El órgano acogió el reclamo de 41 diputados y organizaciones ciudadanas que evidenciaron que una glosa presupuestaria no puede pasar por sobre la normativa ambiental
Ayer el Tribunal Constitucional falló a favor del recurso para invalidar una disposición de la ley de presupuesto que permitía construir embalses de hasta 300.000 metros cúbicos sin que deba realizarse una evaluación ambiental
La acción fue presentada por parlamentarios liderados por el diputado, Diego Ibáñez, con el patrocinio de la ONG FIMA, cuyo director ejecutivo, Ezio Costa, fue el único abogado en presentarse para los alegatos del pasado martes 18.
Para Ezio Costa, Director Ejecutivo de ONG FIMA “El Tribunal Constitucional vio que existía una grave inconstitucionalidad en la norma que se estaba aprobando y que permitía la construcción de embalses sin la norma ambiental correspondiente en una ley de presupuesto, cuestión que a todas luces no se puede hacer, por lo que resolvió a nuestro favor y por supuesto eso nos deja muy satisfechos, puesto que era una norma importante que cambiaba de alguna forma la manera en que se hacen las evaluaciones ambientales de proyectos de gran envergadura como estos, que no tienen características necesariamente favorables en relación con los ciclos hídricos de las cuencas y que por lo tanto requieren de una discusión de fondo”. Agregó que “Si el gobierno quiere empujarlos como política pública, tiene que dar esa discusión de fondo y no incorporarlo a través de una ley de presupuesto”
En la misma línea, el diputado frenteamplista, Diego Ibáñez (CS), señaló “Valoro que el tribunal constitucional haya eliminado las partes de la glosa que permitan que los embalses postularan a ingresos sin haber previamente pasado por el SEA que es el encargado de velar por proteger el medio ambiente. El gobierno sigue castigando el medio ambiente a nombre del desarrollo, incluso pasando por sobre la constitución. La institucionalidad ambiental no puede subordinarse al lobby, menos en la emergencia climática que vivimos, donde el futuro está en juego. La sequía no se puede combatir con las mismas políticas públicas que la han profundizado, beneficiando a los mismos de siempre.”
En el fallo, el tribunal resolvió acoger parcialmente el requerimiento y declarar la inconstitucionalidad de las siguientes disposiciones:
- Expresión: “sin que éstos deban ingresar al sistema de evaluación de impacto ambiental establecido en la ley N° 19.300, que aprueba la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, y sus reglamentos”, con siete votos por acoger y dos por rechazar. Estuvieron por acoger los Ministros señores Iván Aróstica Maldonado, Gonzalo García Pino, Juan José Romero Guzmán, Cristián Letelier Aguilar, Nelson Pozo Silva, José Ignacio Vásquez Márquez y la Ministra señora María Pía Silva Gallinato. Estuvieron por rechazar la Presidenta del Tribunal Constitucional, Ministra señora María Luisa Brahm Barril y el Ministro señor Miguel Ángel Fernández González.
- Frase: “Los proyectos que no postulen a los concursos de CNR, pero que sean de la misma naturaleza que los antes mencionados, tendrán las mismas exenciones”, en votación unánime.
Comunicado del Tribunal Constitucional