Chile está desmantelando la protección del ambiente en nombre de la recuperación económica

  • Por Carolina Palma Correa, coordinadora de Incidencia en ONG FIMA. 

José Antonio Kast asumió el cargo hace apenas tres meses. Desde entonces, su gobierno ha impulsado una agenda económica que se hace eco del manual de estrategias de otros gobiernos de extrema derecha de América Latina: reducir el Estado, flexibilizar las regulaciones y dar prioridad a la inversión por encima de todo lo demás.

El presidente Kast heredó un país con un historial medioambiental significativo forjado a lo largo de tres décadas. El marco institucional de Chile, aunque imperfecto, se ha ido adaptando progresivamente a los retos a los que se enfrenta.

El país es parte tanto del Acuerdo de Escazú como del Acuerdo de París y lidera las negociaciones para los tratados globales sobre plásticos y alta mar. A nivel nacional, en 2023, la puesta en marcha del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP) consolidó la protección de los ecosistemas del país. En conjunto, todo ello representa el espíritu progresista del país.

Ese legado se encuentra ahora amenazado.

En el breve tiempo transcurrido desde la toma de posesión de Kast el 11 de marzo, su gobierno ha tomado al menos tres medidas alarmantes que amenazan con desmantelar lo que llevó décadas construir, cada una de ellas disfrazada de recuperación económica o eficiencia administrativa.

Se han invalidado decretos ambientales y se han retrasado nuevas áreas protegidas. Los defensores del medio ambiente, entre los que me incluyo, nos hemos quedado consternados ante el ritmo de los cambios.

Retrocesos en la normativa medioambiental

En su segundo día en el cargo, el nuevo gobierno derogó 43 decretos supremos aprobados por el predecesor de Kast, Gabriel Boric. Estos habrían introducido una serie de nuevas medidas de protección medioambiental, entre ellas normas de emisión de contaminantes, la designación de nuevas áreas protegidas y otros instrumentos relacionados con la gestión del cambio climático en Chile.

Con la llegada del invierno, la calidad del aire en las ciudades chilenas ha empeorado, lo que hace aún más urgente la necesidad de establecer unos estándares mínimos, una de las medidas contempladas en uno de los decretos retirados.

El Ministerio de Medio Ambiente ha afirmado que la suspensión de estos decretos forma parte de una “revisión operativa más amplia” y se ha comprometido a volver a presentarlos. Pero solo después de que hayan sido “corregidos”.

Este planteo oculta una realidad importante: estos decretos no fueron redactados de forma aislada por el gobierno anterior. Fueron el resultado de procesos de participación pública en los que participaron comunidades, organizaciones de la sociedad civil y empresas. Tratarlos como borradores administrativos que deben revisarse discretamente ignora los procesos democráticos que hay detrás de ellos. Meses después, solo se han vuelto a presentar seis. La situación de los 30 restantes sigue sin estar clara.

Retrocesos en la gobernanza medioambiental

La Ley General de Marco Ambiental de Chile lleva 32 años en vigor. Con el tiempo, se ha reforzado para ampliar las competencias del Estado tanto en la evaluación ambiental como en la aplicación de la normativa. La gobernanza ambiental se ha integrado en la toma de decisiones a nivel nacional.

Aunque los gobiernos anteriores intentaron reformarla, buscaron alcanzar un consenso sobre cuestiones controvertidas, como la concesión de permisos para inversiones y la evaluación de proyectos.

Kast ha optado por un enfoque diferente. En lugar de buscar el consenso, se han incluido reformas medioambientales de gran alcance en un proyecto de ley “ómnibus” más amplio —el Plan Nacional de Reconstrucción— junto con medidas fiscales y laborales. El proyecto de ley se ha tramitado por la vía rápida en el Congreso, donde el Gobierno cuenta con mayoría.

La agrupación de estas cuestiones dificulta el escrutinio y facilita eludir el debate democrático.

En materia medioambiental, las reformas son explícitamente regresivas. Subordinarían la protección pública a la inversión empresarial de formas que contradicen los principios fundamentales de la Ley Marco.

Concretamente, el plan propone un régimen de seguro estatal que utilizaría fondos públicos para indemnizar a las empresas cuyas Resoluciones de Calificación Ambiental sean anuladas por los tribunales, en la práctica, socializando el coste de las infracciones medioambientales.

También pretende suprimir el recurso de anulación administrativo, un procedimiento mediante el cual las comunidades pueden impugnar los proyectos de desarrollo, y reducir el plazo durante el cual se pueden presentar recursos. El efecto de estos cambios es que sería más fácil eludir la gobernanza ambiental.

Retrocesos en la protección de la biodiversidad

La biodiversidad de Chile es excepcional. Cuenta con una geografía diversa que abarca el desierto más árido del mundo, ecosistemas insulares, valles mediterráneos y cordilleras patagónicas.

Tras más de diez años de debate, finalmente se presentaron propuestas para proteger este ecosistema tan diverso con la creación de la SBAP, que ha fusionado múltiples ámbitos de la gestión de la protección de la naturaleza en un único organismo. Chile cuenta actualmente con más de 160 áreas protegidas oficiales, que representan aproximadamente el 37% de su superficie terrestre y marina. Sobre el papel, la SBAP tiene amplias competencias para la gestión de la biodiversidad en el país.

Se supone que el gobierno de Kast debe continuar esta labor, introduciendo los marcos legales e identificando los sitios que deben protegerse. En cambio, dos proyectos de ley respaldados por el gobierno (el Plan Nacional de Reconstrucción y un proyecto de ley para modificar la SBAP) pretenden ahora lo contrario: frenar la implementación de la SBAP retrasando su reglamentación y la identificación de los sitios prioritarios.

El SBAP es esencial para determinar dónde pueden o no pueden establecerse proyectos de inversión en el país, protegiendo así áreas valiosas y ricas en biodiversidad frente al desarrollo urbanístico. Chile no puede permitirse seguir retrasando su aplicación.

Los logros medioambientales de Chile se han conseguido con gran esfuerzo a lo largo de muchas décadas. Su futuro depende ahora de lo que decida hacer a continuación el gobierno de Kast.

Publicada en Dialogue Earth – 03/07/26

 

 

Empresas y DD.HH.: tres fallas ambientales del proyecto de reconstrucción

  • Por Carolina Palma Correa, coordinadora de Incidencia en ONG FIMA

Estas últimas semanas los focos del debate político han estado en el Plan de Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico presentado por el Gobierno. Este proyecto de ley, usando como pretexto la necesidad de reconstrucción tras catástrofes como los megaincendios ocurridos en Valparaíso, Ñuble y Biobío, camufla una de las reformas más regresivas en temas ambientales, con el objetivo de «destrabar» la inversión. Esta apuesta tensiona los estándares nacionales e internacionales en medio ambiente y derechos humanos, y lo que hace es quitar herramientas que las personas ya poseen para protegerse en caso de que un proyecto de inversión esté pasando a llevar sus derechos, al mismo tiempo que le entrega ciegamente mayores beneficios a las empresas.

Si analizamos el proyecto de ley, solamente centrándonos en la propuesta ambiental, a la luz de los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos (PRNU, 2011), hay al menos tres fallas evidentes. Estos principios universales básicamente establecen el deber del Estado de proteger los derechos humanos, el de las empresas de respetarlos, y el de ambos de contar con mecanismos de reparación en caso de violación a los derechos humanos. Estos principios son estándares orientativos, pero universalmente reconocidos. Entonces analicemos:

En primer lugar, y lo más polémico ha sido la propuesta de una especie de seguro estatal para proyectos ilegales. Básicamente, se crea un mecanismo de restitución de gastos para empresas cuyas Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) sean anuladas judicialmente. Significa que el Estado va a compensar a proyectos que no cumplen la ley con fondos públicos, trasladando el riesgo económico del inversionista al Estado. Esto, por lo pronto, contradice el deber del Estado de desincentivar actividades empresariales que vulneren la legalidad ambiental y crea incentivos perversos que benefician a quienes presentan proyectos deficientes. Incluso la Corte Suprema, en su informe al Congreso sobre el proyecto, advirtió este riesgo.

En segundo lugar, se elimina la invalidación administrativa. En palabras simples, se les quita a los ciudadanos un mecanismo de control y reparación para impugnar Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA), el cual es la única vía administrativa autónoma que existe para reclamar ilegalidades. Esta propuesta atenta directamente contra los derechos de acceso a la justicia que tenemos todos los ciudadanos y el debido proceso. Por otro lado, se reducen los plazos para solicitar la invalidación de permisos sectoriales, imponiendo una carga excesiva a las comunidades afectadas para ejercer su derecho a la defensa. La certeza jurídica es algo que necesita toda la población, no solo las empresas.

Por último, se vulnera la obligación de las empresas de respetar los derechos humanos y hacer frente a las consecuencias negativas en las que tengan participación, lo que se hace evidente particularmente en las modificaciones sobre salmonicultura. La propuesta busca flexibilizar la ya cuestionada Ley de Pesca(1), eliminando por ejemplo el deber de someter a evaluación ambiental cualquier tipo de relocalización de concesiones en la industria del salmón. Esto es particularmente preocupante a la luz de la presión ambiental que genera esta industria y de los casos de vulneración de derechos humanos hacia trabajadores que se han documentado(2).

Si bien la institucionalidad ambiental se puede hacer más eficiente con ciertas mejoras, eso no significa darle carta blanca a cualquier proyecto que prometa inversión, porque el daño ambiental, en la mayoría de los casos, es irreparable. Este proyecto, tal y como está, no apunta a la eficiencia real del sistema porque no fortalece al Servicio de Evaluación Ambiental ni ordena los permisos sectoriales. La certeza jurídica, las regulaciones ambientales y el derecho a la salud y a vivir en un ambiente libre de contaminación no son trabas: son derechos.

(1) Nuevas pruebas de aportes ilegales de las pesqueras a los diputados Sauerbaum y Bobadilla
(2) Impacto ambiental de Salmonicultura en dos aspectos, Siete muertos en un mes: el costo humano de la industria salmonera

Columna publicada en Cooperativa – 18/05/26

La ley miscelánea: Un ataque al derecho ambiental

Lo que la ley miscelánea propone no es velocidad: es impunidad para proyectos ilegales, vulnerando derechos fundamentales y la convivencia democrática.

  • Por Ezio Costa, Director Ejecutivo de ONG FIMA

El Gobierno ha presentado un proyecto de ley miscelánea que, entre sus múltiples disposiciones, contiene algunas de las reformas más regresivas en materia ambiental que se hayan impulsado en los últimos años.

Particularmente graves son aquellas que pretenden dar inmunidad a los proyectos que ilegalmente afecten al medio ambiente, reduciendo la capacidad de acción de las instituciones y las posibilidades defensa de las personas afectadas.

En primer lugar, la propuesta pretende restringir gravemente el derecho a acceso a la justicia, limitando las vías para impugnar las resoluciones de calificación ambiental de una manera no sólo inadecuada en términos de justicia, sino incluso inconveniente para la certeza jurídica.

Hoy existen básicamente dos vías para impugnar una RCA, una que está habilitada solo para quienes hicieron observaciones ciudadanas y que sólo se refiere a la no consideración de esas observaciones, y otra que refiere a las ilegalidades en general que puede tener el procedimiento, que es la invalidación administrativa.

Este segundo mecanismo es el que se quiere dejar sin efecto, eliminando el único procedimiento que existe para reclamar ilegalidades y, por lo tanto, blindando a actividades que se encuentren en esas situación de ilegalidad. Cerrar esa puerta no es una racionalización del sistema, sino un bloqueo que atenta contra la certeza jurídica y que no beneficia ni a la ciudadanía, ni al medio ambiente ni tampoco a las empresas que hacen bien su trabajo, sino solo a quienes se han visto beneficiadas por la ilegalidad.

Esas mismas personas que se benefician de la ilegalidad, tienen más privilegios en este proyecto del gobierno, que prohíbe a los tribunales detener obras potencialmente ilegales mediante medidas cautelares, estableciendo un plazo máximo de 6 meses para esas medidas. Esto no es menor.

Las medidas cautelares existen precisamente para evitar que mientras se discute si algo es legal o no, el daño ocurra, y sea irreversible. En la práctica, esto es parecido a que se limitara la prisión preventiva de individuos peligrosos a un máximo de meses, forzando a los jueces a liberarlos cuando transcurra ese tiempo, sin considerar el daño que podrían causar o ninguna otra variable.

Pero hay más: La propuesta del Gobierno busca que los proyectos cuyas resoluciones de calificación ambiental estén siendo impugnadas en tribunales puedan ser construidos de todas formassin esperar el resultado del juicio. En la lógica del proyecto de ley, los permisos que otorga el Ejecutivo son infalibles, algo bastante extraño para un gobierno que no confía en el Estado y busca disminuirlo por todas partes. Más extraño aún para un Estado en que supuestamente no hay suficiente dinero para cuestiones esenciales.

La ironía no se sostiene, un proyecto ilegal no podrá ser confrontado en tribunales, si es que llega a serlo no podrá detenerse de manera urgente para evitar sus daños y además en caso de que se llegue a anular su permiso, será indemnizado con dinero de todos, por las molestias causadas. Es decir, el erario público subsidiando proyectos ilegales.

A esto debiéramos sumar que hay una propuesta de reducción del plazo que tendrán las autoridades para revisar los proyectos y que se quiere dotar al Servicio de Evaluación Ambiental de facultades exorbitantes (e inconstitucionales) para pasar por sobre las facultades de otros organismos del Estado, centralizando el poder decisional de tal forma de hacer más fácil que proyectos ilegales sean aprobados no sólo por potenciales errores, sino también por vías reñidas con la probidad.

Todo lo anterior contradice frontalmente a la lógica de control del abuso de poder del Estadoa los derechos de las personas en materia ambiental, tratados internacionales suscritos por Chile y elementos básicos del derecho ambiental, como el principio preventivo.

La lógica del principio preventivo es sencilla: cuando existe riesgo de daño, se actúa antes de que ocurra, no después. El proyecto invierte esa lógica: construye primero, discute después, y si hay error, paga el Estado.

Es legítimo querer agilizar los procesos de evaluación ambiental, pero hay una diferencia enorme entre agilizar y desmantelar; entre simplificar procedimientos y beneficiar ilegalidades. Lo que este proyecto propone no es velocidad: es impunidad para proyectos ilegales, vulnerando derechos fundamentales y atentando contra estándares mínimos de convivencia democrática en un Estado de Derecho.

Columna publicada en El Desconcierto – 24/04/26