Lanzamiento 4to número de la Revista Justicia Ambiental

Los invitamos el martes 15 de enero a las 18:30 horas, al lanzamiento del 4to número de la Revista Justicia Ambiental.

La presentación estará a cargo del profesor Raúl Letelier Wartenberg, Director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Alberto Hurtado y de Fernando Dougnac Rodríguez, presidente de FIMA. Los asistentes podrán retirar un ejemplar de la revista y al final de la presentación participar de un vino de honor.

El lanzamiento se realizará en la Fundación Heinrich Böll. Los interesados en asistir, deben enviar un mail a fima@fima.cl

¡Los esperamos!

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Curso de Capacitación para Funcionarios Municipales

En el 7 y el 25 de enero se desarrollará este curso dirigido a los Funcionarios Municipales de Gestión Ambiental. Invitan: DIGA Municipalidad de La Pintana, Fiscalía del Medio Ambiente y la Embajada de Canadá. Entre los temas a tratar, se encuentran: – Conceptos y Principios de Derecho Ambiental –

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Institucionalidad Ambiental – Derecho Ambiental Municipal – Derecho de Participación Ciudadana]]>

Ezio Costa en 24 horas: "Faltan normas de gobernanza de recursos naturales".

El Director Ejecutivo de Fima, se refirió a la situación que se vive en Huasco por la planta Freirina de Agrosuper y la central termoeléctrica de Punta Alcalde. «Se ha manoseado el término judicialización.

Los tribunales son parte de la institucionalidad, y precisamente la manera en que las personas pueden defender sus derechos frente a acciones que los vulneran, es yendo a tribunales y pidiéndole a este tercero imparcial que les resuelvan el conflicto que tienen». [youtube]http://www.youtube.com/watch?v=MftUjshl9KI[/youtube]]]>

Organizaciones de la Sociedad Civil entregan sus aportes al funcionamiento del Fondo Verde

En el marco de la 18° Conferencia de las Partes (COP 18), que en este momento se está llevando a cabo en Qatar, diversas Organizaciones de la Sociedad Civil, entre las que se cuenta FIMA, han elaborado un documento que presenta los principales puntos que deben ser considerados para la correcta y pronta implementación del Fondo Verde Climático. Este Fondo, cuyo objetivo es hacerse cargo del mecanismo financiero de la Convención, planea proveer 100 billones de dólares al año para el 2020, en apoyo de actividades de mitigación y adaptación frente  a los impactos del cambio climático. Ver documento completo: El Fondo Verde Climático: Visión de Las Américas

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FIMA participa en diversos foros durante mes de agosto.

Una activa e importante participación ha tenido FIMA durante este mes: XII Jornadas de Derecho de Energía: Ezio Costa, director ejecutivo de FIMA, participó en las XII Jornadas de Derecho de Energía, organizadas por el Programa de Derecho Administrativo Económico, de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica de Chile durante los días 9 y 10 de agosto, con la ponencia “El SEIA y la judicialización de proyectos energéticos”. VI Jornadas de Derecho Ambiental: Durante los días22 a24 de agosto se realizaron las “VI Jornadas de Derecho Ambiental”, organizadas por el Centro de Derecho Ambiental dela Universidadde Chile. Una importante participación tuvo FIMA en esta actividad académica, ya que dos de nuestros integrantes –Ezio Costa y Jorge Ossandón- destacaron con sus ponencias “Regulación de los parques nacionales” y “Nueva norma de emisión para termoeléctricas y norma de calidad para material particulado 2.5”, respectivamente. I Congreso Regional de Medio Ambiente: Esta actividad fue organizada por el grupo estudiantil Esperanto, con el apoyo de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad de Atacama. Se llevó a cabo durante los días 23 y 24 de agosto, donde se abordaron temáticas de desarrollo sustentable, derecho y medio ambiente, agua, conflictos sociales y ambientales, entre otros. Durante la jornada inaugural, Jorge Ossandón expuso su ponencia titulada “El manejo integrado de cuencas en el contexto de la evaluación ambiental estratégica. Algunas consideraciones para la

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mejor administración del agua”. La próxima participación de FIMA durante agosto se llevará a cabo en las I Jornadas de Sociedad, Cultura y Medio Ambiente, durante los días 30 y 31 de agosto y 6 de septiembre, en el campus Juan Gomez Millas, de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Chile, donde Ezio Costa comentará sobre el tema “Impactos socioculturales y la institucionalidad ambiental” (30 de agosto).]]>

CORTE SUPREMA ORDENA QUE AMPLIACIÓN DE CENTRAL BOCAMINA II SE SOMETA A ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

La Corte Suprema determinó que la empresa Endesa debe realizar un Estudio de Impacto Ambiental en el proyecto “Optimización de la Central Termoeléctrica Bocamina Segunda Unidad”, que se emplaza en la bahía de Coronel, Región del Bío Bío. En fallo unánime (causa rol 3141-2012), los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal Sergio Muñoz, Héctor Carreño, Sonia Araneda, Juan Escobar (suplente) y el abogado integrante Guillermo Piedrabuena, acogieron un recurso de protección presentado por la Confederación Nacional de Federaciones de Pescadores Artesanales de Chile. La sentencia determina el actuar arbitrario de la Comisión de Evaluación Ambiental de la VIII Región al determinar la admisibilidad del mencionado proyecto con una Declaración de Impacto Ambiental, y no un Estudio de Impacto Ambiental. “Es un hecho no discutido que la modificación sometida al procedimiento de evaluación de impacto ambiental contempla un conjunto de obras y actividades que tienen efecto en la disposición general de los equipos de la Segunda Unidad, de acuerdo a lo prevenido en la primera consideración, según dan cuenta los antecedentes, todos los cuales inciden de manera importante y determinada en la segunda termoeléctrica a instalar. No sólo eso: esos mismos antecedentes informan que las modificaciones apuntan a mejorar su funcionamiento en términos ambientales y de seguridad. Que así las cosas, la calificación de impacto ambiental de la que trata el artículo 11 ter del cuerpo legal anteriormente invocado para los casos de modificación de un proyecto, sólo se satisface por medio de un Estudio de Impacto Ambiental y no de una mera Declaración, al contrario de lo que se pretende, pues sólo de ese modo es posible establecer si las modificaciones introducidas a la planta

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generadora importarán el mejoramiento ambiental y no un peligro o daño para el entorno en que se ubica”, dice el fallo. La resolución agrega: “La necesidad del Estudio de Impacto Ambiental en este caso resulta abonada por los principios que inspiran y sobre los cuales se desarrolla la regulación ambiental en nuestro ordenamiento, en particular los principios de prevención y de responsabilidad, que sólo se cumplen si los evaluadores aplican desde un inicio sus especiales conocimientos sobre la materia, cuestión que sólo resulta posible con un Estudio de Impacto Ambiental, al igual como se hizo al momento someter a ese procedimiento los proyectos originales, y no con una mera Declaración de parte interesada como ahora se pretende, que a todas luces es insuficiente”. Además, sostiene: “Si bien el acto recurrido constituye una decisión administrativa adoptada dentro del ámbito de la competencia del órgano respectivo, la declaración de suficiencia sin embargo envuelve una decisión carente de razonabilidad y por tanto arbitraria, pues no se entiende cómo una Declaración de Impacto Ambiental permita evaluar una cuestión técnica compleja, que dice relación con la modificación de un proyecto de generación de energía eléctrica cuya evaluación primitiva requirió precisamente de un Estudio. Desde el momento que el acto cuestionado no contiene fundamentos ni motivos que den cuenta de las razones consideradas por la autoridad para adoptar tal decisión, lo así resuelto deviene en arbitrario, pues aparece como una actuación desprovista de sustento, más producto de la pura voluntad de su autor que de fundamentos que la expliquen y legitimen, pues un proyecto que fue aprobado por Estudio de impacto ambiental y que ahora pretende modificaciones de la importancia y entidad que ya han sido referidos no puede ser sometido a una mera Declaración”. Por lo tanto, se ordena que: “Se declara que se acoge el recurso de protección deducido en lo principal de la presentación de fojas 17 y se ordena que el titular del proyecto “Ampliación Central Bocamina (Segunda Unidad)” presente un Estudio de Impacto Ambiental a la Comisión de Evaluación de la Región del Bio Bio”. La resolución de la Corte Suprema revocó el fallo de la Corte de Apelaciones de Concepción (causa rol 1919-2011), la que había determinado rechazar el recurso de protección, el 9 de abril pasado. Fuente: Poder Judicial. Foto: www.meganoticias.cl]]>

Lanzamiento tercer número revista Justicia Ambiental

  El pasado Lunes 28 de noviembre a las 18:30 hrs.  se realizó el lanzamiento del tercer número de nuestra revista «Justicia Ambiental», en la sede de la oficina regional de la Fundación Heinrich Böll (Bilbao 882, Providencia). Entre los contenidos de la publicación destacan: 1.- EL CONCEPTO DE JUSTICIA AMBIENTAL EN EL MARCO REGULATORIO E INSTITUCIONAL DE LAS ACTIVIDADES MINERAS: El Caso de la Comuna de María Elena, Región de Antofagasta, Chile. Diego Sandoval Sandoval, Dominique Hervé Espejo, Edmundo Claro Rodríguez y Juan Pablo Arístegui Sierra. 2.- LAS AGUAS DEL MINERO, José Ignacio Morán Ovalle. 3.- AUTODENUNCIA EN LA LEY QUE CREA LA SUPERINTENDENCIA DEL MEDIO AMBIENTE ¿Un Real Incentivo Al Cumplimiento Ambiental? Rossi Saavedra Isla y Oscar Reicher Salazar. 4.- LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LAS DECLARACIONES DE IMPACTO AMBIENTAL, Ezio Costa Cordella y Paula Fuentes Merino. 5.- REGLAMENTOS AMBIENTALES, Juan Pablo Leppe Guzmán. 6.- EL RECURSO DE PROTECCIÓN Y LA ACCIÓN DE NULIDAD DE DERECHO PÚBLICO: En relación con los Principios que informan el Derecho Ambiental en Chile. Fernando Dougnac Rodríguez. 7.- APLICACIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES INNOMINADAS EN PROCESOS AMBIENTALES, Felipe Molina Saavedra 8.- GUERRA LÍCITA: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Y OTROS MÉTODOS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL, Matthew P. Thomas.

COMENTARIOS DE JURISPRUDENCIA
1.- DERECHO DE DOMINIO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL: ¿Nuevos Paradigmas Desde El Derecho Ambiental?
Álvaro Fuentealba Hernández
2.- COMENTARIO A LA SENTENCIA DE LA CORTE SUPREMA SOBRE LA CENTRAL TERMOELÉCTRICA CASTILLA: Un caso de Derecho Administrativo Procedimental
Luis Cordero Vega
Los interesados en obtener un ejemplar pueden comunicarse a fima@fima.cl o al teléfono 56-2-235 50 07.]]>

Descargo de Fernando Dougnac Rodríguez por caso Caimanes

La Excelentísima Corte Suprema, luego de oír los alegatos de todas las partes (alegamos seis abogados), llamó a las partes a “conciliación”, la que se firmó en la sede de la Excma. Corte Suprema, frente a un Ministro designado por la misma Sala. Personalmente, cada uno de los dirigentes de las organizaciones acompañantes y cada uno de los titulares de derechos de aguas concurrió a la Tercera Sala de la Corte Suprema, leyó por separado y detenidamente su texto y lo firmó en señal de conformidad.

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Consejo de Defensa de la Patagonia critica accionar del gobierno frente a proyecto HidroAysén

Para organización que representa a más de 50 agrupaciones de Aysén, chilenas y extranjeras, la decisión del Gobierno de que el proyecto siga adelante es irregular, al existir múltiples observaciones que apuntan a la ilegalidad del proyecto y a la falta de información esencial y relevante “lo cual es mérito suficiente para que se rechace y la empresa presente un estudio a la altura. Así lo dijo incluso la ministra de Medio Ambiente”.

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