Sobreproducción de salmones en áreas protegidas

Por Estefanía González, subdirectora Campañas Greenpeace; Florencia Ortúzar, directora del Programa Clima AIDA; Sofia Barrera, encargada de litigios ONG FIMA, Erwin Sandoval, presidente CODESA

Sr. Director,

Que Cooke Aquaculture acuse a la SMA de incurrir en un “grave incumplimiento” por ejercer sus funciones demuestra una profunda falta de respeto a los territorios y a la institucionalidad, considerando el enorme historial de infracciones con el que carga la empresa.

Cabe recordar que en 2020, Sernapesca informó a la SMA que el centro Huillines 3 (operado por Cooke en el Parque Nacional Laguna San Rafael) alcanzó una producción total de 5.163 toneladas de salmones, 5.038 toneladas por sobre lo autorizado (más de 4.000%).

Y esta no fue la primera vez: ya se habían detectado importantes sobreproducciones en 2012, 2014 y 2016, lo que evidencia un historial de infracciones reiteradas dentro de un Parque Nacional. Lejos de asumir responsabilidad y enfocarse en tomar medidas correctivas para cumplir con la normativa, la empresa ha respondido acusando persecución, animadversión y conspiración, por parte de las organizaciones que han denunciado las irregularidades.

En este contexto, la SMA, cumpliendo con su rol fiscalizador, inició un procedimiento sancionatorio (que ha sido suspendido reiteradamente con acciones legales iniciadas por Cooke) solicitando al Tercer Tribunal Ambiental la paralización de las operaciones del centro mientras se resuelve el proceso, considerando que la empresa no sólo sobreproduce sino que también elude nuestro sistema de evaluación ambiental.

Que Cooke acuse un “incumplimiento grave” de parte de la SMA no sólo es una aberración, sino que se trata de una actitud francamente ofensiva hacia nuestros territorios, comunidades y toda la institucionalidad nacional, y demuestra la nula intención de la empresa de ajustarse a la legislación vigente.

Carta al Director publicada en El Mercurio – 22/12/24

Tribunal Ambiental excede sus atribuciones para favorecer a Dominga y ordena al Comité de Ministros votar nuevamente el proyecto

  • Será la tercera vez que la instancia ministerial califique la iniciativa de Andes Iron
  • Alianza Humboldt, agrupación que reúne a organizaciones de la sociedad civil a nivel nacional, junto a las comunidades locales, anuncian que impugnarán el fallo ante la Corte Suprema

Santiago, 9 de diciembre, 2024. En una inédita sentencia, el 1er Tribunal Ambiental de Antofagasta acogió la reclamación presentada por Andes Iron, empresa titular de Dominga, y ordenó al Comité de Ministros votar nuevamente el proyecto minero portuario, poniéndole una serie de condiciones que exceden sus atribuciones.

“Nos parece que esta sentencia contiene claras ilegalidades, el Tribunal ha excedido sus facultades de manera notoria. No aprueban directamente el proyecto, pero hacen una orden detallada para forzar la voluntad del Comité de Ministros, lo que en la práctica es lo mismo y una evidente vulneración de la ley”, aseveró Ezio Costa, director ejecutivo de FIMA. “El tribunal ambiental olvida su rol que es el de revisar si las decisiones que ha tomado el Comité de Ministros están dentro de la legalidad o no y, en su lugar, pretende que la forma en que el propio tribunal analiza los antecedentes técnicos es la forma correcta, eso es inadecuado y es un incumplimiento directo de la ley 20.600 que crea los tribunales ambientales, esperamos que la Corte Suprema conozca y finalmente anule”, agregó el abogado que representa a la organización de conservación marina Oceana en el litigio.

La sentencia establece que en un plazo máximo de 15 días, el Comité de Ministros debe emitir una nueva resolución sobre el proyecto Dominga “considerando que se presentaron antecedentes suficientes y se evaluaron correctamente los impactos asociados a las emisiones de MPS, a los recursos hídricos, a las AMERB, al medio marino, al valor turístico y al efecto sinérgico entre los proyectos Dominga y Puerto Cruz Grande”, además de “dictarse con una integración de ministros que no se encuentren afectos a situaciones que comprometan su imparcialidad y probidad administrativa”.

Desde Alianza Humboldt criticaron la sentencia y la directora ejecutiva de Oceana en Chile, Liesbeth van der Meer, afirmó que “el tribunal cuestiona la probidad de los ministros y ministras que rechazaron el proyecto, una afirmación osada y que está fuera de sus atribuciones”. “Si entramos en el terreno de la probidad, hubiera sido bueno que el tribunal se pronunciara entonces sobre los múltiples casos en los que el proyecto Dominga se ha visto envuelto precisamente por conflictos de interés y corrupción”, añadió.

Alejandra Donoso, directora de Defensoría Ambiental, parte de Alianza Humboldt, aseguró que “nos preocupa la decisión del tribunal ambiental, creemos que se equivoca en varios de sus argumentos, y, en consecuencia, deja en desprotección al ecosistema del archipiélago de Humboldt y a las actividades económicas sustentables que las comunidades que allí habitan realizan desde tiempos inmemoriales”. “Vamos a presentar las acciones correspondientes ante la Corte Suprema para solicitarle que revise la decisión del tribunal ambiental de Antofagasta, que lamentablemente no se ajusta a derecho”, agregó la abogada representante de las comunidades locales que se oponen al proyecto minero portuario de Andes Iron.

Dominga: Una historia sin fin

En 2013, el proyecto minero portuario Dominga, que consiste en dos minas a rajo abierto, un mega puerto, una planta desaladora, un depósito de relaves para la extracción de hierro y concentrado de cobre en un periodo de 22 años, entró a evaluación ambiental. En 2017, tanto la Comisión de Evaluación Ambiental de Coquimbo como el Comité de Ministros, definieron el rechazo del proyecto minero portuario de Andes Iron, argumentando que éste presentaba una deficiente línea de base del medio marino, subestimaba su área de influencia y no caracterizaba las rutas de navegación, poniendo en riesgo uno de los ecosistemas marinos más biodiversos de toda la corriente de Humboldt y donde, recordemos, se creó la reciente área marina costera protegida de múltiples usos Archipiélago de Humboldt.

Desde entonces, la empresa Andes Iron decidió buscar la aprobación del proyecto por vías judiciales, las que hasta ahora han fracasado. De hecho, Dominga ha sido rechazada dos veces por el Comité de Ministros, y en dos oportunidades la Corte Suprema ha revisado las sentencias del Tribunal Ambiental; la primera vez, estableció que el rechazo entregado al proyecto en 2017 fue legal, al contrario de lo que proponía la empresa, y ordenó al Tribunal Ambiental referirse a los aspectos técnicos que motivaron ese rechazo. En la segunda oportunidad, la Suprema determinó que el caso debía resolverse a nivel administrativo, es decir, dejó la decisión en el Comité de Ministros, instancia que rechazó por segunda vez el proyecto Dominga, resolución ante la cual la empresa volvió a apelar ante el 1TA, cuya resolución se da a conocer ahora.

Frente a este nuevo escenario de incertidumbre son nuevamente las comunidades locales las más afectadas. Rodrigo Flores, presidente de la Mesa Consultiva del Archipiélago de Humboldt afirmó que no hay apoyo para la minera en la comunidad. “Nosotros llevamos décadas trabajando en un turismo sostenible y en nuestras áreas de manejo, tenemos una economía local que va de la mano con la protección del medio ambiente, y no estamos dispuestos a que se destruya todo lo que hemos construido en este territorio” afirmó Flores.

Por su parte, desde del Movimiento en Defensa del Medioambiente, Modema, aseguraron que, pese a todo el tiempo de lucha por la defensa de esta área, continuarán trabajando por frenar la iniciativa de Andes Iron. “Por años hemos sido testigos de las irregularidades de Dominga en nuestra comuna, intentando comprarse a la gente por medio de regalías. Dominga es parte de los casos de corrupción más bullados del último tiempo en Chile, y no es posible que se le deje la puerta abierta en una zona que, además, tiene un valor ambiental reconocido a nivel mundial”, señaló Carolina Bahamondes, presidenta de Modema, una de las agrupaciones locales que son parte de Alianza Humboldt.

Nuevo Policy Brief de la Alianza de Humedales Andinos: Análisis de la Estrategia Nacional del Litio

La Alianza de Humedales Andinos ha publicado un segundo Policy Brief titulado «Red de Salares Protegidos: Análisis crítico de la implementación de criterios de la Estrategia Nacional del Litio»

En este documento se evalúan los criterios empleados para la priorización de la Estrategia, identificando brechas que favorecen la explotación por sobre la protección ambiental. Los salares, fundamentales para el equilibrio socioecológico, enfrentan riesgos no evaluados adecuadamente, lo que podría generar impactos irreversibles en estos ecosistemas ya vulnerables.

Entre las conclusiones principales, se identifican cinco aspectos claves que no están siendo considerados: el balance entre criterios productivos y ecológicos, la protección de ecosistemas vulnerables, adecuada participación ciudadana y consulta indígena, la transparencia en la información pública y comprender adecuadamente la interconexión entre los salares y acuíferos subterráneos.

Alianza de Humedales Andinos

La Alianza de Humedales Andinos reúne a organizaciones de la sociedad civil, comunidades locales y movimientos socioambientales en Argentina, Bolivia y Chile, entre ellas ONG FIMA, cuyo objetivo es la protección, conservación y defensa de los humedales andinos en territorios campesinos e indígenas. El enfoque del trabajo de la alianza se basa en la conservación ambiental, el respeto a los derechos humanos y la justicia ambiental ante la crisis ecológica y climática.
Conoce más en www.humedalesandinos.org

Hacia la carbono-neutralidad: Comité entrega informe para acelerar la transición energética en Chile

El documento entrega 14 propuestas, entre las que se mencionan temas como la seguridad hídrica, economía circular, reducción de emisiones y la modificación del impuesto al carbono.

El Comité de Carbono-Neutralidad y Resiliencia fue creado en marzo de 2024 convocado por los ministerios de Economía, Medio Ambiente, Energía, Ciencia, Agricultura y Obras Públicas, cuya finalidad fue desarrollar propuestas que impulsen la economía del país hacia la carbono-neutralidad y la resiliencia climática. Este comité, conformado por 19 expertos provenientes del sector privado, la academia y la sociedad civil, entre los que se encuentran el Director Ejecutivo de ONG FIMA, Ezio Costa, entregó su informe final, marcando un hito en el camino hacia una transición energética en el país.

El informe fue producto de un trabajo consensuado y participativo entre diversos actores, entregando 14 propuestas que abordan aspectos como la seguridad hídrica, reducción de emisiones, economía circular y, marcado como una de las más relevantes, la modificación del impuesto al carbono para reflejar de manera progresiva las externalidades de las emisiones, incentivando la innovación y el desarrollo de tecnologías limpias. 

Para Ezio Costa la transición hacia la carbono-neutralidad no solo debe ser eficiente económicamente, sino que “también debe propender hacia un sistema más justo donde los beneficios sean repartidos de manera equitativa, se proteja al medio ambiente, la salud y calidad de vida de las personas”.

Respecto al factor de participación ciudadana, en el informe se recoge que debido a tiempo acotado de elaboración, no se realizó un proceso formal, sin embargo, el Comité mantuvo a la ciudadanía informada mediante reuniones virtuales y una plataforma web abierta a sugerencias, lo que aportó a la creación de las propuestas.

Finalmente, las y los comisionados transparentan que para que estas propuestas puedan ser llevadas a cabo, deben existir ciertas condiciones, tales como voluntad política, planificación, integración con políticas públicas, financiamiento, comunicación y transparencia.

“Chile ha hecho esfuerzos por encaminarse hacia la carbono neutralidad y me parece que eso puede ser fuente de orgullo, pero ese camino solo es sostenible en el tiempo si en él cabemos todos y todas, para lo cual hay que mirar en detalle las vulnerabilidades que existen y abordarlas. Hay muchos discursos que intentan tomar las soluciones climáticas para generar mayor acumulación, o que no miran que las nuevas tecnologías bajas en carbono pueden producir otros daños. Hay que seguir avanzado, con velocidad, pero con cuidado e inclusión”, señala Costa.

Las propuestas

  1. Acelerar la implementación del sistema de certificación voluntaria para huella de carbono establecido en el Art. 30 de la Ley 21.455, en línea con estándares internacionales.
  2. Agricultura climáticamente inteligente.
  3. Aumentar la resiliencia de las ciudades y aumentar su captura de GEI.
  4. Aumento de captura de carbono en sector agroforestal y prevención de incendios forestales.
  5. Diseñar e implementar un enfoque territorial integrado y multi-actor para la seguridad hídrica en cuencas de las regiones de Coquimbo (Elqui, Limarí y Choapa), Valparaíso (La Ligua-Petorca), Metropolitana de Santiago (Maipo) y Los Lagos (isla cuenca de Chiloé).
  6. Disminuir las emisiones derivadas del consumo energético en las ciudades.
  7. Impulsar economía circular en ciudades.
  8. Impulsar la transición de una economía basada en materias primas fósiles a una fundada en recursos biobasados renovables.
  9. Impulsar recursos energéticos distribuidos para minimizar el consumo de energía de fuentes fósiles.
  10. Modificar el impuesto al carbono de manera que refleje adecuada y progresivamente las externalidades que generan sus emisiones, y que sea capaz de orientar inversiones y gatillar innovaciones para la reducción de emisiones en todas las industrias.
  11. Promover construcción en madera.
  12. Protección y valorización del Capital Natural y fomento de Soluciones basadas en la Naturaleza.
  13. Reacondicionamiento de la Industria con foco en eliminación de combustibles fósiles.
  14. Reacondicionamiento de la Industria con foco en eliminación de combustibles fósiles.

El Comité

Compuesto por Paloma Ávila, directora de CNN; Olga Barbosa, académica y consejera de WWF-Chile; Alex Berg, director ejecutivo de la Unidad Desarrollo Tecnológico (UDT) de Universidad de Concepción; Marcela Bravo, gerente general de Acción de Empresas; Claudio Castro, alcalde de Renca; Amparo Cornejo, directora de Sonami; Ezio Costa, director ejecutivo de ONG FIMA y subdirector del Centro de Derecho Ambiental (CDA); Lorenzo Gazmuri, presidente de ICARE; Mónica Gazmuri, directora ejecutiva de la Asociación Nacional de Empresas de Eficiencia Energética (ANESCO); Sara Larraín, directora de Chile Sustentable; Ismaela Magliotto, joven negociadora de Chile para la COP27; Marcelo Mena, exministro de Medioambiente; Gonzalo Muñoz, exChampion de la COP25; Francisco Ruiz-Tagle, gerente general de CMPC; María Teresa Ruiz-Tagle, directora ejecutiva de Corporate Leaders Group for Climate Action, CLG-Chile; Bárbara Saavedra, directora de Wildlife Conservation Society (WCS); Carolina Schmidt, exministra de Medioambiente; Claudio Seebach, decano de Ingeniería y Ciencias Universidad Adolfo Ibáñez, y Javier Torrejón, director de la Cámara Regional de Comercio de Valparaíso.

Tribunal Ambiental ordena al Director Ejecutivo del SEA abrir procedimiento para revisar resolución que aprobó proyecto Los Bronces

El Segundo Tribunal Ambiental acoge la reclamación interpuesta por ONG FIMA en representación de vecinos de Lo Barnechea para que se revise la Resolución de Calificación Ambiental del proyecto «Desarrollo Los Bronces» .

Vía Diario Constitucional

El Segundo Tribunal Ambiental acogió la reclamación interpuesta por vecinos de Lo Barnechea en contra del Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), ordenándole abrir un procedimiento para revisar la resolución que dio el vamos al proyecto “Desarrollo Los Bronces”, de Anglo American Sur S.A.
“Se resuelve acoger la reclamación interpuesta por los señores Oscar Aldunate Herrera y Jaime Lama Fernández en contra de la Resolución Exenta N°878 de 22 de julio de 2016. En consecuencia, se dejan sin efecto las siguientes resoluciones dictadas por el Director Ejecutivo del SEA: Resolución Exenta N°878 de 22 de julio de 2016, Resolución Exenta N°801 de 1° de julio de 2016, Resolución Exenta N°222 de 26 de febrero de 2016 y Resolución Exenta N°1.444 de 3 de noviembre de 2015, que rechazó la solicitud de inicio de revisión del artículo 25 quinquies respecto de la Resolución de Calificación Ambiental N°3.159, de 26 de noviembre de 2007 del proyecto «Desarrollo Los Bronces». Se ordena al Director Ejecutivo que declare admisible la solicitud de revisión de 30 de marzo de 2015, y se abra el correspondiente procedimiento de revisión de la RCA N°3.159/2007 del proyecto”, dice la sentencia.

La reclamación fue interpuesta por Oscar Aldunate Herrera y Jaime Lama Fernández, luego que el Director Ejecutivo del SEA, en diversos trámites administrativos, rechazara su solicitud para revisar, de conformidad al artículo 25 quinquies de la Ley 19.300, la resolución (RCA) que aprobó el proyecto.

A lo largo de la sentencia, los ministros analizaron la actuación del Director Ejecutivo quien declaró inadmisible la pretensión de los reclamantes de revisar la RCA del citado proyecto, concluyendo que la autoridad excedió el alcance del control de admisibilidad de una solicitud de revisión presentada por un tercero, al resolver en esta etapa el fondo del asunto.

Asimismo, precisaron que la autoridad tiene el deber de solicitar que las faltas u omisiones de una solicitud de revisión, como la del presente caso, sean subsanadas dentro del quinto día, de conformidad al artículo 31 de la Ley N° 19.880 y a la excepcionalidad de la declaración de inadmisibilidad de este tipo de peticiones.

La sentencia llama la atención a la autoridad respecto de la diferencia que debe hacer entre una solicitud de revisión presentada por un tercero y aquella requerida por el propio titular, siendo la primera menos exigente que la segunda. Con todo, en ningún caso se puede resolver el asunto de fondo en sede de admisibilidad.

A juicio del Tribunal, la decisión del Director Ejecutivo del SEA de declarar inadmisible la solicitud de revisión, adolece de una debida fundamentación por las siguientes razones: argumentar que no se identificó una variable evaluada e incorporada en plan de seguimiento del proyecto que pudiera haber variado sustantivamente, “debiendo haber arribado a dicha conclusión sólo una vez abierto el procedimiento respectivo y requiriendo en él los antecedentes al titular del proyecto y los órganos sectoriales que participaron de la evaluación ambiental”; al determinar que la supuesta variación de la variable se relacionaba con potenciales incumplimientos a las condiciones o medidas contenidas en la RCA, lo que “supone contar con mayor información que la aportada por el tercero solicitante”; y al analizar la calidad de directamente afectado del solicitante, pues esta se encuentra indefectiblemente vinculada con la decisión sobre el fondo del asunto que a su vez requiere la apertura del procedimiento de revisión. Sobre el particular, el fallo sostiene que la calidad de directamente afectado debe analizarse como “potencial afectación”, criterio que se cumple con la calidad de vecino del proyecto.

En relación al mismo tema, el fallo reitera que, si los solicitantes no hubiesen entregado todos los antecedentes para acreditar su calidad de vecinos del sector, era el propio SEA quien debía requerir que se subsanara la eventual falta o ausencia de documentación. “En caso de no hacerlo, la Administración no puede utilizar el defecto subsanable como argumento para denegar la pretensión”.

“En síntesis, es posible colegir que en este caso se cumplen todos los criterios o requisitos formales para presentar una solicitud de revisión de la RCA del proyecto, pues se trata de una variable explícitamente evaluada, monitoreada y que cuenta con medidas y condiciones para su control. (…) Por consiguiente, en virtud de las consideraciones del presente capítulo, estos sentenciadores concluyen que la Resolución Exenta Nº 1.444/2015, al declarar inadmisible la solicitud de revisión de la RCA del proyecto Desarrollo los Bronces, adolece de una debida fundamentación, al realizar en admisibilidad un análisis de fondo del asunto y otras cuestiones, todo lo cual requería la apertura de un procedimiento de revisión, dada la necesidad de contar con los antecedentes del titular y los órganos de la administración correspondiente, lo que no ocurrió en la especie. Dicho vicio tiene el carácter de grave y esencial, toda vez que, como se constató, la solicitud de revisión efectivamente cumplía con los requisitos para ser declarada admisible”, puntualiza el fallo.

El proyecto “Desarrollo Los Bronces” es de propiedad de Anglo American Sur S.A. y básicamente corresponde a una modificación de los proyectos “Expansión 2 Mina Los Bronces” y “Recuperación de Cobre de Mineral de Baja Ley Los Bronces”.

El Tribunal estuvo integrado por los ministros Alejandro Ruiz, presidente, Felipe Sabando y Juan Manuel Muñoz. La sentencia fue redactada por el ministro Sabando, mientras que el ministro Ruiz, si bien concurrió al voto de mayoría, difirió respecto de su interpretación del “acto administrativo que realice la revisión”.

Antecedentes

  • 5 de octubre de 2006, Anglo American Sur S.A. ingresó al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental el proyecto “Desarrollo Los Bronces”, a través de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA).
  • 30 de marzo de 2015, los reclamantes de esta causa, en conjunto con otras personas, solicitaron la revisión de la resolución que calificó favorablemente RCA (RCA Nº 3159/2017) del proyecto “Desarrollo Los Bronces”.
  • 2 de octubre de 2015, los reclamantes ingresaron una solicitud de certificación de silencio administrativo, debido a la falta de pronunciamiento por parte del SEA.
  • 3 de noviembre de 2015, el SEA rechazó la solicitud de revisión de la RCA antes citada y no dio lugar a la solicitud de certificación del silencio administrativo (Res. Ex. N° 1444/2015)
  • 2 de diciembre de 2015, los reclamantes presentaron un recurso de reposición contra la resolución N° 1444. El cual no fue admitido a trámite por el SEA (Res. Ex. N° 222/2016).
  • 26 de abril de 2016, los reclamantes presentaron un recurso de reclamación contra la resolución N° 222; el que no fue admitido a trámite por el SEA (Res. Ex. N° 801/2016”).
  • 22 de julio de 2016, el Director Ejecutivo del SEA rechazó el recurso de reposición interpuesto por los reclamantes en contra de la resolución recién citada (Res. Ex. N° 878/2016).
  • 15 de septiembre de 2016, Oscar Aldunate Herrera y Jaime Lama Fernández interpusieron en el Tribunal Ambiental reclamación contra la Resolución Nº 878, la cual fue admitida a trámite con el rol R-125-2016
  • la reclamación fue admitida a trámite el 27 de febrero de 2018 y se le asignó el Rol R Nº 125-2016.
  • Los alegatos estuvieron a cargo de los abogados Ezio Costa, por los reclamantes, Astrid Francke, por el SEA, y Nicolás Eyzaguirre, por Anglo American tercero coadyuvante del reclamado.

Ver sentencia

 

Reforma al Código de Aguas: Parlamentarios se unen a solicitud de Asociaciones de Regantes Atacameñas para la realización de Consulta Indígena

La solicitud se basa en los compromisos que Chile tiene como firmante del convenio 169 de OIT y el efecto que esta reforma tendría sobre los derechos ancestrales que a todas las comunidades indígenas, pero en particular las del norte del país, les son reconocidos sobre las aguas.

Hasta la oficina de partes del Congreso en Valparaíso, llegaron las representantes de las asociaciones indígenas de regantes de los ríos San Pedro y Vilama para entregar una solicitud de realización de Consulta Indígena a la Comisión de Agricultura del Senado que estudia el proyecto de Ley de Reforma al Código de Aguas.

Juana Corante de la Asociación Atacameña de Regantes y Agricultores del Río Vilama y Marcela Ramos de la Asociación Atacameña de Regantes y Agricultores del Río San Pedro, acompañaron el documento con una carta firmada por parlamentarios de diversas bancadas que apoyan la solicitud del pueblo Lickanantay.

“El agua es un elemento fundamental para la cosmovisión de nuestro pueblo Lickanantay y el sistema que tenemos hoy en día funciona de manera comunitaria y social, por eso es muy relevante para nosotros ser consultados respecto a cualquier cambio que se quiera realizar ya que de una u otra forma tendrá impacto sobre nuestros sistemas de vida”, señaló Marcela Ramos, Presidenta de la Asociación Atacameña de Regantes y Agricultores del Río San Pedro.

Por su parte, Juana Corante Presidenta de la Asociación Atacameña de Regantes y Agricultores del río Vilama, explicó, “Desde que nos enteramos de esta proyecto de reforma, nuestras comunidades han solicitado esta Consulta Indígena, primero al Ministro de Obras Públicas del gobierno anterior y ahora a la comisión del Senado que revisa el proyecto”.

En su carta de apoyo, las diputadas y diputados hacen referencia a la problemática del agua que afecta de manera especial y particular a los diferentes pueblos originarios país debido a que los aspectos económicos, sociales, culturales, ceremoniales y sus formas de vida en general se encuentran ligados a su territorio y al agua.

“La consulta indígena es básica para restablecer los derechos de agua en Chile. Los derechos de los indígenas se establecen en el Convenio N°169 de la OIT, que el gobierno de Piñera ha puesto en tela de juicio, y nosotros pensamos, como Revolución Democrática, que cualquier reforma al Código de Aguas, cualquier nueva política hídrica en Chile, debe tener como base el respeto y la consulta a los pueblos indígenas”, señaló el Diputado Renato Garín (RD), integrante de la Comisión de Recursos Hídricos de la Cámara.

La Diputada Catalina Pérez de Revolución Democrática, agregó “Es fundamental que todas las comunidades indígenas, y en particular el pueblo Lickanantay que está haciendo esta solicitud, puedan participar en el debate de esta reforma, sobre todo en aspectos que impactan positiva o negativamente su diario vivir, expresiones culturales, tradiciones ancestrales y en algunos casos, su relación con los recursos naturales. Su opinión es necesaria, muy pertinente y constituye una obligación para el estado de Chile sobretodo en materia de política hídrica».

La situación del agua es un tema de vital relevancia para las comunidades atacameñas, quienes durante siglos han cultivado la tierra pese a habitar el desierto más árido del mundo; es por eso que su preocupación actualmente no solo está en el proyecto de Reforma al Código de Aguas, si no también a la explotación de Litio y al acuerdo que Corfo y SQM tiene para extraer mineral del Salar de Atacama.

“Es una zona de extrema fragilidad hídrica y por lo tanto todo, absolutamente todo lo que tenga que ver con el agua afecta a las comunidades y su derecho ancestral. Por eso la consulta indígena es una herramienta de gran importancia”, explicó Patricia Araya, abogada de la ONG FIMA, quien acompañó a las dirigentes a la entrega de la carta para la Comisión de Agricultura.

 

SOLICITAN A COMISIÓN DE AGRICULTURA QUE ESTUDIA REFORMA AL CÓDIGO DE AGUAS REALIZAR CONSULTA INDÍGENA

El pasado lunes 11 de junio de 2018 las presidentas de las Asociaciones Atacameñas de Regantes de los Ríos Vilama y San Pedro, junto al Director Ejecutivo de la ONG FIMA fueron invitados a la comisión de agricultura que estudia la reforma al código de aguas.

En la oportunidad Juana Corante, Presidenta de la Asociación Atacameña de Regantes del Río Vilama, relató la forma en que ancestralmente su comunidad ha hecho uso del agua y la importancia que el río tiene para sistema de vida “Nosotros funcionamos como asociación indígena de regantes, estamos reconocidos por la ley indígena, pero nos preocupa que se nos incluya en esta reforma como asociaciones indígenas de regantes”. 

Por su parte, Marcela Ramos, Presidenta de la Asociación Atacameña de Regantes del Río San Pedro hizo referencia a la ausencia del uso ancestral como uno de las funciones del agua “esto implica dejarnos fuera de todas las categorías de uso que implica el código de aguas con posterioridad a la reforma, ya que no es un uso propiamente de subsistencia, preservación ecológica o productivo, pese a tener características de todos ellos. Al no categorizar el uso ancestral, no podremos competir con los demás usos que tendrán grados de priorización lo que puede significar que se desestimen cada vez que exista un conflicto de derechos”, señaló la dirigenta. Además agregó que esto tendrá efectos en otros artículos de la reforma que tienen relación con la extinción de derechos por no uso entre otras materias. Por lo anterior, ambas representantes atacameñas hicieron un llamado a la comisión a apoyar la realización de una consulta indígena en esta materia.

Al respecto, Ezio Costa, Director Ejecutivo de ONG FIMA,  hizo referencia al contexto de escasez hídrica que vive nuestro país y la importancia del caudal ecológico, el cual actualmente es considerado solo para los nuevos derechos que se otorguen y en ciertas áreas que se encuentran bajo protección oficial “esto es lo mínimo y ya está en tratados internacionales que Chile ha firmado, no es realmente un avance en términos de protección del ecosistema y por lo tanto la protección del agua. Y poner las limitaciones sobre los derechos nuevos es una quimera, no hay derechos nuevos, hay muy pocos litros todavía no concedidos”. Por lo que agregó “lo que nosotros planteamos es que se reponga el caudal ecológico para todos los derechos”. 

Ezio Costa también apoyó ciertos puntos de la reforma como la caducidad de los derechos de agua y a la importancia de que el Estado sea capaz de caducar algunos derechos cuando cumpla con su deber de velar por la armonía y equilibrio entre la función de preservación ecosistémica y la función productiva que cumplen las aguas. En ese mismo sentido hizo una proposición de modificación al artículo 314 que es sobre los decretos de sequía, el cual le da una facultad discrecional al presidente de la república para decretar la sequía cuando la Dirección General de Aguas así se lo solicite “Para nosotros esa postetad no debiera ser discrecional, debiera estar obligado a decretar la sequía cuando estén los argumentos técnicos que la propia DGA establezca”.

Por último manifestó su aprensión a la modificación que se está haciendo al artículo 132 sobre la oposición a la solicitud de derechos de aguas “hoy en día el artículo 132 permite a cualquier tercero oponerse a una solicitud de derechos de agua, cuestión que es fundamental para la protección de los territorios.  La nueva norma dejaría esa oposición solo a quienes ya tienen derechos de agua, y no parece que eso es desmejorar una protección que ya existía”, puntualizó.

 

Vea el video con las presentaciones de Juana Corante, Marcela Ramos y Ezio Costa.

CSCP: Trabajadores, Organizaciones medioambientales y parlamentarios solicitan una reforma al SEIA con representatividad de todos los sectores

Ezio Costa, director ejecutivo de ONG FIMA, señaló “Nuestro principal interés es que los proyectos que ingresan al SEIA sean evaluados incorporando todas las visiones necesarias, pero con especial vista a la necesidad de prevenir daños ambientale. Por eso, nos parece que si vamos a reformular esta instancia, el proceso debe considerar las propuestas de todos y no solo aquellas representativas de los titulares de los proyectos. En ese sentido, el trabajo de esta mesa ha sido muy abierto y esperamos que nuestras propuestas sean acogidas, así como que se haga un proceso abierto de participación ciudadana respecto de las mismas”.

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La ruta de los incendios: Planes y propuestas retrógradas

El 3 de enero 2017 Michel De L’Herbe adelantó en la Comisión de Agricultura de la Cámara de Diputados, que la temporada de incendios 2017 sería altamente destructiva, que afectaría a las comunidades rodeadas por plantaciones forestales, señaló la insuficiencia del equipamiento de CONAF para controlar los incendios y la importancia de contar con ayuda internacional en caso de emergencias. A esta instancia se excusaron de asistir el Ministro de Agricultura, Carlos Furche, el Director Ejecutivo de CONAF, Aarón Caviares, el Director de la ONEMI, Ricardo Toro y el Presidente de la Junta Nacional de Bomberos, Miguel Reyes.

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