Empresas y DD.HH.: tres fallas ambientales del proyecto de reconstrucción

  • Por Carolina Palma Correa, coordinadora de Incidencia en ONG FIMA

Estas últimas semanas los focos del debate político han estado en el Plan de Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico presentado por el Gobierno. Este proyecto de ley, usando como pretexto la necesidad de reconstrucción tras catástrofes como los megaincendios ocurridos en Valparaíso, Ñuble y Biobío, camufla una de las reformas más regresivas en temas ambientales, con el objetivo de «destrabar» la inversión. Esta apuesta tensiona los estándares nacionales e internacionales en medio ambiente y derechos humanos, y lo que hace es quitar herramientas que las personas ya poseen para protegerse en caso de que un proyecto de inversión esté pasando a llevar sus derechos, al mismo tiempo que le entrega ciegamente mayores beneficios a las empresas.

Si analizamos el proyecto de ley, solamente centrándonos en la propuesta ambiental, a la luz de los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos (PRNU, 2011), hay al menos tres fallas evidentes. Estos principios universales básicamente establecen el deber del Estado de proteger los derechos humanos, el de las empresas de respetarlos, y el de ambos de contar con mecanismos de reparación en caso de violación a los derechos humanos. Estos principios son estándares orientativos, pero universalmente reconocidos. Entonces analicemos:

En primer lugar, y lo más polémico ha sido la propuesta de una especie de seguro estatal para proyectos ilegales. Básicamente, se crea un mecanismo de restitución de gastos para empresas cuyas Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) sean anuladas judicialmente. Significa que el Estado va a compensar a proyectos que no cumplen la ley con fondos públicos, trasladando el riesgo económico del inversionista al Estado. Esto, por lo pronto, contradice el deber del Estado de desincentivar actividades empresariales que vulneren la legalidad ambiental y crea incentivos perversos que benefician a quienes presentan proyectos deficientes. Incluso la Corte Suprema, en su informe al Congreso sobre el proyecto, advirtió este riesgo.

En segundo lugar, se elimina la invalidación administrativa. En palabras simples, se les quita a los ciudadanos un mecanismo de control y reparación para impugnar Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA), el cual es la única vía administrativa autónoma que existe para reclamar ilegalidades. Esta propuesta atenta directamente contra los derechos de acceso a la justicia que tenemos todos los ciudadanos y el debido proceso. Por otro lado, se reducen los plazos para solicitar la invalidación de permisos sectoriales, imponiendo una carga excesiva a las comunidades afectadas para ejercer su derecho a la defensa. La certeza jurídica es algo que necesita toda la población, no solo las empresas.

Por último, se vulnera la obligación de las empresas de respetar los derechos humanos y hacer frente a las consecuencias negativas en las que tengan participación, lo que se hace evidente particularmente en las modificaciones sobre salmonicultura. La propuesta busca flexibilizar la ya cuestionada Ley de Pesca(1), eliminando por ejemplo el deber de someter a evaluación ambiental cualquier tipo de relocalización de concesiones en la industria del salmón. Esto es particularmente preocupante a la luz de la presión ambiental que genera esta industria y de los casos de vulneración de derechos humanos hacia trabajadores que se han documentado(2).

Si bien la institucionalidad ambiental se puede hacer más eficiente con ciertas mejoras, eso no significa darle carta blanca a cualquier proyecto que prometa inversión, porque el daño ambiental, en la mayoría de los casos, es irreparable. Este proyecto, tal y como está, no apunta a la eficiencia real del sistema porque no fortalece al Servicio de Evaluación Ambiental ni ordena los permisos sectoriales. La certeza jurídica, las regulaciones ambientales y el derecho a la salud y a vivir en un ambiente libre de contaminación no son trabas: son derechos.

(1) Nuevas pruebas de aportes ilegales de las pesqueras a los diputados Sauerbaum y Bobadilla
(2) Impacto ambiental de Salmonicultura en dos aspectos, Siete muertos en un mes: el costo humano de la industria salmonera

Columna publicada en Cooperativa – 18/05/26

La ley miscelánea: Un ataque al derecho ambiental

Lo que la ley miscelánea propone no es velocidad: es impunidad para proyectos ilegales, vulnerando derechos fundamentales y la convivencia democrática.

  • Por Ezio Costa, Director Ejecutivo de ONG FIMA

El Gobierno ha presentado un proyecto de ley miscelánea que, entre sus múltiples disposiciones, contiene algunas de las reformas más regresivas en materia ambiental que se hayan impulsado en los últimos años.

Particularmente graves son aquellas que pretenden dar inmunidad a los proyectos que ilegalmente afecten al medio ambiente, reduciendo la capacidad de acción de las instituciones y las posibilidades defensa de las personas afectadas.

En primer lugar, la propuesta pretende restringir gravemente el derecho a acceso a la justicia, limitando las vías para impugnar las resoluciones de calificación ambiental de una manera no sólo inadecuada en términos de justicia, sino incluso inconveniente para la certeza jurídica.

Hoy existen básicamente dos vías para impugnar una RCA, una que está habilitada solo para quienes hicieron observaciones ciudadanas y que sólo se refiere a la no consideración de esas observaciones, y otra que refiere a las ilegalidades en general que puede tener el procedimiento, que es la invalidación administrativa.

Este segundo mecanismo es el que se quiere dejar sin efecto, eliminando el único procedimiento que existe para reclamar ilegalidades y, por lo tanto, blindando a actividades que se encuentren en esas situación de ilegalidad. Cerrar esa puerta no es una racionalización del sistema, sino un bloqueo que atenta contra la certeza jurídica y que no beneficia ni a la ciudadanía, ni al medio ambiente ni tampoco a las empresas que hacen bien su trabajo, sino solo a quienes se han visto beneficiadas por la ilegalidad.

Esas mismas personas que se benefician de la ilegalidad, tienen más privilegios en este proyecto del gobierno, que prohíbe a los tribunales detener obras potencialmente ilegales mediante medidas cautelares, estableciendo un plazo máximo de 6 meses para esas medidas. Esto no es menor.

Las medidas cautelares existen precisamente para evitar que mientras se discute si algo es legal o no, el daño ocurra, y sea irreversible. En la práctica, esto es parecido a que se limitara la prisión preventiva de individuos peligrosos a un máximo de meses, forzando a los jueces a liberarlos cuando transcurra ese tiempo, sin considerar el daño que podrían causar o ninguna otra variable.

Pero hay más: La propuesta del Gobierno busca que los proyectos cuyas resoluciones de calificación ambiental estén siendo impugnadas en tribunales puedan ser construidos de todas formassin esperar el resultado del juicio. En la lógica del proyecto de ley, los permisos que otorga el Ejecutivo son infalibles, algo bastante extraño para un gobierno que no confía en el Estado y busca disminuirlo por todas partes. Más extraño aún para un Estado en que supuestamente no hay suficiente dinero para cuestiones esenciales.

La ironía no se sostiene, un proyecto ilegal no podrá ser confrontado en tribunales, si es que llega a serlo no podrá detenerse de manera urgente para evitar sus daños y además en caso de que se llegue a anular su permiso, será indemnizado con dinero de todos, por las molestias causadas. Es decir, el erario público subsidiando proyectos ilegales.

A esto debiéramos sumar que hay una propuesta de reducción del plazo que tendrán las autoridades para revisar los proyectos y que se quiere dotar al Servicio de Evaluación Ambiental de facultades exorbitantes (e inconstitucionales) para pasar por sobre las facultades de otros organismos del Estado, centralizando el poder decisional de tal forma de hacer más fácil que proyectos ilegales sean aprobados no sólo por potenciales errores, sino también por vías reñidas con la probidad.

Todo lo anterior contradice frontalmente a la lógica de control del abuso de poder del Estadoa los derechos de las personas en materia ambiental, tratados internacionales suscritos por Chile y elementos básicos del derecho ambiental, como el principio preventivo.

La lógica del principio preventivo es sencilla: cuando existe riesgo de daño, se actúa antes de que ocurra, no después. El proyecto invierte esa lógica: construye primero, discute después, y si hay error, paga el Estado.

Es legítimo querer agilizar los procesos de evaluación ambiental, pero hay una diferencia enorme entre agilizar y desmantelar; entre simplificar procedimientos y beneficiar ilegalidades. Lo que este proyecto propone no es velocidad: es impunidad para proyectos ilegales, vulnerando derechos fundamentales y atentando contra estándares mínimos de convivencia democrática en un Estado de Derecho.

Columna publicada en El Desconcierto – 24/04/26