El fallo reconoce los impactos sinérgicos que este proyecto tendría al sumarse a otros dos centros que ya se encuentran autorizados al interior del área protegida y, por lo mismo, señala que es imposible estimar los verdaderos impactos de la actividad.

El centro de engorda de salmones “Estero Pérez de Arce”, perteneciente a la empresa Acuícola Cordillera Ltda., no podrá operar dentro de la Reserva Nacional Kawésqar, en la Región de Magallanes. Esto debido a que, por quinta vez consecutiva, el Tribunal Ambiental falló en concordancia con la legislación chilena que vela porque los proyectos económicos no dañen el medio ambiente.

Estos precedentes se deben a la incansable resistencia de personas naturales y comunidades Kawésqar, en especial, las Comunidades Indígena Aswal Lajep, Grupos Familiares Nómades del Mar, Indígena Atap e Indígena Residente Río Primero, quienes con el apoyo de la ONG FIMA, AIDA y Greenpeace, han llevado las causas ante el Tercer Tribunal Ambiental, que ha fallado para impedir las instalaciones de los centros dentro de esta área protegida. El actual caso se suma a otras cuatro RCA invalidadas, tres de ellas de la empresa de capitales noruegos Nova Austral y otra de Blumar S.A., empresa perteneciente a una de las siete familias que han sido llamadas “dueñas del mar”.

Para el Tribunal Ambiental, el SEA habría faltado a su deber de evaluar los impactos acumulativos o sinérgicos que se pueden producir por la cercanía del proyecto con otros dos: el centro de engorda “Colo Colo”, del mismo titular, y el centro de engorda “Leucotón”, de la empresa Blumar S.A. Los impactos que el centro podría implicar para el paisaje, por las navegaciones asociadas y producto de la liberación de sedimentos al mar, no pueden evaluarse de manera aislada, sino que debe considerarse la sinergia entre ellos. Como consecuencia, el Tribunal estimó que no es posible determinar adecuadamente los reales impactos que produciría el centro de engorda “Estero Pérez de Arce”, cuestión grave si se considera que podría afectar los objetos de protección de una zona declarada Reserva Nacional.

“Esta es la quinta sentencia de este tipo que observamos. Todas dan cuenta de algo que ya habíamos advertido: los centros de engorda salmoneros que pretenden operar al interior de la Reserva Nacional Kawésqar fueron deficientemente evaluados y nada permite determinar que no producirán impactos irreversibles en un área protegida de una fragilidad y singularidad ecosistémica a nivel mundial” señala Macarena Martinic, coordinadora de Acceso a la Justicia de ONG FIMA.

Desde AIDA Florencia Ortúzar, abogada Senior indica: “celebramos esta seguidilla de decisiones en sintonía con la legislación ambiental y con el sentido de protección que debe regir en un sitio que ha sido declarado Reserva Nacional. Un proyecto que no ha sido correctamente evaluado no puede permitirse y mucho menos en una zona de altísimo valor ambiental como es el territorio Kawésqar.”

“Este es un nuevo y anhelado triunfo por la efectiva protección de la Reserva Nacional Kawésqar, donde las comunidades demuestran su valentía por salvaguardar sus territorios frente a la expansión de la salmonicultura. Esperamos que los precedentes que marca el tribunal ambiental sean considerados dentro de próximas evaluaciones, y se rechacen los proyectos que amenazan la salud de ecosistemas tan únicos y relevantes, como son los fiordos y canales patagónicos” comenta Silvana Espinosa, vocera de Greenpeace.


Te invitamos a leer la columna de opinión «Salmones en áreas protegidas, chanchos en misa» escrita por Macarena Martinic de ONG FIMA; Florencia Ortúzar y Cristina Lux de AIDA; y Estefanía González de Greenpeace. LEER AQUÍ

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