Boletín FIMA Nº 10

A continuación encontrará la décima edición de nuestro Boletín FIMA, en el que hemos incluido una interesante columna de Fernando Dougnac, Presidente de FIMA, titulada : LA GARANTÍA DEL N° 8 DEL ARTÍCULO 19 DE LA CONSTITUCIÓN. Como es habitual, también encontrará las noticias más importantes en materia ambiental acontecida durante los meses de noviembre y diciembre de 2012. VER AQUÍ]]>

Boletín FIMA N° 9

En este Boletín podrá encontrar toda la actualidad legislativa y judicial correspondiente al mes de octubre del año 2012, además de la columna “Explotación del litio: Salares y ecosistemas en peligro”, escrita por nuestra Coordinadora de Proyectos, Gabriela Burdiles. Para descargar el boletín, haga click AQUI Si desea recibir nuestro boletín mensual en su correo electrónico, por favor escriba a comunicaciones@fima.cl, Asunto: Suscripción Boletín.]]>

Fima y organizaciones latinoamericanas hacen observaciones a la OEA

En el marco de la invitación a las organizaciones de la sociedad civil y otros actores para que remitan sus propuestas para la aplicación de las recomendaciones del “Grupo de Trabajo Especial de Reflexión sobre el Funcionamiento de la CIDH para el Fortalecimiento del SIDH”, versas organizaciones latinoamericanas entre las que se encuentra la Fiscalía del Medio Ambiente, presentaron comentarios sobre algunas de las recomendaciones del Grupo de Trabajo que son de su particular preocupación.

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Participaron en este informe: 

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FIMA renueva su directorio con prestigiosos abogados

Próximo a cumplir 15 años de existencia, el pasado lunes 20 de agosto, FIMA renovó su directorio, el cual con el ánimo de cumplir con estándares institucionales de talla mundial incorporó a reconocidos profesionales del área como directores externos. Asimismo se realizó la elección de Presidente y de Director Ejecutivo. El directorio está compuesto por los abogados Fernando Dougnac Rodríguez, fundador de FIMA y quien fuera elegido como Presidente, Francisco Ferrada Culaciati, Profesor de Derecho Procesal de la Universidad de Chile (Tesorero), Rodrigo Polanco Lazo, Encargado de Relaciones Internacionales de la Universidad de Chile (Secretario), Álvaro Fuentealba Hernández, Director de Escuela de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, Ana Lya Uriarte Rodríguez, Ex Ministra de Medio Ambiente, Enrique Navarro Beltrán, Ex Ministro

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del Tribunal Constitucional, y Ezio Costa Cordella, Investigador del RegCom de la Universidad de Chile, Coordinador del Centro de Estudios FIMA desde 2006 y nuevo Director Ejecutivo de la Corporación.Además, como nueva Directora de Proyectos fue elegida la abogado Gabriela Burdiles Perucci, Magíster en estudios internacionales de la U. de Chile y quien se encuentra trabajando en la institución desde 2010. Entre las actividades del segundo semestre, FIMA se encuentra preparando un Seminario Internacional de Regulación Constitucional del Medio Ambiente, que pretende ser una antesala a la entrada en funciones de los Tribunales Ambientales y la Superintendencia del Medio Ambiente. Asimismo, la Corporación continúa con su proyecto de protección de las aguas del sur de Chile, que implica el resguardo de las aguas dulces y en especial de los ríos de la Patagonia Chilena, y asesorando a comunidades en conflictos ambientales. Al finalizar la Sesión de Directorio, Ezio Costa, el nuevo Director Ejecutivo de FIMA señaló que “es un orgullo dirigir esta Corporación y haber sumado al directorio profesionales de tan alto nivel y prestigio. Espero que podamos continuar con la labor que FIMA ha venido realizando y en lo posible aumentar nuestra cobertura, defendiendo temas de derecho ambiental de gran relevancia social”.]]>

Boletín FIMA Nº6

En este Boletín n°6 podrá encontrar toda la actualidad legislativa y judicial en materia ambiental correspondiente al mes de Julio de 2012, además de la interesante columna de opinión titulada “Juicios limpios, renovables y chilenos”, escrita por nuestro abogado Ezio Costa Cordella. Descargue AQUÍ Si desea recibir nuestro boletín mensual en su correo electrónico, por

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favor escriba a comunicaciones@fima.cl, Asunto: Suscripción Boletín.]]>

Boletín FIMA N° 5

En este boletín n°5 podrá encontrar toda la actualidad legislativa y judicial en materia ambiental correspondiente al mes de Junio de 2012, además de la columna de opinión titulada “Cumbre Río+20: Un paso insuficiente hacia la alianza global”, escrita por la destacada abogada Gabriela Burdiles Perucci. Descárguelo AQUÍ Si desea recibir nuestro boletín mensual en su correo electrónico, por favor escriba a fima@fima.cl, Asunto: Suscripción Boletín. ]]>

CORTE SUPREMA ORDENA QUE AMPLIACIÓN DE CENTRAL BOCAMINA II SE SOMETA A ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

La Corte Suprema determinó que la empresa Endesa debe realizar un Estudio de Impacto Ambiental en el proyecto “Optimización de la Central Termoeléctrica Bocamina Segunda Unidad”, que se emplaza en la bahía de Coronel, Región del Bío Bío. En fallo unánime (causa rol 3141-2012), los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal Sergio Muñoz, Héctor Carreño, Sonia Araneda, Juan Escobar (suplente) y el abogado integrante Guillermo Piedrabuena, acogieron un recurso de protección presentado por la Confederación Nacional de Federaciones de Pescadores Artesanales de Chile. La sentencia determina el actuar arbitrario de la Comisión de Evaluación Ambiental de la VIII Región al determinar la admisibilidad del mencionado proyecto con una Declaración de Impacto Ambiental, y no un Estudio de Impacto Ambiental. “Es un hecho no discutido que la modificación sometida al procedimiento de evaluación de impacto ambiental contempla un conjunto de obras y actividades que tienen efecto en la disposición general de los equipos de la Segunda Unidad, de acuerdo a lo prevenido en la primera consideración, según dan cuenta los antecedentes, todos los cuales inciden de manera importante y determinada en la segunda termoeléctrica a instalar. No sólo eso: esos mismos antecedentes informan que las modificaciones apuntan a mejorar su funcionamiento en términos ambientales y de seguridad. Que así las cosas, la calificación de impacto ambiental de la que trata el artículo 11 ter del cuerpo legal anteriormente invocado para los casos de modificación de un proyecto, sólo se satisface por medio de un Estudio de Impacto Ambiental y no de una mera Declaración, al contrario de lo que se pretende, pues sólo de ese modo es posible establecer si las modificaciones introducidas a la planta

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generadora importarán el mejoramiento ambiental y no un peligro o daño para el entorno en que se ubica”, dice el fallo. La resolución agrega: “La necesidad del Estudio de Impacto Ambiental en este caso resulta abonada por los principios que inspiran y sobre los cuales se desarrolla la regulación ambiental en nuestro ordenamiento, en particular los principios de prevención y de responsabilidad, que sólo se cumplen si los evaluadores aplican desde un inicio sus especiales conocimientos sobre la materia, cuestión que sólo resulta posible con un Estudio de Impacto Ambiental, al igual como se hizo al momento someter a ese procedimiento los proyectos originales, y no con una mera Declaración de parte interesada como ahora se pretende, que a todas luces es insuficiente”. Además, sostiene: “Si bien el acto recurrido constituye una decisión administrativa adoptada dentro del ámbito de la competencia del órgano respectivo, la declaración de suficiencia sin embargo envuelve una decisión carente de razonabilidad y por tanto arbitraria, pues no se entiende cómo una Declaración de Impacto Ambiental permita evaluar una cuestión técnica compleja, que dice relación con la modificación de un proyecto de generación de energía eléctrica cuya evaluación primitiva requirió precisamente de un Estudio. Desde el momento que el acto cuestionado no contiene fundamentos ni motivos que den cuenta de las razones consideradas por la autoridad para adoptar tal decisión, lo así resuelto deviene en arbitrario, pues aparece como una actuación desprovista de sustento, más producto de la pura voluntad de su autor que de fundamentos que la expliquen y legitimen, pues un proyecto que fue aprobado por Estudio de impacto ambiental y que ahora pretende modificaciones de la importancia y entidad que ya han sido referidos no puede ser sometido a una mera Declaración”. Por lo tanto, se ordena que: “Se declara que se acoge el recurso de protección deducido en lo principal de la presentación de fojas 17 y se ordena que el titular del proyecto “Ampliación Central Bocamina (Segunda Unidad)” presente un Estudio de Impacto Ambiental a la Comisión de Evaluación de la Región del Bio Bio”. La resolución de la Corte Suprema revocó el fallo de la Corte de Apelaciones de Concepción (causa rol 1919-2011), la que había determinado rechazar el recurso de protección, el 9 de abril pasado. Fuente: Poder Judicial. Foto: www.meganoticias.cl]]>

Concurso Portada Revista Justicia Ambiental

FIMA te invita a ser parte de nuestra Revista Justicia Ambiental en su 4º número mediante el envío de una fotografía para su portada. En el marco de la difusión de los valores que integran la protección del medio ambiente, esta revista se erige como un espacio de discusión especializada en torno a los problemas que lo afectan así como de sus posibles soluciones. Este cuarto número está dedicado a la memoria de la profesora Svitlana Kravchenko, miembro del Consejo Editorial desde los inicios de la revista y directora del Magíster en Derecho Ambiental de la Universidad de Oregon. Los temas propuestos son: Humedales Bosques de Chile Volcanes Glaciares Fiordos de Chile Requisitos de la fotografía: 300 DPI originales Envío en formato JPG Mínimo 10 MG (desde la cámara) Enviar hasta el 17 de agosto al correo electrónico fima@fima.cl Fotografía: www.blogdedisenadoresypublicitarios.com]]>

Boletín FIMA Nº 4

En este boletín n°4 podrá encontrar toda la actualidad legislativa y judicial en materia ambiental correspondiente al mes de Mayo de 2012, además de las entrevistas realizadas a nuestros abogados E.Costa y G. Burdiles y un comunicado sobre la sentencia de la Corte Suprema por Río Cuervo. Descargue AQUÍ Si desea recibir nuestro boletín mensual en su correo electrónico, por favor escriba a fima@fima.cl, Asunto: Suscripción Boletín. ]]>