idea de una Constitución Ecológica apunta en ese sentido. Nos referimos a una Constitución cuyo contenido incorpore transversalmente y como ejes ordenadores, la protección del medio ambiente y la armonía entre la sociedad y la naturaleza.

La discusión constituyente debe enfrentar los desafíos de nuestros tiempos y ayudarnos a superar estructuras que reproducen las injusticias. Uno de los desafíos principales es hacer frente a la crisis climática y ecológica, lo que supone una serie de cambios estructurales, necesarios para asegurar nuestra continuidad social en este planeta.

La idea de una Constitución Ecológica apunta en ese sentido. Nos referimos a una Constitución cuyo contenido incorpore transversalmente y como ejes ordenadores, la protección del medio ambiente y la armonía entre la sociedad y la naturaleza. No se trata simplemente de sumarle derechos a una Constitución, sino de crear un marco normativo que permita una transformación, incluyendo, entre otras cosas, principios que marquen los objetivos de nuestra organización social.

Uno de los roles de la Constitución es, precisamente, cimentar el orden que nos daremos como sociedad, expresando las razones por las que estamos juntos y nos organizamos. Parece prudente, entonces, recordar que nuestra organización tiene entre sus principios la protección del lugar que habitamos, de manera que esta comunidad jurídico-política que constituye a Chile, pueda seguir habitando este territorio y encontrando en él la fuente de su bienestar.

La protección del medio ambiente debiera aparecer entonces como un principio esencial, siendo un deber, para las personas y un paraguas de interpretación de las normas, para el Estado. Lo mismo sucede con la justicia ambiental e intergeneracional, parte importante de las razones de ser de nuestra organización social. Pero además de estos principios, es importante incorporar uno específicamente referido a la Acción Climática, entendiéndola como nuestro compromiso con la reducción de nuestros gases de efecto invernadero y, con la adaptación de nuestras comunidades al cambio climático.

El rol del Estado en los años que vienen para disminuir el daño a los territorios, producto del cambio climático, será esencial. La adaptación a la nueva realidad climática requiere de acciones en muchos niveles y con una conducción del Estado que no es sustituible. El conocimiento científico, la inversión, las potestades de los organismos y la participación de la ciudadanía tendrán que confluir para adaptar los modos de vida en los bordes costeros, en lugares con sequías permanentes, en territorios agrícolas que ya no podrán seguir con sus actividades tradicionales, entre otros. Sobre la mitigación, nuestro compromiso como pueblo, tiene que ver con no seguir dañando un bien común de toda la humanidad, independientemente de lo que hagan los demás y de las negociaciones internacionales.

Un compromiso como este es necesario para afrontar nuestros desafíos en Chile, y  además, podría ser un ejemplo para que otros pueblos se comprometan a lo mismo. A la vez, la Acción climática, como principio, sería una marca precisa sobre el país que queremos tener; uno donde el cuidado sea un valor fundamental, que sustituya a la visión utilitarista de los otros.

En El Desconcierto

Opinión: Reactivación económica, medio ambiente y bienestar

Por Ezio Costa y Pedro Glatz 

El reciente acuerdo entre parte de la oposición y el Gobierno contiene elementos que deben preocuparnos y, sobre todo, ser materia de un análisis más profundo. Son particularmente llamativas las menciones referidas a materias ambientales, por la falta de conceptos de largo plazo y la falsa pretensión de estar fomentando una inversión “verde”. La urgencia es clara, la sequía permanente y otros desastres ambientales nos lo recuerdan de manera constante.

Una reactivación económica en clave de armonía con el medio ambiente contiene dos elementos esenciales. El primero es entender la necesidad de un cambio de rumbo en materia económica para tener un futuro posible en el combate a la crisis climática y ecológica; el segundo es comenzar el trazado de un camino que permita el bienestar material de las personas, sin que ello comprometa la existencia de los ecosistemas ni el bienestar de las generaciones futuras.

El acuerdo, sin embargo, no mira estas variables sino que intenta pintar de verde las mismas viejas soluciones que nos han traído a la crisis en la que estamos. En efecto, en materia ambiental se fija principalmente en dos cosas: más inversión y más velocidad de inversión. Ambas cosas, con la enceguecida visión del crecimiento del PIB como principal objetivo, y sin mirar impactos, efectos ni otras variables.

  1. Acelerando la inversión

Las primeras medidas preocupantes, son las que apuntan al “fast track” de los proyectos en su tramitación administrativa, y mientras no es por sí negativo hacer más eficientes los procesos, la manera en que se hace es fundamental. El Acuerdo menciona las recomendaciones del Consejo Nacional de Productividad (CNP) como base para la “agilización regulatoria y de plazos para proyectos de inversión”. Este documento propone medidas en distintos ámbitos y mientras muchas de ellas parecen positivas y deben explorarse, considerando los problemas endémicos que nuestro modelo de desarrollo demuestra (entre ellos, el bajo crecimiento de la productividad), el análisis debe ser en detalle. Analizamos acá solo dos de las numerosas medidas propuestas, entendiendo que ellas han sido parte central de la discusión para el acuerdo.

El “fast track” o “modernización”, apunta principalmente a modificar el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). La necesidad de realizar cambios en este instrumento viene discutiéndose hace años, incluyendo comisiones gubernamentales y ciudadanas, además de un fuerte lobby empresarial. El Gobierno de Sebastián Piñera lo consideró prioritario y presentó dos proyectos de ley para reformarlo, los cuales no encontraron apoyo en el Congreso, por lo que es prácticamente imposible que sean aprobados.

En ese marco, entrando al análisis del contenido de las propuestas del CNP, una de sus recomendaciones (2.5.1)[1] parece especialmente preocupante, ya que propone la distinción de componentes ambientales en la Resolución de Calificación Ambiental, entre relevantes y secundarios, lo que a todas luces es materia de ley y no puede ser ejecutado sin modificaciones a la Ley 19.300. La recomendación desliza la posibilidad de que se haga esta priorización por vía reglamentaria, pero el principio de legalidad protege a los ecosistemas en este ámbito y debemos estar atentos a que no se intenten cambios reglamentarios para evadir este principio.

Una segunda recomendación que nos preocupa es la que propone la creación de un sistema de trazabilidad del proceso de aprobación de proyectos de inversión. Si bien la trazabilidad en sí misma no es un problema, en este punto hay dos elementos complejos relacionados con incentivos que podrían quedar mal puestos. Al solicitarles a los funcionarios del SEA que estimen el plazo necesario para evaluar proyectos, se corre el riesgo de no ser capaces de establecer un promedio que dé cuenta de la diversidad de iniciativas que los funcionarios deben evaluar y este sistema puede incidir en la calidad de la evaluación, cuando sabemos que la demanda de evaluación excede con creces las capacidades operativas del Servicio de Evaluación Ambiental.

La demora en la tramitación de los proyectos se produce sobre todo por la falta de información relevante en los Estudios que presentan los titulares, los que deben ser revisados por el Estado y vueltos a hacer por los titulares. Una medida sencilla, que haría considerablemente más eficiente el sistema y aumentaría la certeza no solo para los titulares sino para todos, es que las consultoras contratadas para hacer estudios y declaraciones fueran pagadas por los titulares, pero contratadas mediante licitación por el Estado. [2]Esto, además, permitiría avanzar rápidamente hacia la construcción de líneas de base públicas, incorporando la recomendación 3.16 de la Comisión de Productividad, de estandarización de información. [3]

Adicionalmente, estas modificaciones se pondrían en manos de la Oficina de Gestión de Proyectos Sustentables, organismo público de carácter ilégitimo que es una muestra patente de un ánimo de intervención pro empresa en la toma de decisiones de la Administración del Estado.

Esta Oficina ha sido fuertemente resistida desde su creación, a comienzos del actual Gobierno, pues funciona en la práctica como una oficina de lobby pagada con recursos públicos, para facilitar la aprobación de muchos proyectos. El gran logro de esta oficina ha sido generar una erosión considerable del aparato estatal, mermando la escasa confianza que la ciudadanía podía tener en las decisiones ambientales. Su carta de iniciativas incluye ,entre otros, proyectos generadores de conflictos socioambientales tan simbólicos como Dominga y Alto Maipo. Pero quizás la peor característica de esta oficina, es que no tenga absolutamente ninguna variable de sustentabilidad para elegir los proyectos que apoya, haciendo en su nombre un falso uso del concepto que solo contribuye a su deslegitimización.

  1. La Inversión “verde”

Al igual como sucede con la oficina de proyectos sustentables y su uso inadecuado del concepto, el acuerdo propone algo similar en lo que llama “Inversión con énfasis verde y mitigación de cambio climático”, donde incluye inversión pública ligada «a construcción embalses, obras de regadío y agua potable rural, plantas desalinizadoras, inversión en ERNC.” (sic). Esta iniciativa pareciera tener una inspiración keynesiana en el sentido de propender a la construcción de infraestructura como modo de generación de empleo e inversión, pero su componente verde es prácticamente inexistente.

En primer lugar, se insiste, en relación con la crisis hídrica, en una solución con altísimos impactos ambientales y que no tiene viabilidad técnica ni política, como son las grandes obras de embalses y riego. Dichas obras alteran aún más los degradados ecosistemas en los que se emplazarían y requieren de una serie de actividades que de por sí son generadoras de impactos ambientales y gases de efecto invernadero. La inviabilidad técnica tiene que ver no solo con dichos impactos, sino también con la proyección sobre caudales de agua en la zona central de Chile. [4]

La inviabilidad política es tal, que en una reciente consulta del Gobierno[5], este tipo de iniciativas estuvo muy por debajo de aquellas relacionadas con proteger el medio ambiente y los ecosistemas. Esto, a pesar de que (i) el Gobierno constituyó una mesa asesora del agua con un profundo sesgo hacia la industria, (ii) hizo esta consulta sin estándares mínimos de participación, (iii) la consulta intentaba validar sus propuestas (forzando la selección de varias alternativas) y (iv) grandes movimientos y organizaciones dedicadas al agua, se excluyeron de participar y llamaron a no hacerlo. [6]

La inversión pública que se requiere en esta área, debe ser apuntada a soluciones basadas en la naturaleza, sobre todo en lo relativo a la recuperación de las cuencas y la protección del ciclo hídrico. En la recuperación de ecosistemas hay una posibilidad de generación de empleo y de mejora de las condiciones ambientales, con una visión de futuro e impacto positivo de largo plazo. En el plano urbano, avanzar en la implementación de infraestructura verde significaría también generar empleos, inversión y mejorar las condiciones de vida de las personas. En el caso de Santiago, incluso los estudios al respecto se encuentran avanzados y esperando ejecución.[7]

A modo de conclusión, queremos reiterar nuestro llamado a iniciar una reactivación efectivamente sostenible, tal como se ha planteado por numerosas iniciativas[8]. Para ello debemos poner el norte en la rápida transición a una matriz energética renovable, un plan de inversión decisivo en fomento al transporte público, la renovación y construcción de vivienda sustentable, el fomento a la economía circular y un sistema alimentario sostenible. El impulso a nuestra economía no debe ser a costa de los ecosistemas y debe surgir de un proyecto país de nuevo modelo de desarrollo que cuente con legitimidad democrática y que esté orientado hacia el bienestar de largo plazo y no a un crecimiento del PIB a cambio de la destrucción de los ecosistemas y el sustento de la vida.

En El Mostrador 

Fernanda Salinas: Árboles nativos, identidad y aprendizajes

Nuestra relación con la naturaleza sería diferente si aprendiéramos a conocer y reconocer los árboles nativos, conocer la red de relaciones que establecen con su entorno, y supiéramos usarlos de manera respetuosa y responsable.

Los árboles nativos forman parte de nuestros paisajes naturales. Son el hogar y alimento de variada fauna nativa y son los guardianes del suelo, los ríos y lagos. Con la hojarasca, las ramas y los mismos árboles que caen, se genera el manto de suelo orgánico. Regulan el ciclo hidrológico y el clima, interactuando con la atmósfera y el agua subterránea. El polen, el néctar, el aroma, la forma y el color de las flores atrae a un sinfín de aves e insectos, que al alimentarse, las polinizan. Las flores polinizadas se transforman en frutos, y con ellos, aves, marsupiales, reptiles, mamíferos y humanos, se dan festín y dispersan las semillas por donde quiera que vayan.

Con las vainas del algarrobo se prepara harina, arrope y bebidas, y se usa su pulpa para el tratamiento de afecciones cardíacas. Con la corteza de la queñoa se tratan afecciones coronarias, bronquiales y urinarias. Con la pulpa dulce, aromática y harinosa del fruto del chañarse preparan arropes y su semilla se come, con la corteza se tratan catarros y tos, hemorragias, neumonía y flatulencia y con sus flores y frutos, se trata el asma, la obstrucción de los bronquios y se ablandan las durezas de la piel. Con la corteza de la patagua se curten cueros. Con la corteza del pelú se tiñe, y se trata el reumatismo, la gota y las erupciones cutáneas. Con las ramillas de la pitra se trata el reumatismo y las enfermedades cutáneas. Con la corteza del sauce se baja la fiebre y con las hojas se trata la bronquitis.

Con los frutos aromáticos y dulces del boldo se prepara chicha, y con las hojas se trata la indigestión, el dolor de cabeza y el reumatismo. De las semillas del maitén se extrae un aceite cicatrizante. Con los frutos del litre se prepara miel y chicha. Con el fruto del espino se prepara harina y bebidas. Con las hojas del corontillo se trata la tos, la bronquitis y el asma. Los frutos del molle se comen y con ellos se prepara una chicha, y con la resina se tratan esguinces y golpes.

Con los frutos del linge se prepara chicha. Los frutos del lleuque se comen. Las ramillas del mañío de hojas largas se usan para adornos florales. El piñol se usa como cortafuego y sus hojas se usan para aliviar la tos y el asma. El fruto del queule se come y se usa para hacer mermelada. Las hojas del radal se usan para calmar dolores articulares. De las ramas de los robles crecen losdeliciosos digueñes.

El fruto del arrayán se come y con ellos se prepara chicha, la corteza nueva se usa para teñir, y las hojas dan sabor al mate. Los frutos tostados del avellano chileno son un verdadero manjar. Las hojas del canelo se usan para limpiar heridas. Las hojas de chaquihua se usan para aliviar torceduras y expulsar lombrices. Con las hojas del fuinque se tratan los cólicos y malestares al hígado, y sus frutos se usan para teñir.

La flor y la semilla del notro se usan para teñir, y con las hojas se trata la neuralgia y las heridas. Los piñones de la araucaria son la base de la alimentación de los Pehuenche. La savia de la lenga era utilizada para antorchas por los Selknam, y la consumían al igual que los Yahgan en primavera.

Nuestros árboles nativos desaparecen por las actividades (in)humanas. Ignoramos su existencia, y desconocemos las oportunidades que nos ofrecen para nuestro propio bienestar. Nuestra relación con la naturaleza sería diferente si aprendiéramos a conocer y reconocer los árboles nativos, conocer la red de relaciones que establecen con su entorno, y supiéramos usarlos de manera respetuosa y responsable. En ese escenario, los árboles nativos formarían parte de nuestra identidad, de nuestras costumbres y serían valorados y respetados por nuestra sociedad. El sentimiento de arraigo, de pertenencia, de identidad y comunidad con la naturaleza comienza con el aprendizaje individual. Podemos empezar por aprender sobre nuestros árboles nativos.

¿Blue NDC? Haciendo realidad los compromisos climáticos de Chile en materia de océanos

Por Gabriela Burdiles

Cuando el Presidente Piñera se comprometió ante el mundo a llevar a cabo la COP25 de cambio climático, señaló que esta sería una “Blue COP” por el especial énfasis que se daría a los océanos en cuanto a su contribución a la mitigación del cambio climático y por ser espacios que son tremendamente impactados por el mismo fenómeno. Así, se propuso incluir este importante tema en la agenda de la COP y hacer una serie de eventos al respecto. Además, Chile incluyó por primera vez en la actualización de sus Contribuciones Nacionalmente Determinadas, o NDC por sus siglas en inglés, a los océanos como un ámbito relevante de acción para dar cumplimiento a las metas del Acuerdo de París.

En este instrumento Chile se compromete a crear nuevas áreas protegidas en al menos un 10% de las “ecorregiones marinas sub-representadas” a 2030; proteger al menos 20 humedales costeros como nuevas áreas protegidas al 2025 y al menos 10 humedales costeros más como áreas protegidas al 2030. También, se comprometen plazos para que las áreas marinas protegidas de Chile creadas hasta antes de 2020 y luego de 2020, cuenten con un plan de manejo o de administración, “contemplando en ello acciones de adaptación a los efectos del cambio climático”, y para que estos planes se encuentren bajo implementación efectiva (sólo en el caso de las áreas creadas hasta 2020).

Sin embargo, el cumplimiento de estos compromisos “azules” tiene varios desafíos. En cuanto a la primera meta, de acuerdo con la información publicada en World Database on Protected Areas (WDPA), tenemos actualmente en Chile 1.506.502 km2 de áreas marinas protegidas, lo que corresponde al 41,19% de cobertura de la diversidad marina de Chile. Dicha protección se realiza bajo figuras jurídicas, instrumentos e instituciones diferentes tales como: sitios del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado, o SNASPE, parques y reservas marinas, reservas de la biósfera y áreas marinas costeras protegidas de múltiples usos (AMCP-MU).

Pese a que con esta cobertura se cumple formalmente la meta de Biodiversidad de Aichi de conservar al menos el 10% las zonas marinas y costeras, preocupan las diferencias entre los niveles de protección para cada área y que aún exista una importante brecha entre la protección legal y la protección real en estos espacios. En efecto, sólo el 0,04 % de estas áreas protegidas tiene un manejo efectivo, ya sea mediante planes de manejo o administración.

En 2019, la Contraloría General de la República detectó que 10 de 13 parques y reservas marinas no contaban con un Plan General de Administración (PGA), instrumento que permite definir las actividades, acciones y programas a desarrollar en la zona. Además, respecto de las únicas áreas que contaban con un plan de administración aprobado por decreto supremo, esto es, las reservas marinas de La Rinconada, Isla Chañaral, e Islas Choros y Damas, no se acreditó la implementación de 22 de las 53 medidas de los PGA.

Otro ejemplo de las graves inconsistencias de nuestra legislación se ha dado en el sur de Chile debido a la instalación de la salmonicultura con especies exóticas en áreas de alto valor ecológico y social. En esta zona de nuestro país, conviven diferentes figuras de protección con la expansión de esta actividad económica, así como con sus conocidos y lamentables impactos ambientales y sociales, tal como ha sucedido al interior de espacios marinos protegidos de la región de Magallanes. Son emblemáticos, en este sentido, los casos del Parque Nacional Alberto D’Agostini y el de la Reserva Nacional Kawésqar, donde se han otorgado numerosas concesiones de acuicultura.

En cuanto a la protección del borde costero y sus humedales, existen también desafíos jurídicos y de gobernanza. Partiendo por contar con una legislación adecuada para nuestras costas, que considere la integridad de estos espacios, así como su importancia y los riesgos naturales y antrópicos a los que están expuestos. Este marco normativo debe permitir una planificación territorial real y sostenible, que sea vinculante para la toma de decisiones de otros instrumentos como el sistema de evaluación de impacto ambiental. Por último, esta normativa debe permitir contar con esquemas de gobernanza local efectiva y participativa de quienes habitan el territorio.

En definitiva, la NDC de Chile de “blue” aún tiene poco. Hoy, en la conmemoración de un nuevo Día de los Océanos, esperamos una implementación pronta y adecuada de sus metas, considerando y resolviendo todos los desafíos aquí expuestos.

En Codexverde 

Diversidad biológica y sostenibilidad columna en Codexverde por Fernanda Salinas

Chile ratificó en 1994 el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB), que tiene como objetivo principal la conservación y uso sostenible de la diversidad biológica. Al año 2010, las partes en el convenio aprobaron el Plan Estratégico para la Diversidad Biológica, incluyendo las veinte Metas de Aichi para la Biodiversidad para el período 2011-2020.

Los objetivos de este plan eran abordar las causas de la pérdida de la biodiversidad incorporándola en todos los ámbitos gubernamentales y de la sociedad, reducir las presiones directas sobre la biodiversidad y promover el uso sostenible, mejorar la situación de la diversidad biológica protegiendo los ecosistemas, las especies y la diversidad genética, aumentar los beneficios de la biodiversidad y los servicios de los ecosistemas para todos y mejorar la aplicación a través de planificación participativa, gestión de conocimientos y creación de capacidad.

Entre las Metas de Aichi se encuentra, por ejemplo, la eliminación de subsidios perjudiciales y la implementación de incentivos para la conservación y uso sostenible de la biodiversidad, reducir a cerca de cero la pérdida, degradación y fragmentación de los hábitats naturales, y conservar un 17% de los ecosistemas terrestres y aguas continentales y un 10% de las zonas marinas y costeras, restaurar y proteger ecosistemas que proveen agua y contribuyen a la salud, bienestar y medios de vida, considerando especialmente mujeres, comunidades indígenas y locales, pobres y vulnerables, restaurar al menos un 15% de las tierras degradadas y respetar los conocimientos, las innovaciones y las prácticas tradicionales de las comunidades indígenas y locales pertinentes para la conservación y la utilización sostenible de la biodiversidad y los usos tradicionales.

El fracaso del cumplimiento de los objetivos del Plan Estratégico para la Diversidad Biológica queda de manifiesto en Sexto Informe Nacional de Biodiversidad de Chile. En este informe se reconoce que la pérdida, degradación y fragmentación de los ecosistemas sigue siendo la principal amenaza para la biodiversidad, y que el cambio de uso de suelo, impulsado por la industria agrícola y forestal y la urbanización, es uno de los principales factores causantes del deterioro y pérdida de ecosistemas terrestres del país. Además, reconoce que la minería afecta ecosistemas frágiles por la extracción de aguas subterráneas, la contaminación de los acuíferos, las faenas abandonadas, paralizadas y sus residuos, incluyendo los relaves, que representan un riesgo para la vida y salud de las personas y los ecosistemas.

Identificadas las principales causas de la pérdida de ecosistemas naturales, se esperaría que se tomaran medidas urgentes para limitar el cambio de uso de suelo, proteger ecosistemas amenazados, restringir la afectación de ecosistemas frágiles y limitar la urbanización, al mismo tiempo que se promoviera la restauración ecológica de ecosistemas que proveen agua, salud, bienestar y medios de vida. A pesar de la urgencia ecológica y social que nos apremia, se continúa priorizando la visión economicista por encima del cuidado de la naturaleza y de las personas, como se refleja en el Plan Nacional de Restauración de Paisajes (2020-2030) sometido a consulta pública hasta el 14 de Febrero 2020 y en el Proyecto de Ley que crea el Ministerio de Agricultura, Alimentos y Desarrollo Rural, que busca convertir al país en una potencia agroalimentaria, pesquera, acuícola y forestal, cuando la industria agrícola y forestal son responsables de un 96% del consumo de agua a nivel nacional, y los ecosistemas naturales, las personas más desposeídas, los campesinos y los crianceros sufren las consecuencias.

Aunque Chile no ha cumplido con su compromiso internacional, el Convenio sobre la Diversidad Biológica, el  Plan Estratégico para la Diversidad Biológica y las Metas de Aichi se mantienen como un referente para que las políticas públicas se orienten a la sostenibilidad.

En Codexverde