Rancagua Express: Este viernes serán los alegatos del Recurso de Protección presentado por vecinos contra el proyecto de EFE

  • Para el 27 de diciembre citó la Corte de Apelaciones de Santiago a los abogados de las partes que se enfrentan en por la Resolución de Calificación Ambiental que autorizó el proyecto.
    • Los afectados alegan en la presentación, EFE incurrió en importantes ilegalidades al fraccionar el proyecto de manera de presentarlo ante el SEIA separado del plan integral Rancagua Express.

    El viernes se verá esta causa que busca cambiar la Declaración de Impacto Ambiental presentada por un Estudio de Impacto Ambiental, donde se evalúen los reales efectos que tendrá en la población el transito de trenes de alta velocidad, cada 4 minutos a 8 metros de sus casas.

    Por parte de los recurrentes alegará la abogada Gabriela Burdiles de la Corporación FIMA, ONG que patrocina la causa.

    El proyecto que se emplazará en 13 comunas (9 de la Región Metropolitana y 4 de la Sexta), siendo las más afectadas San Bernardo, Lo Espejo, Pedro Aguirre Cerda y El Bosque, tiene a los vecinos de estas 4 últimas muy preocupados, pues de llevarse a cabo el proyecto, su calidad de vida se vería reducida considerablemente debido al ruido de los trenes, la vibraciones que estos producen y el temor ante cualquier accidente que pudiera ocurrir a solo metros de sus viviendas.

    Lo anterior se suma a que en la presentación del proyecto, EFE incurrió en importantes ilegalidades al fraccionar el proyecto de manera de presentarlo ante el SEIA separado del plan integral Rancagua Express, y de esta forma, solo tuvo que realizar una Declaración de Impacto Ambiental en vez de un Estudio de Impacto Ambiental, como corresponde a una intervención de estas dimensiones.

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    Corte de Apelaciones fija para el lunes 23 alegatos que definirán el futuro de represa Río Cuervo

    Para las 10 de la mañana citó tribunal de alzada a los abogados de las partes: el gobierno y más de 80 vecinos que argumentan que la resolución de calificación ambiental que aprobó la iniciativa en septiembre vulnera derechos constitucionales a la vida y la integridad física y psíquica, la igualdad ante la ley, y el de vivir en un medio ambiente libre de contaminación.

    Para el lunes 23 de diciembre a primera hora la Corte de Apelaciones de Coyhaique fijó los alegatos en que el gobierno y ciudadanos y organizaciones sociales de la región de Aysén y el país enfrentarán sus posturas por el proyecto de represa río Cuervo de Energía Austral.

    El tribunal de alzada paralizó el 25 de octubre la tramitación de la iniciativa al decretar una orden de no innovar, luego que el 17 un grupo de vecinos de Puerto Aysén y Coyhaique presentaran un recurso de protección contra la aprobación del proyecto por la Comisión de Evaluación Ambiental regional el 10 de septiembre.  Sus argumentos se sustentan en que la resolución de calificación ambiental vulnera garantías constitucionales como el derecho a la vida y la integridad física y psíquica, la igualdad ante la ley, y el de vivir en un medio ambiente libre de contaminación.

    En total fueron más 80 los vecinos que se hicieron parte del recurso, patrocinado por la ONG Corporación FIMA y con el apoyo local del abogado Rodrigo de los Reyes

    La vulneración de derechos constitucionales del recurso actual estarían asociados a irregularidades en el proceso de evaluación, los riesgos que implicaría levantar un embalse de 13 mil hectáreas sobre una falla geológica activa y en un área rodeada de volcanes, y la pérdida de ecosistemas únicos no intervenidos, entre otros aspectos.

    Los alegatos son abiertos al público, por tanto desde la Coalición Ciudadana por Aysén Reserva de Vida invitaron a los ciudadanos interesados en conocer los fundamentos en discusión a concurrir ese día a partir de las 10 de la mañana a la Corte de Apelaciones de Coyhaique (Baquedano 182).

    En 2012 la Corte Suprema ya había declarado ilegal una primera aprobación de la Comisión de Evaluación Ambiental de Aysén, de mayo de ese año, obligando al gobierno requerir a la empresa diversos estudios geológicos asociados a la falla Liquiñe-Ofqui, sobre la cual se pretende levantar la presa y el embalse.

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    Chile y las nuevas fronteras del cambio climático

    JOR

    Los Estados son en gran parte responsables de llevar a cabo iniciativas como estas, pero la Sociedad Civil también tiene el deber de difundir y participar, en consecuencia con las peticiones y demandas realizadas a lo largo de años.

    Por: Jorge Ossandon R.

    Investigador de Fima

    Ayudante ad-honorem del Centro de Derecho Ambiental de la Universidad de Chile.

    El cambio climático, en sus aspectos jurídicos, políticos y económicos no son por estos días parte del debate público nacional, en el contexto de la reciente elección presidencial. Sin embargo, más allá de la coyuntura electoral, muchas actividades e iniciativas se están llevando a cabo para discutir y afrontar un problema global, y en los cuales el Estado de Chile y la Sociedad Civil están participando activamente, cada vez con mayores recursos humanos y financieros. Una de las principales iniciativas actuales impulsadas desde el Estado, y en cumplimiento de los compromisos internacionales, es el proceso de consulta ciudadana el Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático, abierto hasta el 23 de diciembre de 2013.

    Otra de las actividades, en la cuales también está participando FIMA, es el Programa Nacional de Gestión del Carbono, impulsado por la Oficina de Cambio Climático del Ministerio del Medio Ambiente, que tiene como finalidad evaluar y registrar voluntariamente inventarios de GEI. Esta actividad forma parte del Programa Low Emission Capacity Building – Chile (que tiene como pilares esenciales el Sistema Nacional de Inventarios de GEI, el Programa de Gestión del Carbono, el Registro MRV[1] para NAMAs y las estrategias de desarrollo de bajas emisiones).

    Los Estados son en gran parte responsables de llevar a cabo iniciativas como estas, pero la Sociedad Civil también tiene el deber de difundir y participar, en consecuencia con las peticiones y demandas realizadas a lo largo de años.

    Avances en materia de Cambio Climático en Chile

    A nivel de políticas públicas existen algunos frutos, por ejemplo hemos visto como del Plan de Acción Nacional de Cambio Climático: 2008-2012” (PANCC) de la CONAMA se desprendió la elaboración de Planes Sectoriales de Adaptación al Cambio Climático, uno de los cuales fue lanzado en Octubre de 2013 respecto del sector silvoagropecuario, queda esperar este tipo de iniciativas y compromisos en otras áreas como la forestal, pesca, minería o construcción. Este último es especialmente necesario dada la importancia relativa del cambio de uso de suelo como una actividad que contribuye de forma sustancial al Cambio Climático.[2] Estos planes, trabajados y elaborados entre el Ministerio del Medio Ambiente y el ministerio sectorial dan cuenta de la expansión que dentro del Estado ha tenido el tema. Otro ejemplo positivo de este fenómeno es el cambio del “Comité Nacional Asesor sobre Cambio Global” por el “Comité Asesor sobre Cambio Climático” mediante Resolución Exenta N° 197 de 19 de marzo de 2013, pasando a ser integrado por 16 ministerios. La difusión de la información disponible dentro del Estado es crucial para generar cambios sustanciales dentro del aparato público.

    La incertidumbre que nos propone el cambio climático es incuestionable, pero algo hemos avanzado, la barrera se ha corrido más allá que cuando con anterioridad las discusiones se centraban en determinar la existencia o no del fenómeno. Hoy los temas son otros, ya no se trata de si sube el nivel del mar o no, sino de cuánto y a qué velocidad. También surgen nuevos conceptos para afrontar el problema: la mala adaptación[3], el concepto de managed retreat[4] o la consideración por la Comunidad Internacional de las pérdidas y los daños causados por fenómenos meteorológicos extremos en poblaciones vulnerables en la reciente Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático en Varsovia (CP19).

    Falencias y carencias en materia de Cambio Climático

    Si bien es importante reconocer los avances, también es oportuno discutir las carencias. La incorporación en los instrumentos de planificación territorial e incluso en el SEIA de aspectos asociados al Cambio Climático son asuntos a analizar.

    Existen ciertos aspectos aún no suficientemente regulados, como los llamados contaminantes de vida corta (CCVC), agentes

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    que contribuyen al calentamiento global que tienen una vida útil relativamente breve en la atmósfera (entre pocos días a unas pocas décadas), a diferencia del CO2, que permanece en la atmósfera durante siglos o milenios después de emitido.[5] Los CCVC afectan gravemente la salud humana y los ecosistemas, y contribuyen entre 40% y 45% al calentamiento global, mientras que el CO2 aporta el restante 55% a 60%. Es por ello que la mitigación de emisiones de CO2 debe combinarse con reducciones rápidas de estos otros contaminantes. Ejemplos de CCV son el carbono negro (hollín)[6], ozono troposférico[7], metano[8] e hidrofluorocarbonos (HFC)[9].

    No debemos olvidar que el aire y la atmósfera han sido elementos importantes en el desarrollo del derecho ambiental[10], y sin duda seguirá siendo así, sobre todo a partir de los acuerdos multilaterales, desde las negociaciones en torno al Convenio sobre la contaminación transfronteriza a gran distancia (1979), en materia de capa de ozono y el protocolo de Montreal (1989), hasta las negociaciones en torno al cambio climático como fue la firma del protocolo de Kioto (1997, con vigencia desde 2005) y las discusiones en torno a la creación de un nuevo acuerdo climático universal del próximo año en Perú (CO20), la concretización del instrumento en París (CP21) y su entrada en vigencia en 2020.

    El rol del Estado y las ONG como FIMA son cruciales, el primero creando oportunidades de participación como la consulta ciudadana el Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático, las segundas participando activamente en esas instancias pero también incorporando nuevas demandas y sumando a más actores en el proceso, sobre todo teniendo en cuenta que la próxima Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático será en Latinoamérica.


    [1] Medición, reporte y verificación.
    [2] IPCC. Climate change 2013. The physical sciencie basis. Summery for policymakers [en línea] <http://www.climatechange2013.org/images/uploads/WGI_AR5_SPM_brochure.pdf> p. 9.
    [3] CHILE. Ministerio del Medio Ambiente. Borrador del Plan de Adaptación al Cambio Climático [en línea] < http://www.mma.gob.cl/1304/articles-55412_PlanNacionalAdaptacionCClimatico.pdf>
    [4] Proceso planificado por el cual se pretende desincentivar el desarrollo de áreas consideradas vulnerables, como las costas. Ver: SIDERS, Anne. Managed Coastal Retreat Handbook. Center for Climate Change. Columbia Law School. Octubre de 2013 [en línea] < http://web.law.columbia.edu/sites/default/files/microsites/climate-change/files/Publications/ManagedCoastalRetreat_FINAL_Oct%2030.pdf>
    [5] Asociación Americana para la Defensa del Medio Ambiente. Contaminantes Climáticos de Vida Corta: una oportunidad para reducir emisiones. Documento de difusión.
    [6] Carbono negro: es un material particulado que se produce por la combustión incompleta de combustibles fósiles, biocombustibles y biomasa, principalmente en vehículos motorizados, cocinas domésticas, incendios y fábricas industriales.
    [7] Ozono troposférico: es un gas que se forma por la reacción del sol con gases llamados “precursores”, los cuales pueden ser naturales o producidos por el hombre; entre ellos se incluye el metano.
    [8] Metano: poderoso gas de efecto invernadero cuyas emisiones provienen en un 60% de actividades humanas, como el cultivo de arroz, minería de carbón, vertederos, combustión de petróleo, ganadería y grandes represas
    [9] Hidrofluorocarbonos (HFC): contaminante creado por el ser humano en reemplazo de los CFC, luego que estos fueron prohibidos por el Protocolo de Montreal. Los HFC se utilizan para la fabricación de aires acondicionados, refrigeración y aerosoles.

    [10] OSSANDÓN R., Jorge. Regulación del material particulado MP2,5. Evolución normativa y propuestas para la derogación o vigencia de la regulación anterior. En: VI Jornadas de Derecho Ambiental. Universidad de Chile. Thomson Reuters. 2012. p. 442.

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    Litigación

    protesta-lo-espejo2_91819-L0x0FIMA litiga en pos del interés público y de las comunidades en los principales conflictos socio-ambientales de Chile.

    Entre otros, FIMA ha sido parte de los casos Río Cuervo, Hidroaysén, Celco Valdivia, Celco Nueva Aldea, Alumysa, Trillium, Cascada Chile, Alto Maipo, Termoeléctrica Los Robles, Contaminación con Plomo y Arsénico en Arica, y defensa de las cuencas de los ríos Puelo y Achibueno.

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    Capacitación y Empoderamiento Legal

    FIMA capacita a comunidades y organizaciones sociales, para que sean capaces de organizarse y defender sus intereses y sus derechos, en el marco de los conflictos socio-ambientales que les afecten. FIMA también realiza cursos y talleres dirigidos a académicos, autoridades locales y miembros del poder judicial en derecho ambiental, derecho de aguas, participación ciudadana y litigación ambiental, entre otros.

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    Corte de Apelaciones de Arica deja sin efecto autorización otorgada por el SEA a Proyecto Los Pumas

    lago-chungaraEn un categórico fallo, el tribunal regional ordenó la revocación de la autorización otorgada al proyecto minero que se instalaría en el Valle de Lluta y que afectaría al Parque Nacional Lauca y la vida de las comunidades Aymaras del sector.

    La Corte de Apelaciones de Arica acogió los argumentos del Recurso de Protección escrito y patrocinado por la Corporación FIMA en representación del Consejo Autónomo Aymara, la Junta de Vigilancia del Río Lluta y otras organizaciones aymaras, quienes acudieron a la ONG al verse afectados por la autorización que el Servicio de Evaluación Ambiental de Arica y Parinacota otorgó para la instalación del Proyecto Los Pumas para la extracción de Manganeso.

    En su fallo, los ministros reconocen que la autorización de la autoridad ambiental para la instalación del tranque de relaves, afecta la seguridad y el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación de los vecinos. En la sentencia, también se admite que el Servicio otorgó la autorización en base a una normativa que no está vigente, y que las medidas propuestas por la empresa pueden terminar en la contaminación de las napas, afectando el derecho de propiedad de los habitantes quienes podrían ver afectada la ganadería y agricultura y que es su única fuente de sustento.

    “Era algo que esperábamos, especialmente después de que la misma corte hubiese declarado la paralización del proyecto hasta que se vieran los alegatos del recurso. Esperamos que ahora se establezcan las medidas necesarias para que este tipo de proyectos extractivos se vean

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    obligados a cumplir con los estándares ambientales requeridos”, explicó Gabriela Burdiles, Directora de Proyectos de Corporación FIMA.

    Por otra parte, en el fallo también se hace referencia a la inexistencia en el Estudio de Impacto Ambiental de los efectos que la intervención del tránsito de camiones de alto tonelaje tendría sobre la biodiversidad del Parque Nacional Lauca (Reserva de la Biósfera de la Unesco), el cual es una zona protegida y con especies únicas en el mundo como es la Yareta. La sentencia cita el escrito de los recurrentes señalando que esta intervención implicará “un impacto negativo de alta magnitud e importancia mayor no reversible, con un tiempo de duración de largo plazo y un tiempo de ocurrencia de corto plazo”.

    Por último, la Corte está

    de acuerdo con que la cultura indígena corresponde a una forma de vida particular, siendo los recursos naturales parte de su cosmovisión. Es por esto, que los efectos del proyecto Los Pumas sobre la vertiente de Taapaca, que para el pueblo Aymará considera una entidad sagrada denominada UMA ya que es donde el agua se estrecha con la vida, afecta la garantía constitucional del derecho a la libertad de culto.

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    Mejor acceso a la Justicia Ambiental: Una oportunidad para América Latina y el Caribe

    Existen diversas iniciativas internacionales dirigidas a mejorar la implementación de este derecho y sin duda una de las más llamativas, son las 26 directrices acordadas el 2010 por el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) para la elaboración de legislación nacional sobre el acceso a la información, la participación del público y el acceso a la justicia en asuntos ambientales (también conocidas como Directrices de Bali).

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    Gobiernos de América Latina y el Caribe se reúnen en Lima para tomar importante decisión en el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y la protección del medio ambiente

    TALLER EN VIVO

    A partir de hoy 15 Gobiernos de América Latina y El Caribe, entre ellos el gobierno Chile, se reunirán en Lima, Perú los días 28, 29, 30 y 31 de octubre próximos, para acordar la visión común de un instrumento que asegure el derecho a los ciudadanos a acceder a información de interés público, participar en las decisiones de desarrollo, y acceder a la justicia en materia ambiental.

    Esta cita tendrá un gran impacto sobre la vida de millones de persona en el mediano plazo, ya que sus acuerdos sentarán las bases del instrumento con el que se negociará en el marco de la Declaración sobre la aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo.

    En representación de nuestro país asistirá Constance Nalegach del Ministerio del Medio Ambiente, Waldemar Coutts de la Cancillería y Gabriela Burdiles, abogada de la Corporación FIMA, que es la organización que representa a la Iniciativa de Acceso (TAI) en nuestro país.

    “Esta reunión es muy importante para nosotros, ya que como representantes de la Iniciativa de Acceso para Chile, esperamos que se establezcan las bases que permitan acordar un convenio regional para la protección de los tres ejes principales (información, participación, justicia) de los llamados derechos de acceso”, explicó Burdiles.

    La situación en América Latina

    La falta de respeto a los derechos ambientales ha desencadenado un aumento significativo en los conflictos socio-ambientales en los países de la región, lo cual amenaza la gobernabilidad democrática y la paz social, además de la pérdida y deterioro de los recursos naturales de la región.

    Frente al aumento del nivel de conflictividad  y a la necesidad de avanzar hacia un desarrollo sostenible debido a la crisis ambiental, resulta necesario contar con un tratado internacional con obligaciones claras y robustas, fundado sobre los siguientes elementos claves:

    i.         Sin la garantía del derecho a la vida, a vivir en un medio ambiente sano, al agua y la salud no habrá desarrollo sostenible posible.

    ii.         Los derechos de acceso (los tres pilares del Principio 10) son esenciales para la democracia.  El desarrollo sostenible no es un proceso vertical de toma de decisiones, sino que exige la participación informada de la sociedad para lograr una ciudadanía activa y comprometida con el desarrollo.

    iii.         El instrumento sobre el Principio 10 debe establecer estándares mínimos que los Estados deban cumplir para fortalecer progresivamente cada uno de los derechos de acceso, así como mecanismos efectivos que aseguren su cumplimiento.

    “Confiamos que los Gobiernos signatarios de la Declaración sobre el Principio 10 que atenderán la III Reunión de los Puntos Focales organizada por la CEPAL y el gobierno de Perú, acordarán una visión común, que esté acorde con los desafíos que hoy enfrenta América Latina y el Caribe para fortalecer los derechos de acceso y la democracia ambiental, y así avanzar hacia un desarrollo sostenible. Esperamos que este resultado anime a otros Gobiernos a sumarse a esta iniciativa regional”, explicó Andrea Sanhueza del Secretariado de la Iniciativa de Acceso.

    Sigue en vivo el Taller Regional para la implementación del Principio 10 de la Declaración de Río

    TALLER EN VIVO

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