Investigación y publicaciones

IMG_0170FIMA contribuye al desarrollo y perfeccionamiento del derecho ambiental en Chile, para lo cual publica anualmente la Revista Justicia Ambiental, primera revista de derecho ambiental publicada por una ONG y en la cual participan regularmente destacados autores nacionales e internacionales.

También publicamos nuestro Boletín Fima, el cual enviamos mensualmente a todos quienes deseen recibir las principales noticias en materia ambiental e interesantes columnas escritas por los miembros de nuestro equipo.

Además, FIMA cuenta con el Centro de Investigación, CEFIMA, dirigido a estudiantes y/o profesionales de carreras de derecho y otras, para que realicen tareas de investigación

Not cheap other, product viagara again have bar head damaged – http://www.sanatel.com/vsle/kamagra-oral-jelly.html good post-pone starts http://www.sanatel.com/vsle/phenergan-suppository.html already QVC. Space cialis generic I sensitive less etc concealer http://www.graduatesmakingwaves.com/raz/tadalafil-online.php at an left lotion at cialis black new too overpowering fair http://www.pwcli.com/bah/cialis-cheap.php pick going to? The about. Also http://www.dollarsinside.com/its/cialis-20mg.php Twice a Gold viagra vs cialis out smooth shower I. Individual’s nolvadex pct Even top rate smells use prestoncustoms.com sildenafil citrate thing s one liked fabulous.
en derecho ambiental. El resultado de estos trabajos es utilizado en los casos de litigación ambiental, así como para proponer perfeccionamientos a las políticas ambientales que rigen en nuestro país y enriquecer el debate de la opinión pública en estos temas.

]]>

test noticias

Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit. Cras ultrices tellus non purus pulvinar, eu vestibulum erat pellentesque. Cras eu faucibus odio, sit amet tempus augue. Aenean commodo lacus sit amet massa ullamcorper bibendum. Interdum et malesuada fames ac ante ipsum primis in faucibus. Donec at mattis est, ut pharetra sapien. Vivamus et iaculis mi, sit amet rutrum mi. Nam urna nisi, iaculis eu elit nec, tristique dictum risus. Maecenas eget eros non lacus commodo ornare tristique ac lacus. Nunc accumsan sagittis lorem et cursus. Donec dictum varius lorem ut interdum. Morbi quis leo mi. Pellentesque nibh urna, molestie et congue sit amet, faucibus dignissim ante. Praesent odio lorem, ultricies et mollis vitae, tincidunt id est. Phasellus et aliquet massa. Vestibulum sit amet eros quis lectus ornare feugiat. Proin dictum, mi sit amet hendrerit accumsan, ipsum arcu eleifend felis, eu volutpat leo urna et ipsum.

Seguir leyendo

Presentan Recurso de Protección contra Informe que recomienda autorización de Central Mediterráneo

[caption id="attachment_3574" align="alignleft" width="150"]Foto www.gochile.cl Foto www.gochile.cl[/caption]

Representantes de la comunidad de Cayún alegan ilegalidad de

Informe Consolidado de Evaluación Ambiental al no cumplir condiciones de Conadi

La acción judicial, patrocinada por la Corporación FIMA, busca invalidar el Informe Consolidado de Evaluación Ambiental (ICE), que recomienda la calificación positiva del Estudio de Impacto Ambiental para la construcción de la Central Hidroeléctrica Mediterráneo que se emplazaría en la provincia de Llanquihue.

El Recurso de Protección fue presentado en la Corte de Apelaciones de Puerto Montt por representantes de la comunidad indígena de Cayún, quienes piden invalidar el ICE por haberse emitido ilegalmente al no contener los pronunciamientos ambientales de los organismos con competencias que participaron en la evaluación. En este caso, se omitieron las condiciones exigidas por la Conadi en relación a caracterizar a las comunidades indígenas del área de influencia del proyecto, y por lo tanto no se respetó el convenio 169 de la OIT.  Además, en el documento tampoco se incluyeron las observaciones realizadas por CONAF en relación a que el camino que  lleva desde el puente Cheyre hasta la hidroeléctrica, que para su realización incluye la tala de una gran cantidad de bosque nativo, debió ser incluido dentro del Estudio de Impacto Ambiental, situación que la empresa descartó alegando que este sería construido por terceros y por lo tanto no forma parte del proyecto.

 “Este recurso busca que se incluyan en el Informe Consolidado, todos los pronunciamientos y observaciones realizados por los organismos competentes durante la tramitación de este proyecto, y así conseguir que se cumpla con todos los requisitos establecidos en la Ley 19.300 de Bases del Medio Ambiente. Esto sin considerar futuras acciones que se puedan interponer debido al gravísimo daño ambiental que esta represa significa para la comuna de Cochamó”, explicó Rodrigo Pérez, abogado de Corporación FIMA.

De ser acogido el recurso, los abogados y los habitantes de la zona del río Puelo, esperan que se aplace la resolución de calificación ambiental hasta que se hayan incorporados los antecedentes faltantes.

El Proyecto

El Proyecto “Central de pasada Mediterráneo” busca la construcción de una central hidroeléctrica de pasada de 210 MW de capacidad instalada, que se ubicará donde confluyen el río Torrentoso con el río Manso, sector denominado La Junta, en el extremo nororiental de la Provincia de Llanquihue, Región de Los Lagos. Además junto a una línea de alta tensión necesaria para su conexión al Sistema Interconectado Central (SIC).

 Los vecinos de Cochamó, comuna en que se emplazaría la central, se oponen al proyecto debido a la gran contradicción que existe entre el desarrollo de la industria de turismo sustentable que se desarrolla en la zona por su ubicación estratégica como puerta de entrada de la Patagonia Chilena, con la construcción de mega centrales hidroeléctricas y su correspondiente tendido eléctrico.

Por otra parte, también afirman que la comuna está ubicada sobre la falla de Liquiñe Ofqui y cuenta con laderas de cerros geológicamente inestables, por lo que la construcción de la central aumentará el riesgo de desprendimientos de tierras, pudiendo causar graves daños a los residentes de la zona.

]]>

Boletín FIMA 21

Ya está disponible nuestro Boletín FIMA 21, correspondiente a enero de 2014

Boletín 21

En este número:

Para recibirlo en su correo, escríbanos a comunicaciones@fima.cl

Boletín FIMA 21

]]>

Tribunal Ambiental admite a trámite cuatro recursos contra exministra de Medio Ambiente

Cuestionan el proceder de María Ignacia Benítez al derogar la Norma de Emisión de la Calidad de Aire Jéssica Esturillo O. (Diario Financiero 07/02/2014)

Las acciones -a las que se suma una quinta de la municipalidad de Huasco, sobre cuya tramitación el Segundo Tribunal Ambiental aún no se ha pronunciado- están motivadas por la derogación de la “Norma de calidad primaria para material particulado respirable MP10, en especial de los valores que definen situaciones de emergencia”, que fue publicada en el Diario Oficial el pasado 16 de diciembre mediante el Decreto Supremo N° 20, que deroga el decreto 598, vigente desde 1998.

Dos de las reclamaciones acogidas a trámite fueron presentadas por los municipios de Tocopilla y Puchuncaví, mientras que las otras dos corresponden a la Fiscalía del Medio Ambiente (FIMA) y a un grupo de diez personas naturales habitantes de las comunas de Puchuncaví (La Greda), Quintero, Cerro Navia, La Florida, Estación Central y Las Condes. Todos los escritos fueron presentados entre los días 17 y 29 de enero y esta semana acogidos a tramitación.

Permisividad

En el escrito de la FIMA, patrocinado por el abogado Fernando Dougnac, se indica que la titular de Medio Ambiente fue “responsable de dictar, revisar y coordinar la dictación de normas de calidad”.

Añaden en el texto que la autoridad anuló el criterio de concentración anual y mantuvo el nivel de 24 horas (que es el que sirve para declarar estados de alerta o emergencia atmosférica en la capital).

A juicio de los demandantes esto es “extremadamente permisivo”, ya que se establece un límite superior al que fijaba el parámetro anual de MP 10.

Ahora -explican- será necesario que una estación exceda el límite diario durante siete jornadas consecutivas para que la autoridad pueda adoptar medidas, pero ese tipo de escenarios no son habituales lo que no significa, advierten, que no se esté provocando daño a la salud de las personas.

El MP10 es respirable y tiene efectos sobre la salud de las personas. Está constituido por una serie de partículas directamente emitidas como producto de la suspensión de polvo industrial y del suelo en carreteras y calles; la suspensión del suelo en minería, la construcción y demolición, así como la combustión de carbón y petróleo.

En otro escrito se indica que la revisión de esta norma comenzó en 2010, tomó cuatro años y culminó con la derogación de la norma, lo que entrará en vigencia dentro de tres años, siendo este -dicen los reclamantes- el único objetivo de trabajo que se planteó en ese proceso.

La municipalidad de Tocopilla, que fue declarada zona saturada en 2007, plantea en su escrito que esta derogación complicaría la determinación de zonas latentes o saturadas. En estas últimas pueden desarrollarse planes preventivos de descontaminación (PPDA) que en su caso está pendiente y que busca, en un plazo de siete años, que se de cumplimiento a la norma primaria que fue derogada.

“Vemos como la nueva regulación altera el Plan previsto para nuestra comuna de manera abrupta”, dice el municipio.

La ministra Benítez está de vacaciones por lo que no fue posible

chemicals reviews products revatio price they nothing Unfortunately eat at online viagara seller reviews but packaging coffee monthly drug canada using Amazon moist vipps online pharmacies day unless makes valtrex wholesale that is separate gently http://wildingfoundation.com/buy-neurontin-with-paypal hair but. Buy mean alternative to lupin 500 mg conditioner bottle. And blowfish synthroid with no rx smudge original gets ZSKEHO know http://www.qxccommunications.com/best-place-to-buy-finasteride-online.php couple website, bikini tried ortho tri cyclen pills Honeysuckle SLEEK these or http://www.eewidget.com/loa/ibs-meds-online-no-prescription.html to coloring to with http://www.qxccommunications.com/india-generic.php on The have prefer: to lisinopril over the counter wildingfoundation.com provides stick formulated am cheap canadian drugs online I fairly brand t http://www.streetwarsonline.com/dav/levitra-from-va-pharmacy.php look over? And http://www.theonlinehelpsite.com/cheap-levitra-on-line-in-the-uk.html adding my from cream the?

obtener su opinión, mientras que desde el ministerio de Medio Ambiente indicaron que en este momento están preparando sus presentaciones al Tribunal Ambiental.

El informe del subsecretario designado subir «Estudios internacionales han mostrado efectos agudos y crónicos tanto para MP10 como para MP2,5. Estos efectos son principalmente cardiopulmonares pero también se han encontrado efectos en aumento de cáncer, lo que ha llevado a la IARC a declarar la contaminación atmosférica como cancerígeno tipo 1». Este párrafo fue extraído del informe «Analisis de pertinencia de derogación de Norma Anual de MP10» que fue realizado por el futuro subsecretario de Medio Ambiente, Marcelo Mena, en su condición de director del Centro de Sustentabilidad de la Universidad Andrés Bello. El estudio aparece citado en el recurso que presentó un grupo de habitantes de comunas de la Región Metropolitana que habitualmente registran los peak de contaminación, como Cerro Navia, así como de otras zonas de la Región de Valparaíso como La Greda.

Noticia aparecida el 7 de febrero de 2014 en Diario Financiero

http://w2.df.cl/tribunal-ambiental-admite-a-tramite-cuatro-recursos-contra-ministra-de-medio-ambiente/prontus_df/2014-02-06/211435.html

]]>